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Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

192 respuestas
Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada
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Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada
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#57

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Pues la sentencia es muy exclarecedora y totalmente aplicable a la mayoria de venta de P.Prf.
Primeramente somos minoristas,eso esta mas que probado.
Que nos dieron informacion sesgada e interesada en el mejor de los casos,tambien.
Que en muchos casos demuestran su mala fe,negandose a dar la documentacion que tendriamos que tener por ser nusrtra,otras sin firmar...
Por lo tanto estamos en el mismo caso o muy parecido y ahora viene y perdona por mi insistencia,sera por la ignorancia,que si para un juez eso es ya de por si constitutivo de que el banco debe de pagar...lo normal seria que todos los casos iguales deberian acabar igual...
Ya se que como bien decis,cada caso es distinto a otro...pero yo lo veo muy claro,hasta el gobierno en creo que un lapsus,reconocio que nunca se debieron vender esos productos entre los minoristas...y creo que la mayoria de esos casos son muy parecidos si no iguales.
Bueno Peterson,gracias por contestarme y perdona mi escepticismo sobre ciertos colectivos,sera que ya no me fio ni de Dios...
Un saludo.

#58

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Desde la mas absoluta de las ignorancias (ya lo sabes) un juez puede tener ese argumento en cuenta,viniendo de una entidad bancaria donde se supone tienen departamentos superpreparados para llevar a cabo toda esa integracion...??
Con gente que supuestamente sabe de sobra lo que hace o deberia por los emolumentos que cobran...??
Es cuanto menos chocante.
Si admitieran eso...que no tendrian que admitir por nuestra parte...
Otro saludo.

#59

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Sobre el AIAF nos podría ilustrar Fernan2, pero en resumen es un mercado que se creó para mayoristas, y normalmente se comunicaban ahí las operaciones ya "casadas" entre minoristas, y al final solo funcionaba como un mero registro, no de las operaciones del mercado, sino de las operaciones que hacía un rato, durante el mismo día se habían cruzado al margen del mismo. Por tanto era raro ver operaciones por debajo del 100%, es mas eran al cien y algo ... porque contemplaba el cupón corrido que se entregaba al vendedor y el comprador pagaba este exceso que cobraría con el cupón entero en su momento.

De hecho cuando "tres chalaos" de la red publicamos la "guía de andar por casa ...." https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/787425-guia-andar-por-casa-para-venta-participaciones-preferentes , que se hizo famosa en rankia entre junio y noviembre del año pasado, indicábamos a los foreros que al amparo del reglamento del AIAF, en su artículo 37 puntos 5 y 6 que cursasen órdenes al 98 ó 99% porque tendrían preferencia, luego algunos las ponían al 99,50, algún otro al 99,75, y recuerdo un caso de 99,99% (lo siento pero sacarse eso de encima pretendiendo solo una pérdidas del 0,01, ó del 0,25%, tenía el riesgo de seguir en la cola y no avanzar), la verdad es que los comentarios fueron interesantes, en primer lugar porque las oficinas (algunas) carecían de la facultad de cursar órdenes por debajo del 100%, pretendiendo en estos casos que un ordenador tuviera un rango superior a la normativa del AIAF, vamos que suponía tener 4 poderes en lugar de tres (el legislativo, el ejecutivo, el judicial, y por delante de todos el del ordenador de la oficina de Caja Zapatos de Villaliebres del Medio) ... creo que se montó algún lío, y muchos foreros se sacaron sus títulos de encima, y otros que no al llegar su reclamación a la CNMV, ésta solo podría informar de la mala política, deficiente en la ejecución de las órdenes de los clientes, no podía ser de otro modo .... ahora bien, y nunca lo ocultamos en los posteriores comentarios del hilo, que esto era que el consultante se sacase el problema de su espalda, pero a costa de que el banco o caja lo colocase a otro cliente, con lo que el forero cobraba, sin embargo el problema persistía, a nombre de otro cliente.

