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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#2176

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas. 
Tengo entendido que el subsidio de 52 años cotiza a 1650 euros 
Yo estoy trabajando a media jornada con el SMI.
A cada de jubilación, no será mejor cobrar el subsidio que estar trabajando?
Puedo compensar las dos cosas?
Pienso que estoy haciendo el tonto . Trabajar cuando puedo cotizar por más cogiendo el subsidio.
Un saludo 
#2177

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Actualmente, el subsidio de mayores cotiza por una base reguladora de 1653,75 euros. Sin entrar a valorar su reflexión, mientras esté trabajando no cumple el requisito de estar en situación legal de desempleo: salvo que deje de trabajar por causa no imputable a UD no puede plantearse esa posibilidad.
#2178

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Eso lo entiendo. Pero quiero decir. Si acabo el contrato y no me renuevan. Coger el subsidio de 52, me sale más rentable que trabajar a media jornada. No es así?
Puedo computar las dos cosas? Trabajo y subsidio de 52? 
Y si es así...se juntan las dos cotizaciones.
Gracias 
#2179

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Objetivamente hablando, cualquier cotización inferior a esa cantidad repercutirà en la cuantía de una futura jubilación. Aunque tenga en cuenta que la cotización del subsidio sólo cubre la contingencia de jubilación. Respecto a la compatibilidad de trabajo a tiempo parcial y subsidio, puede hacerse durante un màximo de 180 días, creo. Lamento no poder decirle más. Espere a que otro compañero le pueda ampliar este último aspecto.
Saludos.
#2180

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Efectivamente como le ha dicho wediehard, a partir del 1 de noviembre la compatibilidad en los subsidios ha cambiado. Sólo podrá compatibilizar el subsidio un máximo de 180 días, la cantidad se debe mirar en una tabla y depende del porcentaje del contrato y del trimestre en que se esté de subsidio, no se tienen en cuenta los ingresos de ese contrato para el cálculo de rentas (incluso se compatibiliza un contrato a tiempo completo), en principio es obligatoria y no podrá compatibilizar con un contrato de una empresa en la que haya trabajado en los últimos 12 meses.
Por lo demás, según lo que cotice en la empresa, es totalmente posible que le salga mejor de cara a la jubilación, cobrar el subsidio que trabajar.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#2181

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Que significa cubre sólo contingencia de la jubilación?
#2182

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pues lo dicho. Me sale más a cuenta no currar media jornada que cobrar el subsidio de 52.. por lo menos cotizo más a la jubilación, que es lo que me interesa.
#2183

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

UD cuando está de alta en SS trabajando está cubierto en diferentes situaciones que puedan producirse; por ejemplo, invalidez permanente, prestaciones derivadas de enfermedad común y accidente no profesional, jubilación....
#2185

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias 
#2186

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días al hilo de la cuestión que planteé el otro día, transcribo: "Hola a todos. Me han suspendido el subsidio por venta de inmueble con fecha 12 de octubre pero me han pagado el mes de octubre entero. Cómo se hace la devolución de la parte proporcional que no me corresponde? Todavía no me han notificado nada al respecto.... Además no voy a reanudar el subsidio ya que en este impase he encontrado trabajo temporalmente..." Mi pregunta es la siguiente: ¿Podría pedir la reanudación del subsidio, ya que se ha pasado el mes de suspensión, y compatibilizar el subsidio con mi nuevo trabajo a jornada completa? Cotizaría a la seguridad social doblemente, es decir por ambos lados, subsidio y trabajo?
#2187

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si el subsidio es anterior al 01 de noviembre de 2024 (y si ha estado un mes suspendido es que  es anterior) no se puede compatibilizar si los ingresos se la persona superan los 850,50 euros al mes y tampoco se permite la compatibilización con un contrato por cuenta ajena a tiempo completo.
No se preocupe por ese dinero que debe al SEPE, ya se lo reclamarán cuando estimen oportuno y sino, en el futuro, cuando reanude ya se lo compensarán con lo que vaya a cobrar. Pero si quiere forzar las cosas, entregue un escrito en el SEPE solicitando la carta de pago para devolver ese dinero y así se lo deberían reclamar más rápido.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#2188

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Entonces no se puede compatibilizar con el nuevo trabajo por ser una prestación concedida con anterioridad al 1/11/2024?
#2189

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tal como le ha comentado franjgr, no es posible compatibilizar un trabajo a tiempo completo con un subsidio reconocido con anterioridad al 1 de noviembre.
Si fuera un subsidio reconocido después de esa fecha  si sería compatible durante 180 días.