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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
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#1

Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenas. Después de leer, en otros, los siguientes hilos: Arancel Notarial 2.2.f. para Cancelación Hipoteca Cancelación hipoteca

He intentado crear una especie de calculadora que permita calcular el dinero que nos va a costar la cancelación de la hipoteca en cuanto a los gastos de NOTARIO por redactar la escritura de cancelación de hipoteca y los gastos por inscribirla en el REGISTRO DE LA PROPIEDAD.

Se trata de una hoja de cálculo en Google Drive donde lo único que hay que introducir es el importe del préstamo hipotecario que nos concendió la entidad bancaria, es decir, el capital pendiente de amortizar antes de que nos pasaran al cobro la 1ª cuota hipotecaria, ya que esta es la única variable a tener en cuenta para ambos aranceles (notario + registro).

Dicha hoja de cálculo es accesible para todos aquellos que conozcan su enlace (luego lo pongo) y es también editable, es decir, se puede escribir en ella aunque en realidad lo único que se puede escribir es precisamente el importe del préstamo que nos concedió la entidad ya que todos los demás cálculos se realizan automáticamente. Al entrar en dicha hoja de cálculo veréis que en la parte inferior hay dos pestañas, llamadas NOTARIO y REGISTRADOR. Por defecto estaremos en la pestaña NOTARIO y será ahí, en la casilla D4 donde únicamente se permita escribir para teclear el importe del préstamo. Si luego pinchamos en la pestaña REGISTRADOR veremos que se habrá copiado automáticamente dicho importe, es decir, que en esta pestaña REGISTRADOR no hay que introducir nada, solo ver los resultados.

La idea o propuesta consiste en testar esta calculadora con el único fin de poder afinarla a medida que se vaya testando para que podamos disponer de un instrumento que nos permita reconstruir las facturas de notarios y registradores de cara a analizar si nos han minutado correctamente dado el lío de los aranceles y rebajas/reducciones que corresponden en cada caso y, sobre todo, en qué parte de los cálculos se deben ir aplicando estas rebajas/reducciones.

Yo intentaré pasarme por aquí de cuando en vez para aclarar posibles dudas sobre su funcionamiento y, sobre todo, para que otros usuarios "minuta en mano" puedan indicar si los cálculos que aquí se arrojan han sido los que finalmente les han cobrado y así discutir o comentar las diferencias.

Y ya por fin aquí el enlace a la Calculadora Gastos Cancelacion Hipoteca. Por defecto están los cálculos para un préstamo de 100.000 € pero cada cual puede y debe machacar esa cifra para introducir la cantidad real de su préstamo.

Todos los cambios o mejoras que sean propuestos intentaré implementarlos para tratar de mejorar esta herramienta. Bueno, advertir que el arancel del notario nunca podrá ser inferior a 90 € (antes de IVA) y nunca inferior a 24 € (antes de IVA) los honorarios del Registro, aunque estos mínimos no se han tenido en cuenta. Un saludo

#2

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Añadir que, probando con distintos valores, los aranceles notariales y registrales serían los que resumo (redondeando al entero más próximo) en la siguiente tabla: El notario, como mínimo, tiene garantizado embolsarse un arancel de 90 euros y el registrador de 24 euros. El descuento que podrían aplicar los notarios no puede ser superior al 10% para evitar la competencia desleal entre notarías. De hecho, en lo único que deberían diferenciarse los presupuestos que nos pudieran dar los distintos notarios sería en si aplican o no ese descuento entre el 0% (sin descuento) y el 10% (descuento máximo). Por añadir algo más, hay un foro para el personal auxiliar de los Registros de la Propiedad y Mercantiles de España donde comentaron la nueva situacion de los aranceles (la actual) tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley 18/2012 y en particular destacaría lo que un usuario de ese foro llamó "caso práctico" y que le confirmaron el resultado. El caso práctico consistía en simular el arancel del registro para una cancelación de hipoteca cuyo principal es de 100.000 euros con el resultado 68,86 € de cuota arancelaria (antes de IVA). Ese mismo dato cuadra al céntimo con el que arroja la calculadora, pero con el máximo desglose para saber cómo se llega a esa cifra. Me refiero a este enlace: Caso práctico planteado por personal de un Registro de la Propiedad También la calculadora cuadra con esta información aparecida en el diario El País:

Con los nuevos aranceles, según los cálculos de la OCU, pasar por el notario para cancelar una hipoteca que en su día fue contratada por 150.000 euros costará 137 euros, frente a los 50 euros de antes, es decir, 175% más. Además, independientemente del importe del préstamo se pagará un mínimo de 90 euros. Si después el titular de esa hipoteca decide comunicar esa cancelación al registro, deberá abonar otros 84 euros, frente a los 28,85 euros anteriores. Y siempre habrá un mínimo a cobrar de 24 euros.
Fuente: La OCU denuncia un alza del 175% de los gastos por cancelación de hipotecas
PD: En estos momentos, la calculadora ya contempla cuándo se tendrán que aplicar los mínimos.
#3

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Enhorabuena por tu aporte.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Fantastico el aporte.

