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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#931

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En las instrucciones del SEPE y si no me equivoco, lo único que observo con respecto a los cobros de los seguros es que están exentas las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños;  no creo que este sea el caso.

Mi opinión es que estas cantidades NO están exentas y que cuentan para los límites de la carencia de rentas. 

#932

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias! A mi también me ha sorprendido la rapidez en la concesión. No soy de Madrid y la solicitud la hice a través de la web del Sepe. Después el email procedía de la oficina de mi ciudad. Como gracias a este foro tenía trabajo adelantado por si lo requerían, como así fue, ya tenía descargados los pdfs de los dividendos e intereses recibidos. Todo ha ido sobre ruedas. Me da la impresión que cumpliendo requisitos la concesión es muy rápida. Quizás en Madrid por número de solicitudes tarden algo más, pero tranquilidad que si tienes derecho al subsidio, te lo conceden.

También aportar que en la pestaña de la web del Sepe de consulta de prestaciones es donde iba consultando a diario el estado de la solicitud:
https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/consultas.html

Suerte!
#933

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias por tu informacion.
Y repito felicidades.
#934

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola tengo un depósito contratado antes de pedir el subsidio 52 y que vencerá después de acabar el subsidio es decir cuando esté jubilado.
Mi pregunta es:
Tiene el SEPE esto en cuenta para el cálculo de rentas.
Cómo lo tiene en cuenta sin información depósito que nunca he cobrado interés.
Gracias 
#935

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hay algo que no acabo de entender, dices 
" Recibo email el 7 desde mi oficina de prestaciones para que les aporte documentación sobre rendimientos obtenidos en 2023"
  Yo tenia entendido que solo te pedían los rendimientos que hubieras tenido el mes anterior, no pedían el año anterior, vamos eso creía, no obstante, si los asesores pueden aclarar  este tema, por favor. 
#936

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Sí también creía que era eso lo que tenían en cuenta, pero ya nos comentó franjgr por aquí que depende de cada oficina, unas no te piden nada y otras hasta el certificado de nacimiento. Así que por ser la primera vez que presentaba esta solicitud ya tenía preparado todos los documentos que pudieran reclamarme. Estar preparados es lo mejor que podemos hacer.

Y a partir de ahora llevar el control todos los meses de nuestros ingresos y que no superen el tope de rentas si es posible. Y si no, pues comunicarlos.
#937

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si supera rentas, está obligado a comunicarlo al SEPE, se haya enterado el SEPE o no.
De lo contrario, una inspección posterior, cuando aparezcan en la declaración de renta los intereses del depósito podrían suponer la extinción del subsidio desde la fecha en que se superaron las rentas. Y esa extinción podría afectar a la pensión de jubilación reconocida.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#938

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias 
#939

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola, el tema es que cobrando prestacion por desempleo, obtuve en 2022 unos ingresos de 1100 eur brutos por venta de naranjas, en renta aparece sobre 200 eur de rendimiento neto. No comunique esos ingresos en su dia por desconocimiento, ahora voy a pedir subsidio mayores 52 años. Me pueden extinguir la prestacion por no haberlo comunocado?, he visto que hay muchas sentencias en contra del sepe por este tipo de casos.
#940

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En una prestación contributiva por desempleo no rige el requisito de la carencia de rentas.
Es durante la percepción del subsidio para mayores de 52 años ( o con cualquier otro subsidio por desempleo)  donde tiene que empezar a estar atento. 
#941

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Perfecto, gracias
#942

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Estás dado de alta en hacienda, modelo 37 de actividades económicas?
Si lo estás, no olvides darte de baja porque la activida  económica es incompatible con el subsidio 52 años, al margen de la cantidad de ingresos.
Con la prestación de desempleo o paro no estoy seguro, igual lo aclara @franjgr, @Angelneu..

#943

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No, no estoy dado de alta, es un huerto pequeño para no abandonarlo y lo trabaja la cooperativa local, realmente son mas los gastos que los ingresos, pero claro el ingreso aparece en renta. 
#944

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Sobre la Ley, cualquier actividad económica es incompatible con percibir cualquier ayuda del SEPE, da igual paro que subsidio.
Pero la doctrina judicial ha ido obligando al SEPE a relativizar lo que pone en la Ley y no interpretarla estrictamente.
Si hay alta en el IAE o en régimen de autónomos es incompatible, sin otra posibilidad. Pero si no hay alta en el IAE o autónomos y simplemente se declaran a Hacienda los ingresos es donde surge el problema de ¿hasta donde?
El SEPE sacó hace unos meses una instrucción, queriendo poner coto a la incertidumbre, que ya veremos si no la tiene que modificar por lo que digan los jueces, pero al menos pone un poco de luz. 
Si la cantidad anual no llega al SMI mensual, será compatible, y si supera el SMI mensual se considerará una actividad económica y se regularizarán los días de ayuda en función del  tiempo que se considere trabajado para ese importe (dividir el importe entre la base máxima de autónomos). Si la cantidad es muy alta el SEPE podrá enviarlo a inspección de trabajo para que consideren si la persona debería estar de alta en el régimen de autónomos.
Ahora bien, los ingresos que se consideran de actividades económicas son los netos, en este caso 200 euros, no llega al salario mínimo por lo que es compatible con el paro, en caso de que la venta se hubiera producido cobrando el paro. Y si se producen cobrando el subsidio también será compatibles, pero en ese caso habrá un pago único de 200 euros ese mes que se podría sumar a otras rentas para ver si llega al límite de 850,5 euros mensuales.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#945

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias franjgr, esta bastante claro, eso tenia entendido, creo que puedo estar tranquilo.