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Participaciones del usuario zirconito - Hipotecas

zirconito 03/09/23 02:45
Ha respondido al tema Gastos bancarios de cancelación de hipoteca - Cancelación de hipoteca - Cancelación de hipoteca
Has ido amortizado cuota? En mi caso la hipoteca, tenía penalización por amortización total, pero no parcial. Lo que hice es amortizar casi todo, dejando solo una última cuota a cobrar. La última se cobro de forma normal y se canceló sola. En las hipotecas actuales, esto lo tienen capado pero si es una hipoteca de hace años, quizá puedas hacerlo. Lee bien las condiciones.Si ha cambiado algo la ley, ni idea, no estoy al día en hipotecas.Lo que si cuando la canceles, pide el documento de deuda cero, ES GRATIS y están obligados a dártelo. Te van a preguntar si vas a ir tú al registro a darla de baja las cargas y van a intentar que lo haga su gestoría. Opciones:A: Que lo haga el banco: más caroB: Hacerlo tú, pide el documento de deuda cero y haces tu la gestiónC: No dar de baja la carga en el registro: Pide documento de deuda cero y dile al banco que lo harás tú. 
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zirconito 30/08/23 13:34
Ha respondido al tema Libertad inmobiliaria
El usuario, ya ha sido eliminado y espero que el mensaje se borre en breve.El tipo que recomiendan en este mensaje es un flipado que se cree que ha descubierto la rueda... Ahora por lo menos no hay faltas de ortografía en su publicidad pagada en redes... Te vende un curso un tipo que no sabe ni escribir... ahora ya el resto del curso decidan ustedes.. Yo solo vi un vídeo de Youtube, donde tenían un "evento" y pobrecillos sus "alumnos".. uno que si había tenido que contratar un crédito personal, para poder llegar a lo que necesitaba ya que habían salido unos imprevistos, otro que parecía del proyecto hombre y que ni sabía que hacía ahí.. etc. Era un poco entre la hora chanante y Faemino y Cansado.. y encima para poder llegar a más gente, les enseña a realquilar pisos... Seguro que en breve sacarán el curso de "alquilar tiendas de campaña en plazas de parking" (a ver si alguno me copia la idea..)Lo peor es que hay gente, y suele ser el que menos tiene (dinero y educación), el que acaba pagando estos cursos, cegados por el oro que prometen.. y como ya habéis comentado, a ver donde está esa gente en unos años, ya que el producto al que se les incita y pueden acceder, es el que más problemas dará, por el perfil de inquilino, sus calidades y antigüedad.
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zirconito 29/08/23 20:12
Ha respondido al tema Libertad inmobiliaria
Cuando veas un mensaje sospechoso, dale el icono que sale a pie de este con un escudito y un "!" dentro, junto al like y compartir. Al darle al escudito estarás reportando el mensaje a los administradores y así estarás ayudando a la moderación, cuantos más le demos al aviso, más creíble será para los moderadores.Lo de los código amigo, está prohibido ponerlos fuera del foro dedicado a ello, por eso te borraron el mensaje.
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zirconito 29/07/23 02:43
Ha respondido al tema Cuidado con ésta empresa. Una experiencia pésima - Housfy
Yo lo único que se de esta "gente" es que llenan las paredes de los barrios y de la propiedad privada con anuncios como si fueran particulares para captar pisos.. técnicas de guerrilla algo cutres e ilegales .. así que todo lo que me cuenten de ellos, me lo creo..
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zirconito 16/06/23 22:39
Ha respondido al tema Aumentar la cuota de alquiler al inquilino, sumando el ipc de años anteriores
Ok,  a ver si con este ejemplo, se entiende mejorImaginemos que estamos en el 2020, no hay limite del 2%, y en el contrato se marca el IPC como referencia de subida anual, es decir, como MÁXIMO puedo subir el IPC, ¿puedo subir el acumulado de años anteriores, más de lo que marca el IPC de esa anualidad? La respuesta es, sí.Y si lo aplicamos a la actualidad...?
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zirconito 15/06/23 15:44
Ha respondido al tema Aumentar la cuota de alquiler al inquilino, sumando el ipc de años anteriores
He entendido tu interpretación, pero yo sigo defendiendo la otra hasta que no nos demuestren lo contrario. Así lo estamos explicando en otras comunidades, por que creemos que es lo correcto.Según la interpretación de "máximo total anual", si pasados 5 años, hago obras de mejora, que por ley puedo subirle hasta un 20%, ¿no se podría subir más de un 2%? Posibles respuestas: No se puede. (no tiene ningún sentido) Sí se puede por que es una subida por otra cosa, las obras de mejora. Yo te diría, pues la subida de años anteriores, también es otra cosa, diferente a la actualización de este año y futuros, que es a lo que se refiere la la ley, desde mi punto de vista.Yo creo que la subida anual se refiere a como "valorar ese periodo de tiempo" y no habla de anteriores, está eliminando o limitando el uso de referencia de los indices pactados, en el contrato, IPC, IGC ... pero no habla de la subida acumulada de años anteriores, habla de presente y futuro.Si limitaran el acumulado, estarían penalizando al que ha sido "buen" casero y no lo subió anteriormente. Encima que no se lo subió antes, ahora no puede... no sería lógico, aunque sabiendo lo que saben muchas veces de estos temas, los que hacen las leyes, no sería de extrañar. Mira que es rica nuestra lengua como que para que cada 2 x 3 tengamos problemas de interpretación...Lo que está pasando es que los caseros viendo la que viene encima, han decidido ponerse las pilas, cosa que me parece normal.
