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Participaciones del usuario Angelneu

Angelneu 08/11/24 20:43
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
¿Que importe de diferencia existe entre lo declarado en el impuesto de sucesiones con la vivienda y lo que se va escriturar en el contrato de compraventa ? Estoy con la duda que lo mismo te imputan esa diferencia,  que será la misma que tendrás que reflejar en la declaración del IRPF de 2024.De todas formas creo que te van a imputar lo que comenté antes. 
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Angelneu 08/11/24 20:31
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
1) Mi opinión es que es situación de suspensión de al menos 1 mes. Pasado ese mes tiene que solicitar la reanudación,  salvo que haya otras rentas que le haga superar el limite. 2) Espérese a comunicar al SEPE cuando venda (transcurre poco tiempo desde las arras)3) Le computarán lo reflejado en escritura;  su parte. 4) Escritura de compra-ventaSaludos. 
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Angelneu 08/11/24 19:41
Ha respondido al tema Subsidio +52 años duda!!
Con la ley nueva es imposible utilizar RAI como vía de acceso, y si en un futuro va a un juzgado también se la denegarán. Esta vía está cerrada definitivamente.Ese caso que dices será con la ley anterior.Ya se lo dijo franjgr Con la nueva ley tardaremos algunas semanas en saber qué camino toma el SEPE,  y en los tribunales pueden ser de largos meses a algunos años. Los que estáis en esta situación deberéis tener múltiples dosis de paciencia porque la vais a necesitar.
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Angelneu 08/11/24 19:21
Ha respondido al tema Subsidio +52 años duda!!
Cuando se reformó este subsidio en 2019 también hubo un jaleo tremendo con el tema de las vías de acceso;  se produjeron infinidad de denegaciones erróneas con los famosos 90 días que tuvieron que ir corrigiendo sobre la marcha.En esta reforma parece que ocurrirá lo mismo.Y si no corrigen,  deberá ser un juez quien lo haga. 
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Angelneu 08/11/24 17:56
Ha respondido al tema Subsidio +52 años duda!!
Con respecto al subsidio para mayores de 52 años  y comparando la antigua normativa con la nueva,  salvo el no considerar de forma expresa la RAI y la SED como vías acceso al subsidio,   NO se ha producido cambio alguno;  por lo que las vías acceso anteriores deberían ser perfectamente válidas para acceder al subsidio.Lo si me temo es que el SEPE haya aprovechado la entrada en vigor de este RD para cambiar su criterio sin base alguna,  y haya que ir a los tribunales para que lo corrijan (no será la primera ni la última vez que ocurra)  pero la Ley no ha cambiado nada en este asunto, salvo lo anterior.Cuando se produzcan las primeras solicitudes saldremos de dudas. 
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Angelneu 07/11/24 16:53
Ha respondido al tema Subsidio mayores de 52 - SEPE
El importe de la indemnización legal que en tu caso proceda está exento,  lo percibas de una sola vez o a plazos.Es indiferente.Ten a mano el acuerdo firmado con la empresa al respecto, por si te lo piden en la oficina gestora.
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Angelneu 07/11/24 11:07
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
A efectos del SEPE directamente,  no le afecta en nada de nada.Otra historia sería lo que pueda afectarle fiscalmente,  que la Agencia Tributaria interpretara que existiera una donación encubierta.Solo en el caso ya estaría el SEPE por medio, pero mientras la AEAT no entre,  al SEPE no tiene que decir absolutamente nada.Salvo mejor opinión.Saludos.
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