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Participaciones del usuario Keranui - Bancos

Keranui 14/10/23 12:51
Ha respondido al tema Mover capital de Caixabank
Salvo que su oficina vaya por libre, hasta el mes pasado era posible lo que le indico... Hay una forma sencilla de mover dinero desde CaixaBank a otra entidad sin coste para el cliente... en CaixaBank solicita un talonario de cheques (sin coste) y abre cuenta en otra entidad, donde quiera hacer el depósito a plazo fijo, con el ingreso del cheque... solo por precaución, primero verifique que el banco de destino donde quiere abrir el depósito no tenga comisiones de ingreso mediante cheque a nombre de su tío...Un saludoP.S. O, si lo prefiere, no estaría demás revisar con la gestora de su tío, la información que CaixaBank publica sobre comisiones para clientes de Banca Premier.
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Keranui 18/08/23 10:25
Ha respondido al tema BBVA seguridad web
El banco @bbva-espana tiene un usuario oficial en Rankia... el problema es que no ofrece respuestas en los hilos en los que otros foreros critican la "teórica" seguridad o inseguridad de sus tarjetas o procedimientos de conexión, limitándose, en el mejor de los casos, a dar un teléfono para que contactes con un departamento genérico... no espere explicaciones o soluciones (esa es mi experiencia) por ese lado.He leído la situación que describe, y los comentarios del enlace que adjunta en otro hilo, y, tal cual está escrito, solo encuentro una explicación técnica... alguien ha accedido a una parte de los datos personales de la tarjeta de un cliente y se los ha ofrecido a un tercero.En el otro hilo leo que el banco BBVA reconoce como oficial el email de verificación de la compra (es un método de verificación que ha funcionado al no tener el timador todos los datos necesarios para finalizar la compra) y, si usted está convencido que nadie en su entorno ha tenido acceso a los datos de su tarjeta, lo que haría -asumiendo de antemano que el recorrido es meramente testimonial- es presentar una reclamación oficial al servicio de atención al cliente de BBVA (que mantendrá la línea oficial) y posteriormente al Banco de España... no hay pago indebido y por ello enfocaría la reclamación sobre las opciones que el BBVA no ofrece a sus clientes con tarjeta AQUA para mejorar la seguridad de sus datos personales y los medios de pago permitidos por el cliente.Un saludo
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Keranui 24/05/23 08:55
Ha respondido al tema La Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero
A mi entender, también a seguros...  Al final de mi comentario está el enlace relativo a seguros; el resto es la cobertura, paso a paso, a partir del Proyecto de Ley por el que se crea la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero... [...] Con base en algunos apartados de la ley y sus referencias.El Proyecto de Ley, en su redacción remitida al Senado, [prevé] facilita la resolución de controversias entre los clientes y las entidades que operan en el ámbito de la prestación de servicios financieros, sobre la base del carácter omnicomprensivo de los tipos de servicios financieros cubiertos, desde los servicios bancarios y de pagos hasta la comercialización de seguros, fondos de pensiones y otros instrumentos de ahorro, pasando por la actividad de los fondos de inversión y otros agentes de mercados de capitales. El esquema básico para la protección de los clientes en el ámbito financiero opera en dos planos de garantías: el del cumplimiento general de las normas reguladoras de las relaciones entre clientes y entidades financieras y el de las vías extrajudiciales para la resolución individual de los conflictos que pueden surgir entre aquellos.El segundo plano de protección lo conforman las vías de reclamación extrajudicial del cliente frente a los conflictos individuales que se originan en el marco de estas relaciones de negocio. Para facilitar los acuerdos entre cliente y entidad, la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, y la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente, establecen la obligación para todas las entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y entidades aseguradoras, de atender y resolver las quejas y reclamaciones que sus clientes puedan presentar, relacionados con sus intereses y derechos legalmente reconocidos.La Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, regula el funcionamiento de los servicios de reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, donde se establecen determinadas medidas para el fomento de la eficiencia del sistema financiero, tanto en el mercado de valores como en el de crédito y en el de seguros y con la finalidad expresa de proteger los derechos del usuario de servicios financieros en el ámbito respectivo.De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones atiende las consultas, quejas y reclamaciones que presenten los ciudadanos a través del procedimiento recogido en la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre.Las competencias del servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones se definen en este documento, donde se formulan los siguientes ámbitos de actuación:Un saludo
