O ya jubilado no contarían esas rentas en los seis meses últimos que cobró el subsidio?NO cuenta, siempre que lo rescate a partir del 20/06Todo lo que haga una vez que se jubile (fecha jubilación = extinción del subsidio) no cuenta para nada.Así que puede rescatar lo que quiera a partir del 20/06 y sin tener que dar explicaciones al SEPE. No es necesario esperar al 31/12, hágalo una vez este jubilado.
Angelneu10/03/25 20:24
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DAR el último año de cobro.
Esa es otra cuestión;si se encuentra en algún momento en situación de suspensión (aunque sea el último mes), tiene la obligación de comunicarlo.
Angelneu10/03/25 11:32
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Si la aceptación fue el 7 de febrero, el periodo de suspensión debería abarcar desde dicho día y hasta el 6 de Marzo. Si ha sido un error en el trámite administrativo, podría correr el riesgo de estar 2 meses en suspensión?NO. La reanudación debe de ir con fecha de alta 7/03/2025. Si le han pagado de mas en este mes de febrero por error o retraso en el trámite, que lo regularicen con el siguiente (7 al 30 de marzo)Así lo harán con total seguridad. Saludos.
Angelneu08/03/25 19:36
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Curso del SEPE IMV te lo quitan? - Ingreso mínimo vital
¿Por SMS ? Ni caso.Con total tranquilidad; ni caso.Obligatoriedad = NingunaMi consejo es que ni llame. Saludos.
Angelneu06/03/25 23:56
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Herencia piso y subsidio +52
Una observación,las “penalizaciones” como tal NO existen ni en la Ley General de la Seguridad Social ni en la LISOS, que es la ley que regula las infracciones en el orden social.El caso concreto de su madre, supongo que habrá sido una SANCIÓN (regulada en la LISOS) por no comunicar al SEPE el estar en situación de suspensión del subsidio; que es una infracción y en este caso la sanción es de 3 meses sin prestación. En la venta de una vivienda heredada por sí sola y por un valor de 50.000 euros no existe ninguna penalización de tres meses, la consecuencia es una SUSPENSIÓN al menos de 1 mes. Pasado ese mes y si no hay más rentas que lo impidan, se podría reanudar el subsidio sin problema alguno.
Angelneu06/03/25 16:47
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Herencia piso y subsidio +52
Por ese valor no tendrás ningún problema con el subsidio,tampoco le he hablado de ninguna “penalización”.Lógicamente, si heredas una propiedad y luego la vendes, ahí existe un incremento patrimonial que si afecta al subsidio, y que en tu caso podría ser a lo máximo la suspensión por un mes.Todo depende de los números de la operación. Por cierto, el costo de renunciar a una herencia es exiguo; 150 euros tirando largo.Ya decidirá en un futuro sobre lo que hacer.
Angelneu05/03/25 13:00
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Herencia piso y subsidio +52
Si le vas a dejar el piso a tu hermano sin nada a cambio, el proceso es fácil ;acude a un notario y haz la renuncia cuando llegue el momento (no antes)Por lo del subsidio, dependerá del valor de la vivienda.
Angelneu04/03/25 18:25
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
Con esos números, no.Lo comentado anteriormente, en cuanto transcurra el primer mes de suspensión, solicite la reanudación.
Angelneu04/03/25 17:55
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Subsidio Mayores de 52 años y Aceptación de Hrencia
siguiente cómputo posterior del rendimiento presunto.Se lo indique antes :Valor catastral.