#1711
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Sí, es así. Si se pide la Prestación Contributiva después del alta médica.
Si no se pide la Prestación Contributiva después del alta médica no puede haber consumo de días de una Prestación que no ha existido.
Si no se pide la Prestación Contributiva después del alta médica no puede haber consumo de días de una Prestación que no ha existido.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos