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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
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Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
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#691

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Hola.
No se si podéis ayudarme.
Resulta que compre un local por 31500€ al contado sin hipoteca.
En el registro me han cobrado lo que se refleja en la foto y no se si es correcto.
Gracias.




#692

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenos días Ainoa,
Muchisímas gracias por el trabajo tan increíble que estas haciendo!
Gracias a toda la ayuda tuya (ya que yo no entiendo nada de estos temas) al final me vine arriba, y pensé que en vez de hablar con Unicaja debía reclamar lo que corresponde y han hecho mal en el registro que son los primeros que deben hacerlo bien. Después ya llegará lo del banco si eso. Así que mandé un correo este Lunes pasado a estos dos mail que pone en esta web:  https://www.registradores.org/informacion-al-ciudadano/tramitacion-de-reclamaciones

Y me respondieron que habían trasladado el recurso al departamento correspondiente para que lo tramiten. Así que ahora a esperar.
- De la minuta que debían hacer al nombre del banco - solicité que me devuelvan el dinero (jejje, vamos a ver...). También que las cantidades que habían puesto no eran correctas ya que pusieron las de la responsabilidad hipotecaria, y además que no aplicaron las 3 reducciones del 5, 50 y 25 %. Y lo de que aplicaran el IVA e IRPF.
- De la minuta mía - del arancel 2,1 g con base de 23.000 que no han aplicado los descuentos del 25 y el 5 %. Del concepto de afección fiscal que pongan 0 € o lo eliminen. Y de lo de los plazos no puse nada porque como ya me confirmaste, si el día que sacaron las notas simples está dentro del plazo es porque ya ya lo han hecho en esa fecha.

Así que a esperar, y mil gracias por todo, sin tu ayuda no habría sido posible. Ya te iré diciendo como sigue. Total, ya lo tengo pagado y tramitado, así que a dar guerra, que es vergonzoso que nos engañen de esta manera.
#693

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Hola, macki.
Es que este hilo es sobre las movidas de las minutas referidas al concreto negocio jurídico de cancelación de hipoteca, que por sí solo ya ves lo que da de sí...
Para minutas por inscribir escrituras cuyo negocio jurídico sea la compraventa (o herencias, o un larguísimo etcétera), considero que no sería este el hilo más adecuado, por aquello de no entremezclar. 
Si abres un nuevo hilo, o aportas la minuta en otros hilos ya abiertos por minutas registrales relacionadas, como en tu caso, con actos de compraventa, intentaría decirte algo, aunque -desde ya te digo- hay conceptos que pueden ser procedentes por compraventa que jamás aparecerán cuando lo que debe inscribirse en los registros de la propiedad la cancelación de un derecho real; en concreto, el derecho real de hipoteca que es el que se centraría este hilo. 
Confiando en tu comprensión sobre la no idoneidad de este hilo para minutas por compraventa, recibe un cordial saludo.

#694

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

En cualquier caso gracias.
Hace unos años pude aprovechar tu ayuda en una cancelación de hipoteca.
#695

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Gracias por la comprensión, macki.
Si abres nuevo hilo o aportas minuta en hilos por minutas registrales de compraventa, algo te podría sugerir (sin por ello tener certeza), siempre que lo hagas antes de los 15 días que tendrías para impugnar (esto es común a toda minuta de honorarios).
Te sugiero que, para entonces, aportes -además de la misma minuta- la fecha de otorgamiento de la escritura de compraventa y la fecha de emisión de la factura/minuta, si hubo contrato de arras o no (caso haberlo, qué se acordó en cuanto a gastos), desde cuándo el local comercial estaba en un edificio calificado como vivienda de protección oficial. En fin, todo lo que ayude a situar el caso. A veces lo que pueda parecer irrelevante, no lo es. Saludos+
#696