Tan sólo decir que aparte de los gastos asociados a la cancelación que aporta la calculadora habría que sumar algunos gastos que incrementan Notarias y Registradores, como copias simples, asiento de presentación, nota de afección fiscal, nota simple informativa, etc.

#5

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Gracias knopfler (y a Juan Lackland también)..

Sí, bueno, en la calculadora añadí unas anotaciones intentando dejar claro que lo que se calcula son exclusivamente los importes del arancel 2.2.f del Notario y del 2.2. de Registrador.

A mayores, lo que es realmente imprescindible sería una copia simple (solo una) de la escritura de cancelación (se la quedará la Hacienda de la Comunidad Autónoma que corresponda) que deberá acompañar al impreso de Actos Jurídicos Documentados que allí se presente, y el asiento de presentación que cobra el Registro (cuyo coste es 6 €). El Registro NO NECESITA otra copia simple de la escritura de cancelación. Se quedan el original y te lo devuelven (con alguna que otra huella dactilar, eso sí). La nota simple informativa cuesta 3 € si se pide presencialmente en el Registro y 9 euros si se pide por Internet en la web oficial del Colegio de Registradores (ojo que otras webs parecen oficiales, pero la única es ésa, la que acaba en .org). Las notas de afección fiscal tampoco son obligatorias.

Tal vez en los próximos días pueda añadir a la calculadora los otros gastos imprescindibles mínimos, especificando sus cuantías y detallando el arancel que en cada caso se estaría aplicando, aunque para ello estaría muy bien cualquier ayudita... Saludos

#6

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Cierto, acabo de darme cuenta de esas notas que se me habían pasado por alto.
De todas formas el aporte es fantástico.

Y quizá sería muy interesante conocer, que gastos son obligados de esos que suelen meterse como notas simples y demás , y cuales no, como bien conocemos en muchos casos se pagan varias Notas simples o varias Copias simples, o varias cancelaciones de afeccion, etc, que no sirven para nada al usuario y que se hacen con el único fin de incrementar la factura. Este hecho no esta de más indicarlo en el Registro o Notarias de turno cuando se solicita la Cancelación, el previo aviso de comunicarles "sólo necesito una copia simple o sólo necesito una note simple que me certifique que queda en el Registro que mi hipoteca ha quedado cancelada".
Es importante cerciorarse de que la tramitación se ha hecho correctamente, más de uno y más de dos se han llevado una desagradable sorpresa porque ha habido un error Registral en el numero de finca , etc...

#7

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Hola, me acaban de dar la factura de notario de una cancelación de hipoteca y todo cuadra salvo porque no me han aplicado la reducción del 50 %. Hay alguna razón para ello o es un error(pensando bien)?

#8

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Si no te han aplicado la reduccion dificilmente te puede cuadrar

No , no hay nigun tipo de razon, tiene que aplicarlo por Ley

Saludos

#9

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Gracias Knopfler, el lunes les digo. Me pregunto si esto será un error puntual o se "equivocarán" habitualmente con el 98% que no está informado y confía en que se lo hacen bien....

#10

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Aegurate de que realmente la minuta no tiene la reduccion hecha y pasate con la impresion del RD que marca su regulación por si quieren ir de listos, les plantas el artículo de la regulacion de aranceles encima de la mesa a ver si así se les cae la cara de verguenza.

#11

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Si, si, ya tengo preparado todo eso. Y la factura no puede ser más clara. Se observa el arancel 2 por el importe clavado del Excel, la reducción del 5 %, los folios, el testimonio de firma, los suplidos por 8 euros (imagino que nota simple).... Pero ni rastro de la del 50%... Si no lo sabes pagas y ni te enteras. 

Otra cosa que no acabo de entender es lo de los folios, aunque es poco dinero. No se como lo cuentan. Mi copia simple son 16 hojas timbradas por ambas caras, más la carpeta de cartón. Me cobran 3 euros por 8 folios. En total 24 por este concepto.