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Keranui 18/05/23 18:12
Ha respondido al tema La Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero
"Un pasito pa'lante, María (Calviño)"El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado luz verde al Proyecto de Ley por el que se crea la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero para la resolución extrajudicial de conflictos entre las entidades financieras y sus clientes. La iniciativa legislativa se remite ahora al Senado para continuar su tramitación parlamentaria.Un saludo
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Keranui 17/05/23 19:50
Ha respondido al tema A ibercaja le quedan dos telediarios
Mi comentario anterior, y el enlace que le incluí, solo buscaba responder a su consulta, a saber:Y ahora , acaso va bien Ibercaja? No sé preguntoY, por extensión, al título que le asignó a este hilo cuando lo abrió... "le quedan dos telediarios" Respeto su opinión sobre Ibercaja y, tal vez, podría coincidir con alguna de sus opiniones sobre el trato en oficina por parte de algunos comerciales y gestores de esta (u otra) entidad financiera; no lo puedo reiterar de primera mano pues nunca he sido cliente de Ibercaja.Pero dicho esto... creo que está confundiendo lo que es la atención que el cliente recibe en una entidad bancaria, e incluso la pérdida de parte del capital en la contratación de un producto financiero que, bien no le fue explicado correctamente por la entidad o bien el cliente sólo ha escuchado la parte de rentabilidad y no la referida a riesgos del producto con lo que es la solvencia financiera de una entidad... y hace una mezcla de ambos conceptos que intenté ayudarla a diferenciarlos.. Para lo segundo, la solvencia, le invito a seguir leyendo... pues la lectura nos hace ponderar mejor nuestras opiniones y criterios a la hora de contratar un producto o un servicio.Un saludo
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Keranui 15/05/23 09:14
Ha respondido al tema La Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero
En los primeros textos del borrador de Decreto Ley, la cuota de 250€, era para financiar los trabajos y funcionarios de la nueva Autoridad Independiente... luego la prensa y las redes sociales hacían su interpretación.Personalmente considero que era más exigente y positivo que el actual texto porque, al menos, servía para que los Servicios de Atención al Cliente de las entidades financieras se pusieran algo "las pilas" y no rechazaran "de facto" las reclamaciones de cliente, en su gran mayoría con cantidades pequeñas, como primera medida... las posteriores reclamaciones a los Organismos Reguladores, al no ser vinculantes, y con resolución positiva para el cliente, derivaban en un alto porcentaje en el olvido y pocas terminaban en demanda judicial salvo reclamaciones económicas importantes. La realidad, es mi punto de vista, lo que ha pasado en anteriores reformas, bien los 250€ originales, bien el modelo actual va a ser financiado por los clientes y los Presupuestos Generales del Estado... al final... es lo que ha pasado con el último impuesto a la banca con ganancias de +800 M€... primer año del "impuestazo" y nuevo incremento porcentual en beneficios respecto al año anterior... ídem para las energéticas.Estamos en un estado de derecho, mejorable, pero lo estamos, por tanto los/las usuarios/as tenemos nuestros derechos pero también los tienen las entidades susceptibles de recibir reclamaciones.Estamos de acuerdo... pero... me pregunto... de verdad es necesario un "modelo" tan complejo por su dilación... el cliente no está de acuerdo con una actuación de su banco, energética u operadora de telefonía... (i) Servicio de Atención al Cliente del reclamado; (ii) Servicio Independiente de Defensa del Cliente del reclamado; (iii) Organismo Regulador que le corresponda de la Administración; (iv) en algunas, opción de Junta de Arbitraje; (v) Consumo de la CCAA o Ayuntamiento, (vi) demanda en un Juzgado -con o sin abogado y procurador... cierto, no es obligatorio seguir todas las instancias pero, me vuelvo a preguntar, ¿No estamos engordando al "Becerro de oro"?.Un saludoP.D., siempre es un placer leer tus comentarios y opiniones... 
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Keranui 15/05/23 07:56
Ha respondido al tema La Autoridad Independiente de Defensa del Cliente Financiero
Ellos, los políticos, lo desconozco...  seguramente algo tendrá que ver las fechas en las que nos encontramos de fin de Legislatura; de hecho, es un modelo que me recuerda al consensuado por PP y Ciudadanos en 2017 que necesitaba el acuerdo del PSOE y no llegó a consensuarse... se asemeja al "como firmas tú el BOE yo me abstengo o voto en contra".Por mi parte tengo varias y me viene a la memoria un refrán castellano, «Para este viaje no hacían falta tantas alforjas»... veremos la andadura tras su aprobación y si en el texto final, tras los trámites pendientes, se mantiene -al menos- la condición de una Autoridad con resolución vinculante para las entidades financieras.Un saludo
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