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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
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#751

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenas tardes, Raul. 
Vas a tener que disculparme, pero estoy un poco perdida al leerte. 
Es que si pagaste la minuta en la misma fecha de su emisión, que fue el 14 de diciembre, los 15 días hábiles (se excluyen sábados, domingos y festivos) que tenías para impugnar (y que así debe constar imperiosamente al pie de página de la minuta en letra pequeña) se habrían agotado el 5 de enero... ¿En qué fecha pusiste ese email? ¿Tienes acuse de lectura?
Tampoco sé a qué cuenta has escrito ese email, si al Colegio de Registradores o a alguien del Registro donde te emitieron esa minuta.
Comento esto puesto que un escrito que merezca la consideración de impugnación debería presentarse en plazo y forma, y puede que ni lo uno ni lo otro se haya cumplido. No tengo los datos para afirmarlo ni desmentirlo.
Si ya eras consciente de esto, entiendo que ese email lo enviaste por si el registrador o registradora tiene a bien revisar esa minuta ante tus observaciones sobre los conceptos e importes facturados, pero en rigor no estaría obligado/a ni siquiera a contestarte si no se trata de un verdadero recurso de honorarios formalmente hablando...
Por otro lado, en tu post decías:
 adjunto email enviado y respuesta recibida 
Debo estar muy torpe, y puedo estarlo, ya que no encuentro qué respuesta te habrían dado a ese email... Si pudieras despejar mis dudas, o mi confusión, te lo agradezco. Saludos+
#752

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenos días Ainhoa,

Solo comentarte como sigue el tema y que va avanzando bien. Resumo un poco la situación:
No estaba de acuerdo en las facturas de honorarios del registro:
Por un lado una correspondía abonar integramente al banco por la fusión de Liberbank y Unicaja
Y de mi factura había un concepto en el que no habían aplicado las reducciones del 25 y 5 %
- El día 16-10-2022 envié por mail el recurso de honorarios al mail [email protected], adjuntando las minutas, justificante de pago de las minutas, escritura de cancelación de hipoteca, dni, modelo 601 y escrito firmado con certificado digital. A los dos días les escribí y me respondieron facilitándome el número de expediente.
- El día 7-12-2022 recibí el informe del registro por correo certificado a mi domicilio,  en el que decían que estaban de acuerdo en que la factura por la fusión de los bancos la modificaban a nombre del banco y que me ingresaban la cantidad que había pagado de irpf. Hicieron el ingreso y cambiaron la factura. Con esto fui a mi oficina de Unicaja a primeros de este año con la factura y el informe del registro, y lo mandaron para que les aprobaran la devolución en mi cuenta, y hoy ya se lo han aprobado y me han realizado el ingreso.
- En el informe del registro también decían que de la otra factura no correspondía aplicar las reducciones del 25 y 5 % porque no se había demostrado, ni adjuntado nada que justificara que era la vivienda habitual. Así que escribí al colegio de registradores y me dijeron que podía efectuar las alegaciones que quisiera en 15 días hábiles a través del correo electrónico - [email protected] en el que se genera un acuse de recibo automático. Mandé el mail el 18-12-2022 y estoy a la espera de esta parte.

Total que de 267 € que pagué al recoger las escrituras, ya me han devuelto 147 € por la factura de la fusión de los bancos, y estoy a la espera de la otra cantidad que aunque es pequeña es mía

Muchisimas gracias por tu ayuda!
#753

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Perdón por desviarme un poco de tu consulta.

¿el modelo 601 lo gestionaste tú o a través de alguna gestoría/notaría??

Es que me toca dentro de 2 meses ponerme con esta fiesta
#754

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Hola, 
Mandé un mail a la oficina liquidadora que me correspondía preguntando si había que hacerlo físicamente allí o podía enviarles un mail con la documentación para tramitarlo. Me respondieron que les podía mandar sin problema por mail la documentación (escrituras y dni), junto a un número de teléfono por si tenían alguna incidencia, y al día siguiente de mandárselo me lo enviaron por mail.