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Ay dios... holos
1. ¿Y si te quedas "estrangulada"?
Comentas que has interpuesto Recurso de impugnación de honorarios (corrígeme, de aquí en adelante, en todo lo que me equivoque o entienda mal, por favor) y no me constaba que EN FORMA se pudiera interponer recurso por email, a menos que el escrito de impugnación (en lugar de formar parte del cuerpo del mensaje de ese email) no incluyese como adjunto un fichero PDF con tu FIRMA DIGITAL. 
Es que no sé si considerarán tu email como "Queja" o como verdadero "Recurso de Impugnación de Honorarios". Caso considerarse "Queja", cada día que pasa es un día menos  para impugnar formalmente.
Caso considerarse verdadero "Recurso de impugnación" ya tendrían que haberte enviado, también por email, el número de expediente que habrían asignado al recurso que habrías presentado.
2. Antes de impugnar FORMALMENTE...
Tendrías que haberle dicho al registrador, que por fusiones/transmisiones, aunque te las quiera cobrar a ti, y de hecho ya la hayas pagado, debe minutarlas en factura aparte a nombre de la entidad finaciera.  A esto, 100% segura, no se opondría, y -consecuente e invetiablemente-  aplicaría reducción del 15% a cuenta de su IRPF 2022 que minoraría lo que ya pagaste tú y deberá ingresar Unicaja a su nombre, cumplimentando el debid 

Yo habría exigido al registrador, inmediatamente, antes de recurso alguno:
- 2 minutas; una a mi nombre y otra a nombre de Unicaja
- Presento recurso de honorarios contra la minuta de Unicaja, que pague yo, y  -simultáneamente pido a Unicaja el reembolso de la factura que a su nombre pague yo.
- En el mismo recurso impugno la factura que está a mi nombre.

Lo que comentas has reclamado, me parece perfectísimo, si vale el superlativo para perfecto.
Todo, absolutamente todo, incluso en lo que ya sabes que no. Todo, vaya. 

Es que no sé si nunca podrás nada a Unicaja. Para intentarlo, tendrías que disponer de una minuta a su nombre y no la tienes por no haberla exigido directamente al registrador, que te la habría hecho sin duda alguna, aunque sea el tiparraco implicado en las tarjetas black.

Además de suerte, no sé qué más añadir....
Saludos+

#697

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenos días,
Buff. Yo lo que hice es mandar el mail con un pequeño resumen en el texto del mail de la reclamación, informando que lo detallo todo en el documento adjunto. Adjunté un pdf con todo lo que solicito firmado con el certificado digital,  el dni, escritura, las minutas, el 601 y el justificante de pago de las minutas. Y esto es lo que me respondieron en concreto: 
En relación a su correo, indicarle que hemos dado traslado de su recurso al departamento competente para que lo tramiten.
Pero no sé si llaman ellos recurso también a las quejas...
Vamos a ver qué es lo que pasa al final, ya te iré comentando. 
Muchas gracias por todo!.



#698

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenos días.
Pues sabiendo lo que enviaste y -sobre todo- cómo lo enviaste, PDF de tu escrito que incorpora tu firma con certificado digital, entiendo que perfectamente podría considerarse un verdadero "recurso de honorarios" y tiene toda la pinta de que así lo hayan considerado al responderte al email con eso de " hemos dado traslado de su recurso al departamento competente para que lo tramiten.". Tal departamento es el departamento de recursos de honorarios.
Lo que podrías hacer, si lo consideras oportuno, es volver a escribirles o bien llamarles por teléfono, para que te indiquen el número de expediente que ya le habrían asignado a tu recurso de honorarios, si es que finalmente tuvo esa consideración tu envío. Con eso te quedarías mucho más tranquila.
Lo 1º que hacen es recibir el recurso, asignarle núm. de expediente, y seguidamente le envían tu escrito al registrador impugnado para que él, en un plazo de 10 días hábiles, a contar desde que le llega tu recurso, emita su preceptivo informe que deberá remitir al Colegio, y ya luego el Colegio te lo envía a ti, por correo postal -en teoría- pero podría llegarte por email por haber iniciado así el procedimiento. Podría ocurrir, y yo confío en que sí, que ya en ese Informe el registrador se allane a desglosar en 2 la minuta. Debería hacerlo, indiscutiblemente. Puede que alegue algo así como "dado que expresamente no se había solicitado minuta aparte, por ese motivo no se hizo esa otra minuta inicialmente, pero dado que ahora lo solicita la recurrente, se procede a su emisión teniendo la recurrente a su disposición la cantidad que por IRPF se ha descontado en la nueva minuta emitida a nombre de una sociedad mercantil", o algo por el estilo. 
También podrías preguntar al Colegio si el Informe del Registrador te llegará por correo postal o electrónico.
Ármate de paciencia... el CORPME (Colegio de Registradores...) no parece que esté muy dotado de recursos humanos para todo lo que tienen encima y aunque los plazos administrativos son 3 meses para que emitan su Resolución, no cuentes con ello. Hace 2 semanas exactamente le llegó Resolución del CORPME a otra persona en relación a un recurso de honorarios que había tenido entrada en el CORPME en noviembre de 2021; es decir, 11 meses después...
En tu piel, lo que yo haría es esperar los 3 meses (no habrás recibido Resolución en este tiempo) para poder presentar, y será admitido, el llamado "recurso de alzada", o también llamado "recurso de apelación de honorarios contra la desestimación presunta del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España".
Esto puedes hacerlo al amparo de lo dispuesto en los artículos 21.3 y 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

