Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Hola Kirsten. A ver si me aclaro...
Dices que en la copia simple compruebas que de los 17 folios en total, 9 de ellos son las notas simples, pero ¿no le habías devuelto la copia simple el pasado viernes cuando le llevaste el escrito de impugnación? ¿O es que tú misma te hiciste una fotocopia de la Copia Simple antes de devolverla? ¿Devolviste la Copia Simple al Colegio de Notarios de las Islas Canarias, al notario, o al final no la devolviste y la sigues teniendo en tu poder?
Por tu factura, sabemos que la Copia Autorizada también tienen 17 folios en total, pero necesitaría saber si también en esa Copia Autorizada están incluidos los 9 folios que ocupan las notas simples, pero entiendo que eso no lo puedes mirar dado que dicha Copia Autorizada la tiene en estos momentos el Registro aunque solo sea para hacerte un presupuesto. ¿Es así? Es que necesitaríamos asegurarnos que en tu Copia Autorizada (no en tu Copia Simple) están también incluidos esos 9 folios que ocupan las dos notas simples en papel timbrado. No sé si me explico...
Respecto a modificar tu impugnación ya presentada el 07-12-18, mientras estés en plazo de impugnación yo entiendo que podrás o bien ampliarla mediante otro escrito o bien entregar otro escrito indicando en el nuevo escrito anula al anterior, pero no estoy segura de nada de esto. Mejor llama al Colegio de Notarios donde la presentaste a ver qué te dicen ellos.
En todo caso, ¿qué querrías reclamar ahora o cómo redactarías ahora la impugnación en caso de no haber impugnado antes? En mi opinión todo está bien cobrado, cada concepto por su arancel correspondiente. Lo único, que no pediste copia simple y no la aceptas ya que la copia autorizada sí la aceptas, y que te solicitaron 2 notas simples al Registro que -además de no ser imprescindibles- se han incorporado como folios de la matriz de modo que la han "engordado" con folios innecesarios.
Y si la matriz está "engordada" en 9 folios (los que ocupan las dos notas simples) entonces también lo está la copia autorizada que tienes en tu poder (o en poder ahora mismo del Registro, no lo sé). Es lo que te decía en el PDF con mis comentarios en la última página, donde hablaba y detallaba las consecuencias negativas para ti en caso de que dichas notas simples (además de pagar los 20,00 por su obtención) están también engordando la matriz y consecuentemente la copia autorizada.
Esto afectaría, como te decía en el PDF, al importe del arancel 4.1, del 4.2 (calculados sobre 17 folios cuando deberían ser calculados sobre 10 folios) y a los suplidos por papel (calculados sobre un total de 34 folios cuando deberían ser calculados sobre un total de 20 folios). Claro que ya sabes también que el "prudente arbitrio" de tu notario ha decidido que esas notas simples no solo era necesario pedirlas sino también incorporarlas a la matriz. En el fondo, lo que se va a discutir, me temo, es que ese "prudente arbitrio" a ti te ha perjudicado enormemente por un exceso de celo profesional por parte del notario que ha perjudicado tus intereses económicos. No sé, yo es que intentaría hablar con él por si se aviene a rectificar algo, aunque veo muy difícil que vaya a modificar la matriz si en ésta ya están incorporadas las dos notas simples. Pero por intentarlo no pierdes nada...
Es que no sé en qué mas puedo ayudarte.
P.D. Sobre el contenido concreto de las 2 notas simples, no era para nada necesario que lo pusieras. No aporta nada. Y, por otra parte, ¿has conseguido, o no, justificar que las 2 notas simples le costaron exactamente 20,00 € a tu notario que es lo que puso en tu factura?