Angelneu
19/12/24 08:47
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Subsidio 52 años
Como le dice el compañero, si la notificación no cumple lo que marca la ley del Procedimiento Administrativo Común, no pueden sancionarle.Si lo intentan, tendrán que darle audiencia para que haga las alegaciones que estime pertinentes. Tendrían que probar que la notificación se ha hecho conforme a derecho (dos intentos de notificación en las distintos días y franjas horarias por parte del servicio postal, así como la posterior publicación de la notificación en el tablón edictal único del BOE.)La convocatoria de su servicio autonómico de empleo a ese curso huele a lo habitual; a chapuza.