 Artículo 21. Obligación de resolver.
3. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán:
a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. 
Lo que ten convendría, y mucho, es que cuando hagan la minuta por fusiones/transmisiones a nombre de Unicaja, tenga como fecha de emisión la correspondiente al día en que realmente se ha confeccionado, para evitar que tal fecha sea la que pusieron en la minuta que habían emitido a tu nombre en la que se incluyó este concepto. Es que si a UNICAJA le presentarás una minuta a su nombre, pero emitida desde hace muchos meses, ya les cortas la posibilidad de que Unicaja pueda impugnarla y sería una excusa perfecta para que te dijeran que nada te pueden reembolsar sobre una factura del año 2022, pues hasta 2023 ten por seguro que no tendrás esa factura individualizada a nombre de la entidad financiera. 

Pero bueno, ya irás contando cómo evoluciona el tema. Un saludo más.
#699

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Bueno, pues después de quejarme del borrador de la minuta que me mandaron lo del registro de la propiedad (les mandé un correo electrónico y les llamé diciéndoles los puntos que no estaba conforme, gracias a los consejos de Ainhoa66), a los pocos días rectificaron y me mandaron la minuta separada, una para mí y otra para Caixabank.

Os adjunto el antes y después de mi minuta:

- Me han quitado lo del art.611, que es lo que tiene que pagar la entidad bancaria por las fusiones.
- También me han quitado el concepto de OTRAS CERTIFICACIONES, que supongo que lo metieron ahí para sacarme más dinero.
- También me han quitado lo del certificado CSV, ya que no lo tengo porque la presentación del modelo 600 la hice presencial, no telemática.

Así que de 235,37 euros que me pedían, mi factura ha quedado en 50,90 euros :)

minuta antes y después
minuta antes y después


Gracias Ainhoa66 por tus consejos!
#700

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Buenos días,
Siguiendo tus consejos les escribí un mail para que me dijeran el número de expediente, en concreto les puse esto (para tener más claro lo que me dijeran en su respuesta): Necesitaría que me dijeran cuando pudieran el número de expediente que han asignado a mi recurso de honorarios. 
Y también les pregunté si el informe del Registro de la propiedad me lo mandarían por mail o por correo.
Ya me han respondido y me han facilitado el número de expediente y también me han dicho que toda la documentación relacionada con el expediente  me la mandarán por correo certificado.
Ahora ya estaré pendiente a lo que me dijiste para en 3 meses presentar el recurso de alzada. 
Muchas gracias por tu ayuda!


#701

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Pues muy bien. Perfectamente aclarado.
Además, es todo un extra saber que se puede presentar recurso tal y como lo has hecho tú.
El informe del registrador posiblemente te llegue antes de los 3 meses, así que cuando presentes recurso de alzada, también llamado de apelación, podrás aportar tanto lo que habías adjuntado al Colegio en el email que les enviaste, como el núm. de expediente asignado, que ya lo sabes, junto con el informe del registrador.
El recurso de alzada/apelación lo podrías presentar transcurridos 3 meses desde la fecha en que el Colegio te dijo por email  aquello de "En relación a su correo, indicarle que hemos dado traslado de su recurso al departamento competente para que lo tramiten."
Tal recurso de apelación sería contra la desestimación presunta del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España (CORPME) ya que en estos casos el silencio administrativo se considera así, desestimación presunta.  Podrás presentarlo telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia; concretamente a través del siguiente enlace:
Es el mismo enlace tanto para el recurso de apelación contra la desestimación expresa (cuando se dispone de la Resolución del CORPME desestimatoria total o parcial) como para el recurso de apelación contra la desestimación presunta, pero bueno, antes tienes que esperar a que transcurran esos 3 meses y confío en que sin consumirse ese plazo dispongas del informe del registrador en el que, al menos, se allanará a que desdoble en 2 la única minuta que a tu nombre te emitió incluyendo en ellas las fusiones/transmisiones que deben ir en minuta aparte a nombre de la entidad financiera. Ahora te toca esperar. Ya nos irás contando. Un saludo más.