#755

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Cuando dices oficina liquidadora te refieres a hacienda???

Muchas gracias
#756

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Mira, yo mire aqui y dependiendo del municipio te corresponde una u otra, estas son las que hay en madrid que necesitaba yo - https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/oficinas-liquidadoras

Y ya viendo la oficina busque el mail por internet, yo creo que pertenecen a los registros de la propiedad y se ocupan de liquidar determinados impuestos
#758

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenos días, @holos:

Muchas gracias a ti, ante todo, por compartir cómo han ido evolucionando las cosas, concretando con fechas y todo lujo de detalle los pasos que diste. 

Que la fusión o cambio de acreedor hipotecario que afectó a tu préstamo, tenía que ser facturado a la entidad financiera era algo impepinable (es que lo dijo el Supremo...), pero vemos muy frecuentemente que intentan hacer una única minuta por todos los conceptos a nombre del ciudadano, por si cuela, abusando de la lógica ignorancia en estos temas del más común de los mortales. Colará muchas veces.

Que tardaras menos de 2 meses en recibir el informe del registrador, es un plazo que -visto lo visto- es aceptable, aunque en realidad el registrador tiene acotado un plazo máximo de 10 días hábiles para remitir su preceptivo informe a la Junta Directiva del CORPME que después te envían por correo postal certificado a tu domicilio. Claro que a saber cuándo el CORPME le pasa al Registro tu impugnación para que empiecen a contar esos 10 hábiles máximo y a saber cuándo tiempo retiene el CORPME ese informe en sus dependencias antes de remitirlo por correo...

Lo que me alegra, especialmente, es que la nueva minuta, ahora emitida a nombre del banco te la haya reembolsado Unicaja sin problemas. Corrígeme si me equivoco en alguna de estas cantidades o conceptos, que ya sabes tengo la necesidad de poner importes con todos sus decimales a todos los conceptos:
Si fue exactamente así, Registro no quiere reconocer que la base no podía ser la total responsabilidad hipotecaria (esto me parece del todo intolerable) sino el PRINCIPAL. Tampoco quiere saber nada de las Resoluciones DGRN sobre la procedencia de 3 reducciones cumulativas: las del 5% y 50%, ambas las practicaron, y también la del 25% que no practicaron ni tienen pensado practicar, pero como tú ya tienes lo tuyo, allá Unicaja si se quiere pelear con el Registro. La pelota ya no está en tu tejado por esa minuta al recuperar todo lo que habías pagado inicialmente por ella. Genial.

En tu minuta, entiendo que Registro no se allana a las reducciones del 25% y 5% (solo en el caso de la vivienda y no en el caso del garaje pues este ya estaba en el mínimo irreductible de 24,04 €) que proceden del Art.2.Uno del RDL 6/1999 (25%) y del Art.36.1 del RDL 6/2000 (5%). y como ahí nada se dice de "vivienda habitual" me sorprende que diga el informe que no proceden por no estar justificado que se trate de "vivienda habitual" ¿?
 
De otras resoluciones que he visto la improcedencia de estas 2 reducciones se basaba en que como el 2.1.g) dice "como base el capital pendiente de amortizar reducido en un 90 por 100" entendían que ese 90% "desplazaba" a las reducciones aludidas del 25% y 5%. Hubo una época que ese 90% era sobre el importe de honorarios resultante de ese arancel, pero ahora no es así ya que es sobre la BASE que se somete a gravamen. Quiero decir que el 90% compite en otra liga que nada tiene que ver, y por tanto no puede desplazar, a esas reducciones del 5% y 25%. 

Ya dirás, por favor, aunque tengas que esperar meses a la Resolución del CORPME, con qué fundamentos jurídicos defienden la improcedencia de ambas reducciones no practicadas que otros registradores practican directamente, aunque cierto es que solo he conocido un caso.

¿Invocaste en tu alegaciones el fallo de la STSJ Galicia 212/2022 de 31 de Mayo de 2022 para que la base sea 0,00 €, como así se resolvió en tribunales?
 
