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Re: Rellenando el Modelo 720
- Una cosa es la obligación de presentar el 720. La 1ª vez por pasar de 50k de saldo conjunto a 31dic o saldo medio conjunto del 4T, y desde la 2ª vez, por incrementar los saldos conjuntos en más de 20k o cancelar/vencer algo ya declarado antes.
- Y otra cosa son las cuentas que se declaran. Cuando estás obligado a presentar el 720 por cumplir lo anterior. Se declara TODO, tenga el saldo que tenga, con saldo cero, aunque lo hayas declarado antes, TODO de nuevo. No estoy diciendo que todos los años haya que presentar el 720, sino que cuando se presenta, se informa de TODO.
- Está prohibido presentar el 720 informando sólo de las cuentas nuevas o informando sólo de cancelaciones. El 720 es una foto del 31dic. Se usa la clave "A" para lo nuevo, la "C" para las cancelaciones y la "M" para lo que no cambia.
Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