batiscafo
26/05/24 19:59
Ha respondido al tema Alquiler vivienda. Electrodoméstico se estropea antes de su vida útil prevista.
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En mi comentario 2, indico donde yo lo metería: como gastos de reparación y conservación.No lo pondría como amortización. En una contabilidad de una empresa, la diferencia se llevaría a una cuenta de gastosRespecto a que hay exceso del porcentaje en cuanto a la amortización, efectivamente el máximo es de un 10% anual. Ahora bien, ya que lo ha tenido que renovar, la diferencia entre el coste del electrodoméstico y la suma de su amortización acumulada ya aplicada, iría como gasto.Y como he comentado, a expensas de que la Agencia Tributaria te lo de por bueno.Yo les propondría como casuística similar, si en vez de un electrodoméstico es por ejemplo un sofá de 2.000 euros en un inmueble con mucho trasiego de inquilinos que al segundo año de uso está para tirarlo. Lo que podrías amortizar si siguen un criterio estricto, serían 400 euros. A mi personalmente, no me parece lógico que pierdas 1.600 euros sin poder deducirlos.Pero es solamente mi opinión. Un saludo.