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Participaciones del usuario Duqueyhontoria

Duqueyhontoria 12/09/24 00:10
Ha respondido al tema Opinión sobre PIAS con FWU Forward a través de OVB
Reitero mi recomendación.Si paralizas aportaciones, las condiciones que tienes contratadas, se mantienen. Costes de contratación y de gestión, etc…Si solicitas el rescate, no se hará efectivo hasta que la autoridad resuelva. Llegado ese momento, la póliza se resuelve (se cancela) y percibirás el valor de póliza según las condiciones que tienes contratadas.Costes de cancelación, de gestión, penalización por rescate anticipado y tributación (si has obtenido plusvalías).Mi recomendación es que trámites un traspaso i movilización a otro PIAS. Tampoco se hará efectivo hasta que la autoridad resuelva, Pero llegado ese momento, la póliza se resuelve y percibirás el valor de póliza SIN APLICACIÓN de costes de cancelación, SIN costes de gestión, SIN penalización por rescate anticipado y SIN tributación (si has obtenido plusvalías).
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Duqueyhontoria 01/09/24 02:28
Ha respondido al tema Opinión sobre PIAS con FWU Forward a través de OVB
Efectivamente, en este preciso momento y mientras la aseguradora (no los fondos) esté intervenida, el capital no se podrá movilizar.Pero a quien ya tenga claro que quiere traspasar su PIAS, debe iniciar las gestiones y no perder tiempo esperando al desbloqueo.Y cómo va de refranes; me gusta más este;"Si la fortuna pasa por tu puerta, hállela abierta".😜O sea, que cundo se produzca (si se produce) el desbloqueo, será más ágil el traspaso para quien ya tenga abierto su nuevo PIAS y haya tramitado la solicitud de traspaso, que para aquellos que empiecen a hacerlo en ese momento.
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Duqueyhontoria 30/08/24 02:59
Ha respondido al tema Opinión sobre PIAS con FWU Forward a través de OVB
El proceso mas rápido y económico para desvincularse de un PIAS gestionado por una aseguradora, sin costes ni papeleos para el asegurado, es la movilización/traspaso a otro PIAS.Así el cliente mantiene dinámica de ahorro/inversión en PIAS con la misma aportación periódica mensual, pero a otra aseguradora, y la póliza saliente queda cancelada.Seguidamente el asegurado suele ejercer su derecho a reclamar a la aseguradora saliente por los costes cobrados y no informados, y aunque ese sea un proceso más lento, al final da sus frutos.Ante el actual bloqueo del capital por insolvencia de la aseguradora, mi recomendación es la misma. De hecho, tengo en proceso varios traspaso que siguen su trámite a pesar de la noticia, publicada hace un mes.Por lo tanto, mi recomendación es;1º. Apertura de otro PIAS, gestionado por una aseguradora con sede en España y supervisada por la DGSFP.2º. Trámite inmediato de solicitud de movilización/traspaso del valor de póliza al nuevo PIAS. Sin costes ni penalizaciones.3º. Con esa gestión, se paralizan las aportaciones a la aseguradora saliente, y se continúa haciendo las aportaciones al nuevo PIAS.4º. En este caso, la movilización del capital de la aseguradora saliente no puede ser inmediato, pero queda tramitada para su aplicación en cuanto se resuelva el bloqueo. Ante la posibilidad de que la aseguradora no acredite la solvencia exigida por su regulador, el proceso de recuperación del dinero será lento y los perjudicados actuarán en consecuencia, pero no habrán paralizado totalmente su planificación de ahorro/inversión.Por descontado que existen otras opciones de inversión y habrá quien después de sufrir este descalabro no quiera oír hablar de PIAS, pero no olvidéis que en España han quebrado varios bancos, y no por ello dejamos de utilizarlos. Por suerte, todos los bancos no son iguales, y todos los PIAS tampoco.Al Cesar lo que es del Caesar 
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Duqueyhontoria 30/08/24 01:36
Ha respondido al tema Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)
Si a usted le es indiferente la versión y la opinión de una voz autorizada, experta en la materia, que expone con nombre y apellido y con conocimiento de causa, imagínese lo que le importa al resto de los lectores la opinión de un anónimo, que no facilita ningún dato contrastable y que solo pretende hacer perder el tiempo a la gente. Por que a nadie le pasa desapercibido que usted no escribe para mi, sino para quienes nos leen. Lástima.