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zirconito 14/06/23 20:08
Ha respondido al tema Aumentar la cuota de alquiler al inquilino, sumando el ipc de años anteriores
Primero, este es un contrato anterior a la nueva ley. Por otro lado la nueva ley creo no ha eliminado el poder actualizar con subidas anteriores no hechas. Solo ha limitado el máximo de subidas anuales de los últimos años, pero no limita la actualización de la subida no hecha anteriormente. Si lees el texto que he pegado del BOE, habla de la limitación de subida anual, así que hay que respetar esos limites anuales para el computo total, pero para cada anualidad individualmente. En el ejemplo de @oscar-osuna queda bastante claro, como se deben actualizar las anteriores.@leando El casero ha dejado de cobrar la subida esos años anteriores y ahora decide que quiere actualizar la renta, no te va a cobrar los "no cobrados" antes de esa fecha, pero si puede subirlo, respetando los límites que hay en esos años. El inquilino, debería estar agradecido de ese descuento que ha tenido estos años y dar las gracias a la nueva ley, que es lo que haya hecho pensar al casero, ahora aquí ni un céntimo menos, que esta ley va a por mí.... Esto no son poll+das que se inventa nadie, ni memeces.. es lo que dice la ley y su tú crees que dice otra cosa, agradecería ver la parte de texto del BOE que anula esa posible actualización.Y para tu información, están hablando de un contrato firmado antes de la nueva ley de la vivienda. Además, si la nueva ley no lo rectifica expresamente, no anula la anterior...así que muchas cosas son como antes y otras han e irán cambiado según las CCAA hagan un mapa de zona tensionada y decidan que medidas implantar. Lo único que está en vigor, es el límite de subida anual y que la agencia no cobre al arrendatario, lo demás a la espera de cada CCAA.
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zirconito 08/06/23 13:30
Ha respondido al tema Que os padece la forma de proceder del administrador con el seguro de la comunidad - Administración de fincas
A ver ofendidito...  Contesto lo que quiero y según tú, aún contestándole "incorrectamente", parece que ha agradecido mi respuesta... la tuya con llorera 3 años después, no se si le valdrá de mucho.." a, perdona pro no había visto tu respuesta,Me siento identificado con muchas cosas de las que has comentado,Has dado en el clavo, nuestra aseguradora es Mutua de propietarios, ,..."Sabes que soy? el típico que corta con las injusticias o a los jetas y mi beneficio es vivir con la conciencia tranquila y ayudar al prójimo, cosa que no se si tú harás como administrador.. o en tu vida.. o quizá no sabes lo que es..Mi comunidad paga bastante menos y no solo no cobro, ni comisiono, si no que encima los pequeños arreglos, los hago yo. Tú que sabrás donde he trabajado, que titulación tengo o que hago... poneros las pilas y hacer mejor vuestro trabajo y eso de que las comisiones de los administradores son lícitas, si tanto lo fueran, por que no se lo explicáis a vuestros clientes, que los presupuestos vía el administrador van inflados, para poder cobrarlas?? ahh claro, como son muchos en la comunidad, les robamos solo un poco a cada uno y así no pasa nada.. En el contrato con el administrador, pone unas tarifas, pero no indican que me van a cobrar de más por cada cosas que se contrate.. Deja de perder el tiempo por Internet contestando cosas de hace 3 años y lloriqueando las respuestas de otros...y trabaja un poco, que es jueves y aún no es tu hora de comer y seguro que hay alguna comunidad que está esperando que hagáis algo que vais tarde...  Seguro que hay administradores buenos, pero tengo claro que tal y como me has contestado, tú no lo eres..Que pases un buen día!PD: Hay más preguntas que no le contestas, tú que sabes todo, solo contestas lo que te interesa? 😁
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zirconito 06/06/23 22:54
Ha respondido al tema Aumentar la cuota de alquiler al inquilino, sumando el ipc de años anteriores
 En materia de vivienda y por cuanto corresponde al alquiler, la variación anual del Índice de Precios al Consumo aconseja extender la aplicación de las medidas de limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda con objeto de evitar un shock generado por factores exógenos, del contexto nacional e internacional que son ajenos al ámbito del arrendamiento de vivienda. En consecuencia, se considera necesario prolongar hasta el 31 de diciembre de 2023 la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, regulada en el artículo 18 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, de forma que, en defecto de acuerdo entre las partes, la actualización de la renta no pueda superar el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, que ofrece una evolución sujeta a una mayor estabilidad en el contexto actual Aquí está el texto del BOE, y solo habla de la actualización anual. No de actualización de subidas anteriores. O eso entiendo yo...@oscar-osuna ¿Qué opinas? 
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