Franjgr por favor puedes confirmar que solo se le imputa a ella? Muy agradecido con Angelneu por su respuesta, pero buscando en Rankia encontré este mensaje tuyo en otro hilo:
"Si la cuenta es de tu mujer, entonces el dinero es de ella se lo has donado y por lo tanto no tiene ningún efecto sobre el subsidio de mayores de 52 años para el que sólo se mira los ingresos y el patrimonio del subsidiado.
Si la cuenta fuera a medias entonces se imputaría un 3% anual del capital que hubiera en esa cuenta, la mitad se imputaría a tí y la otra mitad a tu mujer.
Si la cuenta fuera tuya entonces se imputaría el 3% anual del capital, pero exclusivamente a tí.
Para este interés presunto no importa el régimen del matrimonio.
Si existiera un interés explicito de ese capital, por pequeño que fuera, entonces no se consideraría ese 3% se consideraría el interés que te dé ese dinero. Estando casados en separación de bienes, ese interés se imputaría de la misma manera que para el interés presunto del 3% (o sea al propietario de ese capital y si sois propietarios los dos por mitades), pero si estuvierais casados en gananciales, fuera cual fuera el propietario, se imputaría por mitades"
Ya me he liado, pues entiendo que tú dices que se imputa a los dos y el compañero dice que solo a ella.
Repito de nuevo que muy agradecido a Angelneu por su respuesta, pero quiero estar seguro.