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Duqueyhontoria 30/08/24 01:25
Ha respondido al tema Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)
Respecto a su consulta, la respuesta es NO.No puedo, no debo y no me corresponde analizar los fondos en los que invierte la aseguradora. De eso se ocupa la aseguradora y los organismos reguladores, que son la DGSFP y la CNMV.Lo que si está claro es que los fondos en los que invierte, se ajustan a la normativa reguladora sobre inversiones sostenibles.La selección de fondos la realiza el departamento de gestión y análisis de la aseguradora. Y en su actividad gestora de carteras de inversión, decide los mercados en los que va a invertir (10), analiza y selecciona los fondos en los que invierte (10), que pueden cambiar a criterio de la aseguradora. Y es la gestora de la cartera (la aseguradora) quien decide el peso que destina a cada mercado en cada momento, en una gestión activa constantemente cambiante, pero sin descender ni superar del porcentaje mínimo y máximo de inversión destina a cada mercado, y que constan claramente expresado en el condicionado de la póliza y en su KID (Documento de Datos Fundamentales).Mi actividad SI consiste en analizar el perfil y necesidades de cada cliente, planificar una estrategia de ahorro, inversión y protección de su economía a corto, medio y largo plazo, con las mejores soluciones del Sector Asegurador, (seguros de ahorro, Unit Linled, PIAS, Rentas, seguros de vida, etc) mediar en su contratación y acompañar a esos clientes mientras mantengan su relación contractual con la aseguradora.Pero dejo claro que NO, yo no analizo los fondos.¿Usted si? Pues cuéntenos. 🤷🏻‍♂️
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Duqueyhontoria 25/08/24 18:21
Ha comentado en el artículo Seguros de ahorro, una alternativa a la jubilación
Gracias por tu consulta. Y no dudéis en ampliarla. Es muy  importante que esté caso sirva de ejemplo a millones de ahorradores que recorren el camino hacia su jubilación en solitario.En primer lugar quiero aclarar que técnicamente, no existe un producto denominado “plan de jubilación”. Un plan, (o mejor, una planificación) de jubilación no es un producto, sino una estrategia personalizada y configurada por un planificador financiero (como yo), que te puede ayudar a gestionar correctamente ingresos, gastos, ahorro e inversión,,protegiendo el presente y el futuro, que a largo plazo te ayudará a generar un capital que complemente la insuficiente pensión pública de jubilación, con una renta que te permitirá dejar de trabajar sin perder poder adquisitivo, durante el resto de tu vida.Dependiendo de cada perfil, esa planificación se puede conseguir con uno o con varios productos financieros. Y ojo, que “financieros” no significa “bancarios”.En segundo lugar me gustaría asegurarme de qué producto es el que tenías contratado. Es muy habitual mezclar conceptos entre los ahorradores que recorren el camino hacia la jubilación en solitario (sin planificador) y supongo que es vuestro caso, porque habéis rescatado el capital sin tener certeza del producto que habéis tenéis durante 32 años y sin que nadie os haya explicado como tributa y las diferentes opciones de rescate.Por lo que indicas, estoy prácticamente convencido  de que tu producto es un sencillo Seguro de Ahorro o de Jubilación en formato garantizado (renta fija que garantizaba una pequeña rentabilidad) o en formato Unit Linked (Seguro de inversión en renta variable).En este caso, las plusvalías generadas tributarán como rendimientos del capital mobiliario y lo tendrá que declarar el tomador/beneficiario del seguro, con independencia de la titularidad individual o conjunta de la cuenta de la que proceda el capital aportado. También estoy seguro de que no teníais un PIAS, porque es un producto que nació de la reforma de la Ley IRPF de 2006, y se empezó a comercializar en enero de 2007.Ojalá lo hubiera sido, porque tendríais un amplio abanico de posibilidades fiscales y sobre todo, la exención total de impuestos por las plusvalías generadas, al contratar una Renta Vitalicia con el capital acumulado en el PIAS.Y ojalá hubierais consultado antes de rescatar, porque mi consejo hubiera sido el de convertir vuestro seguro en PIAS, lo cual se puede hacerse con cualquier seguro de ahorro/inversión que cumpla las exigencias de la Ley del IRPF;- Mismo Tomador y Asegurado.- No haber aportado más de 8000€ anuales.