No harán caso, ya sabes, pues dirán que esa sentencia no sienta jurisprudencia pues no emana del Supremo. A ver si encuentro el tiempo y me pongo a mirar si a día de hoy tenemos más sentencias recientes de ese tipo, aunque vengan de los diferentes TSJ.
Bueno, en todo caso, "lo gordo" ya ha regresado a tu bolsillo, y me alegro mucho de que así sea, de que hayas sido guerrera, jeje. 
Ya nos contarás en qué términos te llega la Resolución CORPME que podrá tardar lo suyo, aunque si tarda más de 3 meses a contar desde el día que te asignaron nº de expediente, podrías interponer recurso (y será admitido) ante la DGSJFP por presunta desestimación ante el silencio administrativo del CORPME. 
Yo no contaría con que prospere nada, pero que se molesten en redactar la resolución y ya decidirás luego si la impugnas, por presunta desestimación o por desestimación expresa, ante la DGSJFP.
Un saludo más.
#759

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenas tardes, @chispa2:
Es muy oportuna tu pregunta, pues dependiendo de cómo se presente el impuesto te podrán meter en la minuta 6,01 euros por comprobar online un código CSV o código CSO.
Si el Modelo del impuesto (dependiendo de tu C.A. podría ser el 600 o 601) lo presentas tú, y de manera presencial, no se generará en ese Modelo ningún CSV/CSO y entonces no podrá el Registro ampararse en que tuvo que verificar ese código (no existiría) para facturar esos 6,01 euros.
Deberás valorar cómo lo vas a hacer. Solo pretendo exponer que según el método de confección y presentación se devengará, o no, el arancel 4.1.e): 
Por otras certificaciones no comprendidas en los apartados anteriores: 6,010121 euros.
A eso se acogerán si el impuesto no fue presentado por ti presencialmente (no telemáticamente desde tu casa con tu certificado digital).
Como en el Modelo 600/601 figure que el "presentante" es el registrador/a, te lo meterá. Así le pasó a @holos. Saludos.
#760

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenas noches,

Las cantidades que pones por la fusion - son exactamente las mismas que has detallado, te las mando en una imagen (arriba la primera que hicieron a mi nombre y abajo la de Unicaja).

Las reducciones del 25 y 5 % que no están de acuerdo por no haber presentado inicialmente un certificado de empadronamiento- lo que alegan está en la segunda imagen. Luego ya en las alegaciones les he mandado el certificado de empadronamiento, ya veremos que responden

Muchas gracias!


#761

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Muchas gracias por la información.

¿cómo puedo saber si en la comunidad de Madrid es el 600 o 601??
#762

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenas noches ya.
Dependiendo de la modalidad, en Madrid existen los 2 modelos para autoliquidar el ITPAJD.
En tu caso será el Modelo 601 que es el correspondiente a la Modalidad Actos Jurídicos Documentados:

Saludos+
#763

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Muchísimas gracias.

Así cuando en 2 meses termine de pagar, pedir al banco el certificado de deuda 0, ir al notario y cuando firme el banco llevar los papeles al registro (como dice holos) y allí el 601.

Y como está todo en la misma ciudad, pues a ahorrar dinerito moviéndolo yo.
#764

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

No. Yo no lo haría así.
Si quieres evitar los 6,01 €, que @holos no pudo evitar pues hizo lo que tú estás comentando ahora que piensas hacer, tendrías que acudir presencialmente a la delegación de la Hacienda autonómica y cumplimentar el impreso o que te lo cumplimente algún funcionario de los que están atendiendo en ventanilla.

Yo pediría cita telefónica...

Y para evitar sorpresas con el notario, ya que aun no te toca buscarlo, mejor pásate por este otro hilo:


Saludos+



#765

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Pues tendré que echar cuentas, porque el viaje a Madrid (ida y vuelta) a General Martinez Campos, 30 diría que me sale mas de los 6.01€ (no se ahora con los nuevos precios como está).

Así que igual me sale mas barato pagar los 6.01

Muchas gracias por toda la info.

Ese hilo lo tengo visitado, y tendré que volver a echar las cuentas de la calculadora