Miguelone
03/06/20 20:02
Ha respondido al tema Préstamo de dinero
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Aparte de Hacienda, ten en cuenta que quien podría traer a colación dicho importe es el otro hermano, ya que se estaría viendo perjudicado en la masa hereditaria que le correspondería en el caso de fallecimiento.Pero sobre qué importe? Entiendo que solo podría sobre el 50% en el caso de que fallecieras tu, porque por la parte que es propiedad de la mujer que no es su madre no tendría derecho a exigir ese importe, pero ahí te tengo que reconocer que entraría más el derecho sucesorio y sería mejor mirarlo bien. En cualquier caso, no estaría mal que al final de cada año se vayan haciendo los reconocimientos de deuda o moratorias en el pago, pero siempre dentro de unos plazos realistas, para que no puedan ser considerados como una donación encubierta.Eso sí, yo a título personal desaconsejo el tema del pago en efectivo, y que todo se produzca a través de transferencias bancarias de manera que todo quede registrado. El tema de hacer un contrato donde especifiques que ha habido una moratoria en el pago de la deuda por ejemplo.En cualquier caso, dependiendo de qué Comunidad te encuentres puedes valorar la posibilidad de hacer una condonación parcial de la deuda, que se tratará como una donación entre particulares, las cuales muchas comunidades autónomas ya las están bonificando al 99% siempre que se haga ante notario, con la particularidad de si el otro hijo ve perjudicada su futura masa hereditaria, pueda traerlo a colación en el momento del fallecimiento.