- No haber aportado más de 240.000€ en total. - Al menos 5 años de antigüedad desde su contratación.- No haber declarado las aportaciones como rendimientos negativos del trabajo (esto deja fuera a los Planes de Pensiones y Seguros PPA)En todo caso, me gustaría descartar que no tenéis un Plan de Pensiones o un Seguro de Pensiones, en cuyo caso la fiscalidad se dispara y el participe (titular) tendría que tributar por la totalidad del capital y plusvalías como incremento de los rendimientos del trabajo, y más si lo hubierais rescatado en el ejercicio fiscal en el que el tomador aun estaba en activo.En todos los casos, la tributación de los seguros de jubilación, PIAS y Planes de Pensiones se contratan de forma unipersonal, y tributan de forma individual  
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Duqueyhontoria 16/08/24 00:06
Ha respondido al tema Opiniones sobre PIAS de AXA (Gestionado por OVB)
Insisto. No es lo mismo desear tener algo, que tenerlo.Usted lo ha intentado, pero no lo ha conseguido.Hay gente que quiere tener lo mejor y lo tiene porque paga lo que vale.Hay gente quiere tener lo mejor, y NO lo tiene porque no está dispuesta a pagar lo que vale.Hay gente que se autoengaña y compra imitaciones que NO son lo mejor.Y hay quien quiere hacer trampas para conseguir lo mejor, sin pagar su valor. Como usted.Un buen PIAS Unit Linked tiene un valor que justifica su precio.Hay PIAS con escaso valor, que no justifican su precio.Hay PIAS sin ningún valor, que aunque fueran gratis, saldrían caros.Como la vida misma
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Duqueyhontoria 15/08/24 01:55
Ha comentado en el artículo ¿ Situación de las pólizas de esta aseguradora que han comercializado desde OVB ALLFINANZ en España?
Efectivamente, esa doble supervisión respecto a los productos de inversión que gestionan las aseguradoras, permite detectar la insolvencia antes de la quiebra y permite bloquear los activos en beneficio de los tomadores y asegurados.En España esa actividad supervisora la ejerce la DGSFP y si falla, responde el Consorcio de Compensación de Seguros.En el caso de una entidad afincada en Luxemburgo, habrá que estar  atentos a su gestión.El recorte que adjuntas, menciona parte de la normativa reguladora, y el incumplimiento de las exigencias de dicha normativa, es el que ha motivado el bloqueo de sus activos en beneficio de los tomadores y asegurados.Adjunto escrito del Ministerio de Economía Comercio y Empresa, publicado por la DGSFP, que dice textual:“COMUNICACIÓN 01 DE AGOSTO DE 2024GRUPO FWU: deterioro de la situación financiera y medidas adoptadas por la Autoridades de Supervisión competentes.Información sobre la entidad aseguradora FWU Life Insurance Lux S.A., con sede en Luxemburgo.• FWU Life Insurance Lux S.A. opera en España en régimen de derecho de establecimiento (sucursal) a través de FWU Life Insurance Lux S.A suc. en España. Los productos comercializados en España son productos de vida.• La Autoridad Supervisora de Luxemburgo (CAA) informa en su página web que la entidad aseguradora FWU Life Insurance Lux S.A. ha dejado de cumplir el capital de solvencia obligatorio (SCR) y el capital mínimo obligatorio (MCR). Como consecuencia del deterioro de la situación financiera, se adoptan las siguientes medidas:➢ La CAA decide, el 23 de julio de 2024, bloquear los activos representativos de la cartera en poder de las entidades de crédito con el objetivo de proteger los intereses de los tomadores y beneficiarios.➢ En el plazo de un mes, FWU Life Insurance Lux S.A. deberá presentar, para aprobación por la CAA, un plan de recuperación realista para restablecer los fondos propios básicos admisibles al menos para cubrir el capital mínimo obligatorio. En ausencia del citado plan, o en caso de incumplimiento del plan, la CAA evaluará la retirada de la autorización a FWU Life Insurance Lux S.A.Las medidas adoptadas por la CAA tienen por objetivo garantizar un trato justo y equitativo a todos los asegurados y beneficiarios, no permitiendo, por el momento, a FWU Life Insurance Lux S.A. abonar ninguna prestación contractual.ACTUACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES.➢ La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones está en estrecho contacto con EIOPA, la autoridad de supervisión de Luxemburgo y otras autoridades de supervisión que pudieran estar afectadas.➢ Se actualizará la información a medida que esté disponible.”
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