Olvídate de la inmobiliaria. No la necesitas y te cobrarán por no hacer nada.Si pedirás hipoteca, el mismo banco te ofrecerá una tasadora y un gestor, que además podrá recomendarte un notario (aunque el notario lo eliges tú y el que quieras). Ese gestor no te conseguirá la documentación que quizás aún no tengas, pero si contratas tú uno, si es que lo necesitas, te la podrá conseguir.Si no necesitarás hipoteca, búscate una tasadora, un gestor (que te indicará qué documentos necesitas y te los podrá conseguir si no los tienes) y un notario. No hace falta nada más.
Si el dinero es de ella y declara a Hacienda la cantidad íntegra, el dinero es de ella aunque esté en un cuenta compartida, así que los otros cotitulares no tienen que hacer nada.Dicho esto, y si os quedáis más tranquilos, puede recibir el dinero en una cuenta donde esté ella sola y después moverlo a la cuenta compartida. Solo por tranquilidad, porque no debería cambiar nada de cara a declararlo a Hacienda.
Pues depende de las coberturas contratadas. En las condiciones generales veo:Este traslado será hasta el concesionario oficial de la marca más próximo al lugar del hecho o el elegido por el asegurado siempre que, en este último caso se encuentre a una distancia máxima de 100 km. Los gastos de remolcaje del vehículo quedan totalmente cubiertos en España y en el extranjero hasta un límite de 240,40 euros por remolcaje.Si quieres que no esté limitado a 100km, hay que contratar Asistencia ilimitada, y ver las condiciones de ese servicio, porque en las condiciones generales veo muchas excepciones.Nunca he trabajado con Génesis y no sé cómo responden.
Si no eres inversor y alguno te ofrece una fija <3% sin vinculaciones, mi recomendación es que ni te lo pienses. Con el Euribor en negativo (época dorada de las fijas), la mayoría de fijas eran cercanas al 2% sin vinculaciones. Con variables y mixtas hay que pensar que el Euribor histórico medio es de 1.8% + diferencial sin vincular más extendido 0.99%, un 2.8% total... Así que no hay que calcular mucho.Según dicen, y viendo la evolución del Euribor, de aquí a final de año se podría esperar una mejora de las ofertas de tipo fijo. Veremos. Todo puede cambiar o no.
Que te cobran comisión? Tiene pinta a Redpiso o Tecnocasa. Fiate cero de lo que te digan.Se envía a la inmobiliaria, pidiendo que se lo transmitan a la parte vendedora. Y a la parte vendedora si tienes sus datos de contacto.En el escrito pones que los citas el 30 de septiembre a tal hora en tal notario para realizar la firma de la compraventa. Que en esa fecha te tienen que entregar las llaves del piso y el piso vacío para que lo puedas habitar. Y especifica que como indica el contrato de arras firmado el 5 de septiembre, tú estás eligiendo fecha y hora, antes de la fecha de vencimiento del contrato de arras y que, como indica dicho contrato, avisas a la parte vendedora con más de 7 días de antelación. Y que de no acudir ese día y hora, se entiende que la parte vendedora.estará incumpliendo el contrato y se le podrán reclamar las arras dobladas.Como te llamarán, si entran en razón, les puedes decir que puedes intentar cambiarlo al 4 de octubre. Si al final lo cambias, enviaría el mismo escrito otra vez, cambiando la fecha del 30 al 4.A menos que @juan-lackland
diga otra cosa, porque él es el experto en estos temas.
Crees que en esa notificación formal y por escrito podría poner que siguiendo los acuerdos del contrato de arras, se notifica fecha de firma de compraventa ante notario etc etc el día 30 de septiembre, cumpliendo así con el plazo mínimo de 7 días de antelación, siendo ese día en el que se deberá entregar la propiedad vacía. Y que si la parte vendedora no firma y por lo que sea no se puede acabar realizando la operación, la parte vendedora deberá devolver las arras dobladas por incumplimiento del contrato de arras.Luego ya, si entran en razón y piden que sea un poco más tarde, se puede mirar de cambiarlo al 4 de octubre.
Pues me faltan muchos datos para hacer cualquier simulación en otros bancos. Valor de la vivienda, ingresos, otras deudas, provincia, etc ... Pero de entrada te diría que esas condiciones no son buenas, aunque es cierto que para cantidades por debajo de 100k no suelen ser las mejores. Aún así veo que para un interés decente tienes que bonificar mucho y eso te ata demasiado. Por eso preguntaba las condiciones actuales. O ahora son horrendas y por eso ha pedido el cambio o tiene pinta que no merecerá la pena cambiar nada (y quizás es el banco el que se lo ha propuesto...para ganar más dinero).Yo miraría en otros bancos a ver qué están ofreciendo. Online ya te orienta bastante y puedes hacerte una idea. Fija idealmente o mixta (variable) con período fijo de al menos 5 años.
En Catalunya por defecto es separación de bienes. Así que si no pediste lo contrario, es lo que tienes.Si en la cuenta común habéis ido metiendo los dos, más o menos, la misma cantidad de dinero, y ahora transferís la mitad a la cuenta de uno y la otra mitad a la cuenta del otro, no deberíais tener ningún problema, ya que podéis demostrar que el dinero transferido es de cada uno.Aún así, quizás haría transferencias de menos de 10.000 €, por si acaso. Aunque si te haces dos a tu cuenta, de 9.500€ hoy y mañana, si hay sospechas de algo, diría que lo revisarán igual.