Buenas noches,
Respondo a tus comentarios debajo en cursiva:
En este año he hecho varias compras y ventas de ETF con comisiones tanto en la compra como en la venta. Por el ejemplo el citado de ishares el Global Clean Energy y por ejemplo la acción de Alphabet ¿Entiendo que eso iría en la casilla 0031?
Las acciones y ETFs van en las casillas de la 326 a 338, en la 328 rellenan todos los datos correspondientes a los movimientos que hayas realizado en bolsa distinguiendo la entidad emisora y el tipo de valor. no te olvides que puedes deducir los gastos de administración y depósito y las comisiones de compra-venta en el caso de las acciones. Evidentemente aquí no cuentan los gastos implícitos de los ETFs que están en sus valores liquidativos.
Luego los intereses de TR entiendo que hay que declararlos y se ponen en la casilla 0027, ¿correcto?
¿Ahí se pondría el valor completo cobrado y el sistema calcularía los intereses a pagar?
Exacto, si además de la cuenta de efectivo tienes otros activos en TR te mandarán la info fiscal y te guías por ella, Si solo tienes la cuenta de efectivo tendrás que sumar tú los intereses y meterlos.
Luego, este año también he cobrado en Myinvestor unos dividendos y quiero recuperar la doble retención, ¿entiendo que eso iría en la casilla 0029? Myinvestor no cobra comisión por lo que habría que introducir el 15% que me han cobrado adicionalmente al 19% que pagamos aquí.
A ver, si los dividendos los metes en la casilla 0029, junto con las retenciones y gastos de administración y custodia (no sé si MyI cobra por ello, yo no tengo las acciones en MyI sino en TR, solo de acciones españolas y allí me hacen la retención del 19% de aquí no de Alemania).
Si los dividendos son de acciones extranjeras lo primero es ver si hay convenio de doble imposición entre ese pais y España, si lo hay lo normal es que se le haya comunicado a la hacienda de ese pais y solo te hayan retenido el 15% como máximo, en ese caso metes en la casilla 0588 lo que te han retenido en el extranjero (hasta el 15%)
El problema puede ser o que no haya convenio de doble imposición con ese país (es muy raro hay con casi todos los normales) o no se haya comunicado tu situación de residente extranjero y te hayan realizado una retención superior al 15%, en este caso la cosa se complica porque tienes que pedirle a la hacienda del país que te devuelvan el exceso. P.e. en Alemania la retención es del 26,375%, en Irlanda del 25%, etc.
Este enlace te puede ayudar:
Para 2025 me planteo entrar en el ETF de SDPR para el SP500 pero esta vez a través de XTB que no cobra comisiones.
No te olvides de rellenar y enviar el formulario W-8BEN para que no te retengan el 30% en USA.