Veamos, he puesto el argumento infantil.
Pero aquí está la definición de una función y su dominio que figura en un libro de Cálculo Infinitesimal de Michael Spivak, que sirve de libro de texto en escuelas politécnicas.
"Si f es una función, el dominio de f es el conjunto de todos los a para los que existe algún b tal que (a, b) está en f. Si a está en el dominio de f, se sigue de la definición de función que existe, en efecto, un número b único tal que (a, b) está en f. Este b único se designa por f(a)."
Entiende función por aplicación y verás que coinciden.
Por lo tanto el dominio de la base imponible son veinte años. Una de las reglas de la LRHL es que tienes que tomar el incremento anual que corresponda en el momento de la transmisión.
Por lo tanto, como después de veinte años no hay asignado porcentaje anual, el incremento no se pone de manifiesto. Esta condición se exige enla formulación del hecho imponible.
Se exige lo que puede faltar. "y se ponga de manifiesto".
Lo que no sucede después de veinte años.
Nota: el libro de Cálculo Infinitesimal citado lo puedes encontrar en internet y es gratuito en estos momentos. (pág 60, fundamentos)
Los fundamentos son las cosas acordadas para entendernos.