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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#38776

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola José Luis sabes que día me pagarán?
#38777

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días, no hay ninguna regla escrita para el primer pago pero lo normal sería que te lo hicieran en la semana del 4 de noviembre. No creo que lo tengas para esta última semana de octubre.
Luego ya, sobre el día 25 de noviembre cobraras noviembre y por la fecha de efectos económicos que veo, si es por enfermedad común, te corresponde también la mitad de la paga extra de noviembre.
Un saludo 
#38778

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Joaquín a ti también te pone esto en la resolución.
Se podrá instar la revisión por agravación o mejoría a partir de 1-9-2025, en tanto no haya cumplido la edad mínima establecida
para acceder al derecho a la pensión de jubilación.
Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de
trabajo antes de dos años.
#38779

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Me tiene la cabeza comía 
#38780

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Peter, Joaquín no podrá ver la resolución hasta el martes así que está con la maldita incertidumbre.
Un saludo 
#38781

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ah vale
Es que la coletilla de la resolución, es como q te dicen, te concedernos la IP pero vas a estar siempre en vilo con pastillas de ansiedad 
#38782

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Donde has visto eso?
#38783

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Su sabes si esa coletilla se la ponen a mucha gente?
O sale por defecto?
Se prevé que la situación de incapacidad vaya a ser objeto de revisión por mejoría, que permita la reincorporación al puesto de
trabajo antes de dos años.

Mejoría dice? , esta misma semana me ha dado un informe el médico de la rehabilitación, que pone q después de 4 meses de rehabilitación no ha habido mejoría. 

Vaya tela😒




#38784

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Joaquín, en la resolución
#38785

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pero vía carta o lo viste online? Yo esque no tengo ninguna carta aún solo lo he visto online 
#38786

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

En nada en la carpeta ciudadana podrás ver la resolución creo que haber leído que Jose Luis ha dicho   martes
#38787

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Yo la vi el martes telemáticamente y ayer me llegó por correo postal 
#38788

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Cuanto tarda en llegarte telematicamente desde que te la aprobaron??
#38789

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

A mí me la aprobaron el 17 de octubre y el 22 estaba telemáticamente 
#38790

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenos días Peter, veo que te estás comiendo mucho la cabeza con el asunto  de la revisión.  Sé que es duro, pero si después de todo lo que has pasado hasta la concesión empiezas ya a pensar en la revisión,  no vas a poder vivir.
Las pensiones son TODAS revisables hasta la edad de jubilación,  lo que no quiere decir que lo hagan. Cuales revisan más? Pues es la pregunta del millón,  pero las que han puesto plazos inferiores al año y medio o dos años.
En mi caso no pone la coletilla de posible mejoría para incorporación en dos años y a mi no me han revisado ( de momento).
Cuando son enfermedades que los especialistas ya han indicado en los partes como crónicas y degenerativas ( que encima van a ir a peor) no suelen poner lo de la mejoría . No es lo mismo que digan los médicos " que no creen que tu enfermedad mejore" a que esté cronificada y vaya a peor. Ejemplo: Artrosis pongamos de rodilla; te ponen una prótesis y resulta que te ha funcionado de maravilla.  El inss puede considerar que puedes volver a trabajar  de lo mismo y ala, te la quitan. 
También decir, que todos los casos no somos iguales,  ni tenemos los mismos trabajos.....no te guíes en los casos de otros porque no tiene nada que ver. Y repito, acabarás majara.
Sé que es un sin vivir, pero la respuesta que tú esperas no te la podemos dar nadie por aquí,  solo depende del inss. 
En mi opinión,  y más ahora con el desbordamiento que tienen en el inss, las resoluciones a las que vean la coletilla de posible mejoría en X años, la estudiarán y entrarán a ver si han mejorado y leerán  los partes nuevos de los especialistas ( los de sanidad pública los pueden ver). Si ven la palabra " mejoría " probablemente se les cite para revisión.  A los que vean que no mejoran nada o que incluso vayan peor, igual ni los citan. Esto es sólo mi humilde opinión. 
De todos modos, guarda todos los informes y si tienes alguno privado, los llevas por si te revisan. Si no has mejorado nada, si estás como mínimo igual que cuando te la concedieron, no tienes que temer nada.