Creo que he comentado que la LRHL es de 1988 que está reformada.
Pues claro que sé que ha sido reformada.
Una de las reformas, como he comentado fue consecuencia de un caso del IIVTNU de mi familia en el año 1993, en el cual yo era uno de los componentes.
Las bonificaciones de padres a hijos y viceversa. Le hice ver al Defensor del Pueblo, que eso era injusto, ya que los fallecimiento producidos en ese período estarían sistemáticamente gravados por un incremento teórico que a veces no estaría en sintonía con la realidad.
Esa atenuación de la injusticia es parcial, ya que no todos los ayuntamientos la han adoptado y los que la han hecho pueden que no se hayan esforzado lo suficiente para agotar todas las posibilidades de las bonificaciones. Pero este hecho es un juicio de valor, ya que la bonificación es potestativa. Contra las potestades no me pronuncio.
Lo que si me pronuncio es que después de veinte años la atenuación de este impuesto es total por El Legislador porque no ha considerado, por interés general, gravar las transmisiones, que se produzcan después. Así mismo, porque gravarlas es anticonstitucional mediante el incremento teórico, ya que la realidad es otra.
Hoy la base imponible, repito, del 60 %, los casi 2/3 de ella salen del valor de adquisición. Simple estadística del INE. desde 1993 hasta septiembre 2013, incremento de la vivienda 109 %, IPC 79 %. 30 % de diferencia, que si se calcula correctamente es: 1/(1,3)=0,769, que es el valor de adquisición.
El valor del incremento sería 1-0,769= 23 %, que es el porcentaje que se debería aplicar al valor catastral, según la estadística del INE.
Nota: para hacer más fácil las operaciones he prescindido de los decimales.Pero estos valores los pueden comprobar en la página del INE.