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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#241

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días,

Mi pregunta es sobre el SEPE, que me ha revocado el subsidio de mayores 52 años
de los últimos 4 años (por no cumplir con los criterios suyos en 2018).

Hice las "declaraciones juradas"  de los últimos 3 años  2020/2021/2022 online.

Pero en mi agenda anoté que éste trámite del año 2018 ( que inicie en octubre) lo hice presencial el año 2019.

Pregunto:

- Si es así, como puedo conseguir esta gestión presencial ("declaración jurada"), de la que por desgracia, no me guarde copia por escrito para poder reclamar. Sabéis si la puedo reclamar en el mostrador presencialmente y sin abogado? He intentado averiguar si se podrían descargar las declaraciones juradas previas (incluso la que hice presencialmente), pero no veo donde se podría conseguir.

Pues tengo entendido que de este modo no pueden reclamarte mas allá de un año.

Saludos a todos y gracias de antemano.

Virginia00

#242

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pueden reclamarle todo lo que no esté prescrito. Es decir 4 años.
Si es una revocación le han quitado el subsidio desde el principio aunque solo le puedan quitar el dinero de 4 años porque lo demás está prescrito y nada tiene Ia que ver con una declaración de rentas que se hace un año después. En la carta le pondrá la causa, pero no puede ser el no haber hecho una declaración anual cuando ya ha hecho tres posteriormente.
De todas formas, si quiere ese documento el SEPE se lo tiene que proporcionar, todos tenemos derecho a acceder a la documentación que cualquier administración tenga de nosotros, aunque puede que no se la den en el acto y tenga que pedirla por escrito y que se la envíen a casa.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#243

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Yo hago la DAR anualmente los días 2 de junio.
Oficialmente el plazo de los 12 meses reglamentarios para su presentacion me indicarían que mi fecha oficial para tal trámite son los 2 de julio.
Pero como sabréis se puede hacer con cierta antelación al igual que posterioridad.
Así llevo como unos 4 años, haciéndolo personalmente a través de la web. Anteriormente y durante otros 2-3 años, lo hice presencialmente en la oficina correspondiente.
El caso es que cada año al hacerlo tengo mucho mucho cuidado de hacer pantallazos y guardar los documentos probatorios al respecto. Esto lo hago desde que es directamente on line, no obstante recuerdo que cuando lo hacía anteriormente en oficina también tenía cuidado para no marcharme sin el justificante pertinente.
 No obstante y como bien dice el compañero @franjgr en una oficina del SEPE han de poder facilitarte tales justificantes.
Si tales DAR fueron presentadles en fecha y forma, no hay razón de ser para que ahora no pueda ser demostrado.

Saludos + Buena Suerte.

#244

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

@franjgr , @Miguelleugim y todos,

Muchísimas gracias a vosotros por las respuestas.
Efectivamente, suelo guardar todos los resguardos, pero parece que durante la ultima purga de documentos me pasé :(

Un saludo a todos

Virginia00
#245

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola @franjgr@miguelleugim y @todos,

Una otra preguntilla (lo siento solicitaros tanto):

Porque el SEPE me computa el 3% del valor catastral del valor catastral en las rentas inmobiliarias imputadas, cuando en Hacienda me computan de 1,1% o 2% .. ??

Intenté encontrar la normativa que menciona eso del 3% pero la verdad es que no lo he encontrado... :-/

Muchísimas gracias otras vez a toda la comunidad del foro.

Virginia00
#246

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola,
El SEPE se basa y aplica la Ley General de la Seguridad Social,  y no las leyes tributarias.
Y así lo indica el art. 275.4.

Actualmente, el interés legal del dinero vigente es un 3%.

#247

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En el caso de revocación, anulan también las cotizaciones realizadas para la jubilación de los 4 años ??.
Cuando te suspenden 1 mes el subsidio, también suspenden la cotización ese mes a la Pensión ?

Muchas Gracias..
#248

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola @angelneu,

Muchas gracias por la información!

Saludos a ti y a todos !!

Virgina00
#249

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En el caso de revocación se revoca desde el principio, también la cotización claro.
Otra cosa es que solo puedan reclamarle el dinero de 4 años.
En el caso de suspensión del subsidio también se suspende la cotización 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#250

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Primero de todo agradecer a franjgr por este magnífico hilo que ha creado. Y ahora mi duda. Las acciones si no reparten dividendo, ¿se calculan a un 3%? ¿Y los fondos de inversión y ETF?
#251

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Exactamente, todo elemento patrimonial que no tenga un interés expreso

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#252

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 O sea que tienes pasta, te montas una SICAV de 5 M € que reparta un 0,01% anual, vives en un casplón y tienes derecho a subsidio.
 
 Tienes un fondo de inversión de acumulación de 285.000 €, vives de alquiler y no tienes derecho a subsidio. 
 
 Solo queda buscar algún instrumento financiero que reparta unos dividendos ridículos, aunque siendo honesto no sé hasta qué punto sería ético. 
#253

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El SEPE podría considerar que esa persona se pone voluntariamente en situación de necesidad y no darle el subsidio, pero esta es una opción muy "etérea" y difícil de probar. También podría suponer un problema el montar una sociedad ya que el SEPE podría considerar que tiene una actividad profesional.
Por lo demás su reflexión es correcta, pero esto pasará con cualquier regulación que se intente poner, siempre habrá quien sepa aprovecharse de ella.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#254

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días, lo primero quiero agradecer a @franjgr, toda la increíble ayuda que está prestando.

Quería comentar, que el día 05/11 solicité la ayuda para mayores de 52 años, pero no me acordé que el día 14/10 mi madre nos ingresó a mi mujer y a mí un préstamo personal sin intereses(notificado en su momento a hacienda) de 43000€, que utilizamos ese mismo día para cancelar lo que nos quedaba de hipoteca.

Mi duda es ¿los préstamos personales tienen la consideración de renta y por tanto debo comunicarlo al SEPE?

Entiendo que si se consideran renta en ese caso sí que debería de comunicarlo y por tanto perdería la ayuda?

Un saludo y mil gracias
#255

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola buenas tardes. Mi duda sobre el subsidio de mayores de 52 trata sobre los dividendos generados. Resulta que tengo cartera de acciones de un total de 8 empesas ibex. La mayor parte de estas empresas dan dividendos en los meses de julio y diciembre. En cualquier caso el importe total de esos dividendos es inferior al tope del 75% SMI . Anualmente. Entiendo que el importe anual de dividendos se divide en 12 mensualidades? O los meses en los que mas se pagan /julio y diciembre al superar el tope se suspenderia subsidio?