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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#3666

Re: Rellenando el Modelo 720

@anton74 Estáis mezclando cosas.

- Una cosa es la obligación de presentar el 720. La 1ª vez por pasar de 50k de saldo conjunto a 31dic o saldo medio conjunto del 4T, y desde la 2ª vez, por incrementar los saldos conjuntos en más de 20k o cancelar/vencer algo ya declarado antes.

- Y otra cosa son las cuentas que se declaran. Cuando estás obligado a presentar el 720 por cumplir lo anterior. Se declara TODO, tenga el saldo que tenga, con saldo cero, aunque lo hayas declarado antes, TODO de nuevo. No estoy diciendo que todos los años haya que presentar el 720, sino que cuando se presenta, se informa de TODO.

- Está prohibido presentar el 720 informando sólo de las cuentas nuevas o informando sólo de cancelaciones. El 720 es una foto del 31dic. Se usa la clave "A" para lo nuevo, la "C" para las cancelaciones y la "M" para lo que no cambia.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#3667

Re: Rellenando el Modelo 720

Resumiendo.

El modelo 720, NO es un documento que sirve para publicar los activos nuevos que vas incorporando, variando o cancelando.

El modelo 720 que se presenta cada año, es una radiografía de lo que tienes a 31 de diciembre.
Sin importar que se haya comunicado ya en el pasado.

Es un matiz MUY IMPORTANTE.
Yo creía que era el primer caso. 

Ahora entiendo la importancia de exportar/guardar la plantilla que has utilizado el año anterior en la web de la agencia tributaria.
Ya que aprovechas el documento del año anterior, ya que muchos activos siguen activos y debes volver a comunicar "su existencia".
#3668

Re: Rellenando el Modelo 720

Exacto, yo he importado la plantilla del 720 presentado el ejercicio anterior y no me ha costado más de 10 minutos preparar el borrador para este año con la información fiscal que han mandado los bancos.
#3669

Re: Rellenando el Modelo 720

Buenas, 

llevo haciendolo así desde 2012. Con la A se da de Alta, con la C se Cancela. La M es para saldos o productos que se Modifican. Una vez declarado con la A está declarado, si el saldo no cambia no hay que declarar con la M, porque ya se ha declarado y consta en sus datos. 

Un depósito de 10 años pues lo das de alta una vez y a los 10 lo das de baja, si el saldo no cambia en todo ese tiempo. Tampoco hace falta declarar pequeñas modificaciones, no se así de memoria pero creo que si las cuentas que tienes no han cambiado y los saldos han variado menos de 20.000 tampoco hace falta declarar la modificación de saldos, esto ya lo digo de memoria. Si tienes una sola cuenta con 60.000 y al año siguiente esa misma tiene 65.000 pues no haría falta declarar la modificación.

Lo mismo aplica a valores. Si declaro 100 acciones Repsol que compro a 25, y el año siguiente sigo teniendo esas 100 acciones Repsol y han subido a 26 no hace falta declararlas con la M, mi propiedad de 100 acciones Repsol no ha cambiado y están debidamente declaradas.

Se declaran las nuevas altas, cancelaciones y modificaciones, pero lo que no cambia ya está declarado y si no ha sufrido una modificación pues no hace falta mencionarlo, porque ya consta con los datos correctos en hacienda.

Otra cosa es que quieras usar la plantilla del año pasado y la dejes por comodidad con todos los productos, pero no hay obligación. 

Saludos.
#3670

Re: Rellenando el Modelo 720

No es lo que dice el BOE en la flecha 1. En tal caso no diría "totalidad" sino "sólo las nuevas" o lo que ya se quiera uno inventar.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#3671

Re: Rellenando el Modelo 720

Bueno, tampoco menciona ahí los 20.000 de margen porque estará en otra página. Tienes obligación de declarar todo, si no modifica nada y declaraste todo el año pasado pues estás cumpliendo con la obligación y sigues teniendo todo declarado. 

Lo consulté en su día con Legálitas, cuando te ponían hasta 50.000 euros de multa si ponías mal una coma. Ahora por suerte y sentido común (o mas bien porque se lo prohibieron los jueces) hacienda ya no comete esos despropósitos con el 720.

Saludos
#3672

Re: Rellenando el Modelo 720

Según tu exposición.

Nos podríamos encontrar con tener mucho dinero en depósitos, ctas, bonos, acciones que durante el 2024 no se haya incrementado nada su cuantía/valor ni haya habido cambios en nuestra cartera de activos y por tanto NO haría falta realizar el modelo 720.

Es un matiz importante el saber como enfoca la Agencia Tributaria el modelo 720.
Como:
 - Un informe anual de lo que uno dispones en el extranjero
o
- Un informe de comunicación de los activos que vas incorporando/eliminando a tu cartera de activos en el extranjero