Hola buenas, mi situación es la siguiente.
Estoy percibiendo el subsidio para mayores de 52 años que percibo desde julio de 2019.
Entre enero y febrero de 2019 saqué el dinero que tenía en una cuenta y la cerré. El dinero ha estado guardado en metálico en una caja de seguridad todo el tiempo. El pasado julio reingresé el dinero en otra cuenta de otro banco y compré letras del tesoro a 6 meses en la emisión del 8 de este mes, que vencen el 9/02/2024. El día 10 de este mes me hicieron la devolución del sobrante por 1.083,60 €.
Ayer me llegó la carta informativa de la declaración anual de rentas que hay que hacer todos los años para seguir percibiendo el subsidio. Como pone que si desde agosto de 2022 las rentas han superado el importe del 75% del SMI (750 €) y en julio el incremento de dinero en la cuenta por el reingreso fue muy notorio, así como en agosto he recibido la devolución del sobrante, mis dudas son:
1º. ¿El reingreso de dinero propio se consideraría rentas?
2º En caso de que se consideren rentas, ¿Tengo que declarar en el SEPE el reingreso de mi dinero en la cuenta?
3º ¿Tengo que declarar en el SEPE los 1.083,60 € o lo tengo que declarar el próximo año porque el vencimiento es en febrero del 2024 y lo tendría que declarar en el IRPF de 2025? ¿O tampoco lo tengo que declarar? Ya que si se divide esa cantidad entre 6 y se suma al subsidio no llega en ningún caso a 750 €.
No sé si me he explicado. Gracias.