#702

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Hola! Finalmente el banco (en mi caso Caixabank) se ha hecho cargo de su parte de la minuta del registro. No ha hecho falta que yo la pagara antes y después reclamara a la entidad. 

Antes de pagar nada al registro le hice la propuesta al director de mi banco, para ver que decían. Su primera reacción fue decir que no sabía nada de que el banco tuviera que pagar nada de una cancelación registral (me cuesta creer que no lo supiera, pero aceptamos pulpo). Le mandé también el enlace del Banco de España donde lo explica (lo saqué de este foro). Y pocos días después me llamó para decirme que se harían cargo de la minuta.

Con esto os recomiendo que intentéis hacerlo así antes de pagar nada. Preguntad a vuestra entidad si se harán cargo de la minuta y si es que no, pues ya decidiréis lo que hacéis (si no pagarla, o pagarla y reclamársela). Y si deciden pagarla ellos, como por suerte en mi caso, pues os ahorráis dolores de cabeza.

Una vez más la ayuda de la forera Ainhoa66 me ha sido de gran ayuda.
Saludos!
#703

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

¡Qué bien! ¡Cuánto me alegro que haya acabado así "la cosa"! Enhorabuena.
No obstante, una duda...

Cuando dices que tu oficina de Caixabank "se ha hecho cargo de su parte de la minuta del registro. No ha hecho falta que yo la pagara antes y después reclamara a la entidad."
¿Cómo fue la cosa concretamente (si lo sabes)?

  • ¿La oficina llama por teléfono al registro y les dice "enviad a esta oficina bancaria esa minuta indicándome la cuenta bancaria donde quereis que os la abonemos"? 
  • ¿Te la dieron a ti en el registro, el original, y tú, como intermediaria entre ambos, se la entregaste en mano al director de la la oficina bancaria asumiento verbalmente delante de ti que ya se encargarían ellos de pagarla?
  • ¿O cómo fue la cosa? ¿Cómo se arreglaron oficina y registro? 

Gracias y un saludo más.
#704

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Hola Ainhoa, pues la cosa fue así: Los del registro me mandaron por email los borradores de las dos minutas de la cancelación (la mía y la de Caixabank, después de pedirles que las separaran). Después llamé al Director de mi oficina y le comenté el asunto (él se hizo el sueco) y además de la llamada le mandé por email el borrador de su minuta junto con un enlace del banco de España donde explica que la entidad se debe hacer cargo de ese pago (este enlace:  https://clientebancario.bde.es/pcb/es/blog/gastos-de-registro-por-fusion-de-entidades.html )

Pues me llamó unos días más tarde diciéndome que lo había consultado con los gestores y que efectivamente era así y que ellos pagarían la minuta, pero me dijo que le mandara una minuta de verdad, no el borrador. Así que, por email también, pedí al registro que me mandaran la minuta oficial de Caixabank y les confirmé que la pagarían ellos directamente. Me la mandaron al día siguiente, yo se la reenvié al director de mi oficina. Y hasta aquí mi participación. 

Días más tarde me confirmó Caixabank que ya la habían pagado. 
Supongo que ellos llamaron al registro y les pedirían el numero de cuenta o algo. Ni idea de como lo pagaron o como se arreglaron entre ellos. Yo a la que me dijo que se ocupaban ellos no quise saber nada más y me desentendí.

A todo esto todavía no he ido al registro a recoger las escrituras, a ver si mañana me da tiempo y me paso. Saludos!
#705

Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca

Muchas gracias por los detalles aclaratorios. 
Es que ya me picaba la curiosidad por saber cómo se las arreglaron entre ellos y tu papel como mediadora. 
La crónica de los acontecimientos la has dejado muy bien explicada y detallada. 
Tu caso es ejemplar en el sentido de que conviene no precipitarse y, antes de pagar nada a nadie, lo suyo es pedir 2 minutas en lugar de 1 a tu nombre en la que se cobraban por las fusiones bancarias y ya con esas 2 minutas pasarle el muerto de la minuta por fusiones al banco antes de que costees tú su entierro. Reitero mis felicitaciones y enhorabuena por tus gestiones, al final exitosas. 
Confiemos en que no te encuentres con "sorpresas" cuando te pases a recoger tu escritura ya inscrita y la nueva nota simple informativa que acreditará el levantamiento de la carga hipotecaria que tenía tu finca. Saludos+