#60

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Pues sin tener ni idea amigo David, me parece que la historia es otra, es una intuición .... lo comenté una vez en los foros, mira ... Caja Cerillas se fusiona con Caja Zapatos y Caja Bombones, como les falta dinero y plus valías para tener beneficios en balance, de sus edificios centrales en sus respectivas capitales de provincia, los venden, y alquilan los bajos y el ático (éste para el cartel y que parezca que todo es suyo), claro si están en los bajos y el cartel arriba, pues lo parece ... las plus valías serán la leche, porque esto lo debieron comprar antes de la guerra, y el ladrillo bajó, pero no hasta este punto .... entonces las 5 plantas del medio ya no las pueden utilizar, reparten los servicios centrales, que ahora solo regionales por lo de la fusión, entre varias oficinas de la zona, los de extrajero en la oficina 32, los de riesgos en la 46 y la dirección regional en la oficina 17 .... ¿los archivos?, pues en una nave en un polígono en medio de ninguna parte, adquirido por coj**** en una ejecución hipotecaria, y entonces llegan ahí (si lo encuentran) varios trailers desde Caja Zapatos, otros de Caja Cerillas y el resto de Caja Bombones, pero claro, las sistemáticas de archivos no son iguales, hay diferencias, y ahí se amontonan cajas y cajas a clasificar y los mas importante a reorganizar bajo los criterios de la nueva política conjunta de las fusionadas, ya que hay que unificar ¿a quien mandarán a ello? pues supongo que una cuadrilla de empleados contratados mediante una ETT, todos licenciados en derecho o ADE (como poco) pero que todo lo que conocen de un banco es una maquina que con una tarjeta suelta dinero, siempre y cuando el papá lo hubiera ingresado antes .... y de archivos si, saben algo, suelen saber de carpetas, subcarpetas, hosting, pero de cajas pues no, no le suena mucho .... ¿y esto como se pone en el buscador del portátil o del Samsung Galaxy? .... eso si, tienen unos cuadernos con muchas hojas que empiezan por "normas de actuación, directiva de custodia de documentación y clasificación de medios no electrónicos" o algún título chorra por el estilo, manual por que algún equipo de Mckinsey's de turno http://www.mckinsey.com/ le habrá cascado 80 ó 100.000 € eso a precio de amigo .... te puedes imaginar el resultado ...

#61

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Jajaj...cajacerillas y cajazapatos...?? jaja,si,pongamos algo de humor...
Pero vuelvo a lo mismo,Peterson,ese no seria mi problema...seria el suyo...digo yo...
Si yo denuncio aporto lo que tengo y no lo que no tengo porque no me lo han entrgado,por lo tanto,se supone que es su OBLIGACION el conservar los contratos,ordenes de venta,de compra,tests...si no,nunca podran probar que yo firme tales documentos y yo puedo alegar total desconocimiento de lo que estaba comprando bajo engaño.
Otra cosa es que el que tenga que probarlo sea yo,pero aun asi,si no me dan los documentos que estan obligados a entragarme y que no lo han hecho porque alegan que en la fusion se perdieron o extraviaron...ya me diras como pruebo yo...
Contestame cuando puedas,no quiero abrumarte ni machacarte,jeje,lo comprendo.
Un saludo esperando indulgencia,jeje.
PD:Si Rebus o Manu tienen algo que decir...yo encantado.Creo que este hilo ha sido un puntazo,espero que siga asi y me refiero a que sirva de informacion veridica y eficaz y por gente preparada.Gracias por aguantarme..

#62

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

No, en este caso, y rebus nos podría ilustrar, la carga de la prueba es suya, porque hay un reglamento para ello, si no lo encuentran es su jodido problema, ahora bien que lo podrían presentar (de localizarlo con posterioridad) en el escrito de oposición a la demanda, y tal vez hasta en la vista previa, y esto último ya depende, lo primero seguro, ahora bien la imagen y la seriedad ante el juez a tomar viento ..... y esto no ayuda ..... en este caso tu no tienes que probar nada de ello, creo, y rebus no rectificará que el que demanda debe demostrar, el demandado solo defenderse, lo cual es mas fácil, pero cuando en una cuestión hay reglamentación específica como es el caso de las preferentes y la normativa bancaria en general, "se invierte la carga de la prueba" ....

Ahora voy con lo otro, la 57 ..... joder no das trabajo ni nada, pero vamos lo hago encantado, el problema es que yo no soy abogado, y por tanto mis comentarios no siempre serán certeros, porque además de no disponer de esta licenciatura, tampoco es que sea yo ningún lumbreras.

#63

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Un ejemplo de mas o menos esto de la planta y el ático, lo tienes en la intersección de Carrer Aragò con Passeig de Gràcia en Barcelona, dónde está la sede principal de Banco Pastor en Catalunya, ocupan los bajos, en el ático está el cartel, y no pequeño precisamente, ni idea de cuantas plantas ocupan, pero todas seguro que no, porque hay otras oficinas como es el caso de la Aseguradora de riesgo de impago Cesce .... y bueno con la cercanía a la sede del Popular en el mismo Passeig de Gràcia, veremos cual de las dos desaparece, y mandan los archivos a Puertollano (por ejemplo).

#64

Re: Jurisprudencia (sentencias) sobre participaciones preferentes y deuda subordinada

Muchas gracias por tu respuesta. Yo llegué a los foros de rankia en enero de 2012 y ya no era posible hacer nada de esto. Es evidente que en la gestión de las órdenes de venta queda retratado el conflicto de interés que, en este caso, existe entre la entidad y el cliente y que en dicho conflicto sale claramente perjudicado el cliente.

Saludos

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