1 ¿Hablas de contrato de cuenta de administración y custodia de valores? Necesito este dato para responder ……… lo tengo claro ahora mismo, pero mejor confirma si es posible.
2 – Te falta un documento, que es un buen argumento para plantear la demanda, se trata de pedir un histórico de operaciones y productos contratados por la entidad – Relación de los productos que consta que tengas o hubieras contratado.
Desde luego y como todo yo lo pediría por escrito, como poco por mail, si tienes el del director o del apoderado de la oficina, es cuestión de pedir que ten una tarjeta de visita, ahí suelen aparecer los mail’s, si queda rastro es mas complicado salirte con excusas, porque si no te responden, luego puedes enlazar la “insistencia” pero ante el SAC del banco
¿Por qué es interesante este documento? que repito, no es tal, es un mera relación que dirá por ejemplo, tarjetas de crédito, imposiciones a plazo, valores de renta fija, cuenta corriente …. Esto lo que supone es ver en tu operativa con el banco, que perfil tienes, porque una cosa es que con esto se demuestre que de “inversiones” nada, nunca, o que por el contrario figure por ejemplo que tienes acciones de varias empresa, que no está considerado por la MiFID un producto complejo, pero puede ser un dato a favor o en contra, lo bueno es saber que consta, que hay …. que hubo …. a los efectos de plantear el asunto de una forma u otra, tu tienes la ventaja que la prisa no es prioridad, al menos en el sentido de que tu contraparte es solvente, las dos, tanto el BBVA como Repsol, careces de la espada de Damocles que supone para algunos que tienen lo suyo en bancos intervenidos, que les pueden salir con normas de la UE, a ti esto no parece que vaya a ocurrir, tu asunto se mantiene en un plano de “privados” un ciudadano con una empresa, sin intervención de poderes públicos, por tanto creo que “ve despacio, que tengo prisa” ………..
¿Las acciones, problema o no? Depende, si tu eres una persona que compra acciones, las vende al poco, incluso ha llegado a comprar a las 10 de la mañana de un día y vender a las 3 de la tarde, que tiene un cartera que se mueve mas que el ratón de ordenador, es muy difícil acreditar ante un juez …. Mire señoría yo no tengo ni idea de inversiones, me han engañado, y sepa usted que la MiFID dice que acciones no es producto complejo, por tanto no es ni parecido. Entenderás que un juez es probable que dijera, Sra. Esther, no me cuente historias, porque usted sabe, y se demuestra que no solo entiende de valores, sino que además es capaz de sacar beneficios en unas pocas horas, y vale que en ocasiones pierde, pero por favor no insulte a mi inteligencia …….
Ahora pensemos que tus padres cuando tenías 5 ó 10 años, te fueran ingresando dinero en tu cuenta, y como en las últimas décadas la bolsa a largo plazo (muy largo) es mas fácil ganar que perder, aunque no es garantía de ello, pues te metían en un años 2.000 € y compraban acciones de la empresa A, al siguiente otros 2.000 a la empresa B, y llegada tu mayoría de edad, tenías ahí pongamos 15.000 €, de las que vendíste una parte para comprarte un coche, sacaste 10.000 y los 5.000 que ahora son 6.215,63 € siguen ahí y no has tocado un euro, mas que para reinvertir los dividendos en mas acciones, porque eso era lo que el banco te proponía o te hacía si no respondías a la carta que te mandaban …..esto no s lo mismo, es un ahorrador que casualmente lo tiene en acciones, pero no significa conocer los mercados. Es obvio que la diferencia es sustancial.
Esto de la información pre-contractual, lo determina la MiFID ¿lo pediste por escrito, te han respondido también por escrito?
Responde por favor a las dos preguntas, y seguimos ….
Nota: Yo te doy mi opinión, normalmente es siempre en un plano técnico, pero no soy abogado, suelo escribir en base al sentido común y desde una óptica de lógica, ahora bien lo que no te puedo asegurar (para nada) es que mi sentido común sea válido en un pleito.