#12

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Sí hay tambien suelen meter de más incluso varias copias simples, cuando en realidad solo con una es necesario todas las demas a peticion del cliente. Tambien suelen meter notas marginales que no corresponden (en el caso del Registro), no es poco dinero son, 8 tuyos, 3 del otro, otros 9 del otro, .... suma y sigue por las operaciones que hara un Notario o un Registrador mensualmente y te sale un sueldo más.

No recuerdo exactamente el criterio para los cargos de Notas Simples, y demás conceptos, pero vamos ahí te encuentra de todo, hasta incluso cargos de conceptos que no corresponden cargar a cancelaciones hipotecarias.  Se aprovechan del desconocimiento del usuario al más no poder.

 

Ojo!! no quiero decir que esto sea la totalidad de Notarios y Registradores, quiero pensar que existe en este país gente que trabaja honradamente, honestamente y profesionalmente, pero desde luego es muy generalizado, el cargos de conceptos que no corresponden y facturas mal realizadas sin aplicar descuentos y demás, y eso logicamente es conscientemente. La misma palabra merece que el político de turno que mete mano en las arcas publicas.

#13

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Nada, me ha mandado a paseo:

- Que les sale todo automático del programa correctamente. 

- Que siguen la normativa que les llegó del Colegio de Notarios de Cataluña

- Que lo del 50 % es para novaciones y tal pero no para cancelaciones.

- Que lo de los primeros folios exentos lo mismo. 

- Que si quiero impugne ante el colegio en 15 días hábiles. 

Lo del arancel del BOE y la ley 12/1994 lo ha mirado como si fuera un texto en mandarín....

#14

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

¿con quien te has reunido con el Notario/a?

- Pues que cambien el programa, el que rige los aranceles no es un programa informatico sino una Ley.

- Desconozco lo de la normativa que comentas, pero vamos que el RD 1427/1989 de 17 de noviembre es donde se aprueba el arnacel de los Notarios ,

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/i220502-jus.html

- El 50% de reduccion se aplica a cancelaciones, lo marca el RD y de hecho mi minuta esta aplicada.

http://www.oficinanotarial.com/2012/06/arancel-aplicable-subrogaciones.html#!/2012/06/arancel-aplicable-subrogaciones.html

https://previa.uclm.es/centro/cesco/pdf/trabajos/5/2011/5-2011-2.pdf

- Sobre los folios no me pronuncio puesto desconozco ahora mismo ese ambito, pero vamos a las claras te ha contado otra milonga.

- Tardaría en impugnarle la minuta el tiempo justo que tardo en estornudar.

En mi caso la minuta Notarial estaba sin ningun tipo de reduccion,  pero es que ademas la minuta detallaba en la leyenda de que se habian aplicado las reducciones correspondiente, lo que yo llamo con perdon "mearse y limpiarse en las cortinas", quise entrevistarme conel Notario en los dos dias posteriores a que me indicaran que mi factura era mas de 300 euros posteriormente me indicaron que 225, así que dejé encima de la mesa del administrativo el RD que marcaba el Arancel Notarial, llegue el dia indicado, y nada mas abrir la puerta me pusieron la factura encima de la mesa modificada y sin oportunidad de poderme reunir con el Notario, cuadrada al céntimo, que no supero los 125 euros si no recuerdo mal.

Tambien tuve una película con el Registrador , que tambien acabó por modificar su minuta.

Pero lo tengo claro, si me hubieran hecho caso omiso, voy de cabeza a la impugnacion de la minuta.

No hay otra palabra que defina a quien conscientemente carga conceptos que no corresponden y dejan de aplicar los descuentos que marca la Ley sobre sus aranceles , que LADRON. Así de sencillo y así de claro.

Ahora ya es tu decisión.

 

 

#15

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Imagino que habras llegado a este hilo desde el principal sobre el arancel 2.2.f, pero por si acaso te pongo el mismo, leetelo desde el principio no es muy largo pero es muy clarificador,

https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/2655876-arancel-notarial-2-f-para-cancelacion-hipoteca

La redaccion esta muy muy clarita:"

Para determinar los honorarios notariales de las escrituras de novación, subrogación o cancelación de préstamos y créditos hipotecarios se aplicará, por todos los conceptos, el número 2.2.f. del arancel de los notarios, tomando como base el capital inscrito o garantizado, reducido en todo caso al 70 por ciento y con un mínimo de 90 euros. No obstante lo anterior, se aplicará el número 7 del arancel a partir del folio quincuagésimo primero inclusive.

Esta disposición se aplicará respecto de todas las inscripciones practicadas y escrituras autorizadas a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley….”