Otra cosa muy diferente es que no te pertenezca porque te concedan una IPT, y el seguro de convenio requiera por ejemplo una IPA o Gran Invalidez, ya que cada convenio recoge que requisitos necesitas, y la cantidad que te pertenece, y según en que comunidad estés, una empresa que tenga sedes en toda España, en cada comunidad puede cambiar las cláusulas y las cantidades siendo el mismo sector y la misma empresa
Pero lo que no puede ser es que no te pertenezca porque no lo tenga contratado, si no lo tiene contratado porque no sea obligatorio, la indemnización correrá a cargo del empresario.
En mi caso, convenio del metal, en el artículo del seguro de convenio, dice que el empresario deberá (está obligado) contratar un seguro de convenio con tales coberturas, en mi caso desde una IPT.
Otros convenios en ese mismo artículo dice, el empresario podrá (no está obligado) contratar un seguro de convenio con tales coberturas, si en ellas está la incapacidad permanente que te concedan, la indemnización la debe asumir la empresa, con las mismas cantidades que diga el convenio