La siguiente informacion te despejara tus dudas:
3.7.2 TIPOS DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES
Se incluyen los rendimientos procedentes de la transmisión, amortización o
reembolsos de letras del tesoro u otros activos financieros, incluidos los valores
de deuda subordinada o de participaciones preferentes, así como los
rendimientos procedentes de contratos de seguro de vida o invalidez y de
operaciones de capitalización.
3.8. RENDIMIENTO PRESUNTO DEL PATRIMONIO DEL TRABAJADOR.
En el caso de que el solicitante o beneficiario, o alguno de los miembros de su unidad
familiar, sea titular de bienes o derechos de los que no obtenga un rendimiento efectivo,
se computará su rendimiento mensual presunto que resulte de aplicar el 100 por ciento
del tipo de interés legal del dinero vigente sobre el valor de dicho bien o derecho,
prorrateado entre 12 meses.
Para calcular el rendimiento presunto del patrimonio del beneficiario y de los miembros
de su unidad familiar, se tendrán en consideración:
1. Las cantidades invertidas en:
a) Sociedades y fondos de inversión mobiliarios e inmobiliarios.
b) Fondos o planes de jubilación.
2. El valor catastral de todos los bienes inmobiliarios urbanos y rústicos, distintos de la
vivienda habitual.
INSTRUCCIÓN QUINTA. IMPUTACIÓN TEMPORAL DE LAS RENTAS.
La imputación temporal de las rentas se realizará de la forma siguiente:
a) Las percibidas con periodicidad mensual se imputarán al día 1 del mes siguiente
al de su devengo.
b) Las percibidas con periodicidad superior a la mensual se computarán a prorrata
mensual sobre el período al que correspondan. La cuantía correspondiente a cada
uno de los meses se imputará al día 1 del mes siguiente.
c) Las obtenidas en un pago único se imputarán a la fecha de su percepción
efectiva, prorrateado su importe entre 12 meses, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 7 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril.
Como veras, no tienes que declarar ningun presunto rendimiento. Si, la percepcion de los rendimientos de las letras cuando llegue su amortizacion y prorratear en 12 meses, Si no pasas de 850 euros mensuales, no tendras problemas.