#451
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Los requisitos hay que cumplirlos todos los meses, por lo tanto el interés presunto hay que calcularlo cada mes con el valor que tienen las acciones en ese momento. ¿El dia? No conozco ningún criterio que lo diga pero la lógica me dice que si un ejercicio se cierra el último día del mes, el mismo criterio se debe aplicar para estas cosas.
El interés presunto no es un interés real y por lo tanto no puede ser ganancial, se imputa al 100% al propietario de las acciones.
El interés presunto no es un interés real y por lo tanto no puede ser ganancial, se imputa al 100% al propietario de las acciones.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos