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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#1216

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Este asunto ya se ha tratado en alguna otra ocasión.

Efectivamente, podrás acceder al subsidio antes del 10/06/2025 (ojo a la inscripción ininterrumpida en la demanda)
Pasada esa fecha,   la vía de acceso anterior se pierde,  y deberas encontrarte de nuevo en una nueva causa de acceso al mismo. 

#1217

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

muchísimas gracias!!!
#1218

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenas tardes a todos. Un par de dudas para los expertos del foro. El año pasado cambié la caldera y la Comunidad de Madrid me dio una subvención por el Plan Renove de 268 euros. Al hacer la declaración de renta veo que me figura como una ganancia patrimonial. Lo cobré en octubre y ahora me queda la duda de si lo tenía que haber declarado al SEPE.

La segunda cuestión es que en diciembre vendí un Roboadvisor de Openbank con una perdida de 69€. Supongo que al ser perdida no tendría que informar al SEPE, pero no me fío. De hecho me hicieron una comprobación de rentas hace tiempo y tenía un reembolso de un plan de pensiones también con perdidas y me dijeron que lo tenía que haber comunicado.

Gracias y un saludo.
#1219

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Insistir en que solamente hay obligación de comunicar al SEPE aquellas circunstancias que supongan (tras la aplicación correspondiente de las reglas de cálculo, por pago único o periodicidad mensual) la suspensión y/o extinción del subsidio. 
#1220

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Pues entonces perdonar que insista pero con lo de la caldera, como no sobrepaso los ingresos mensuales ni sumándolo al resto de los que he tenido, ¿no tengo que declararlo?. ¿Y el fondo tampoco al haber perdido dinero?. Es que llevo desde el viernes que vi lo de la caldera en los datos fiscales comiéndome la cabeza...
#1221

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No hay nada que perdonar por mi parte. Aquí estamos para ayudarnos.
Si la suma de rentas mensuales no excede de 850,50 euros brutos, estamos en números "legales".
Saludos cordiales.
#1222

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Un apunte :
Las ayudas públicas destinadas a cubrir necesidades de la vivienda habitual, así como para los suministros y enseres esenciales,   NO computan en ningún caso a efectos del SEPE.

Que pueda tributar o no a efectos del IRPF es indiferente. 


#1223

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

En mi opinión no tendría derecho al subsidio para mayores de 52 años.
Para poder acceder a dicho subsidio hay que cumplir los requisitos para un subsidio y permanecer apuntado como demandante de empleo desde entonces hasta el cumplimiento de los 52 años.
Sin embargo, en el supuesto que plantea ¿en que momento se cumplen los requisitos para una subsidio?.
Ahora no los cumple y nos dice que seguiría sin cumplirlos hasta más allá de los 12 meses desde que se cumplió el mes de espera. La posibilidad de acceder a un subsidio en un momento posterior al cumplimiento del mes de espera, por superar rentas, se mantiene durante 12 meses.
Cuando usted cumpla el requisito de rentas no podría causar derecho al de mayores de 45 años porque ya han pasado más de 12 meses desde el cumplimiento del mes de espera y si no cumple los requisitos para ningún subsidio no puede permanecer inscrito desde que se cumplen los requisitos para un subsidio hasta el cumplimiento de los 52 años.
Las instrucciones del RDL 8/2019 también establecen la extinción del derecho al subsidio no nacido por superar rentas durante más de 12 meses.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1224

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Aparte de la necesidad de crear una nueva via de acceso

Veo otro problema, que en tu declaracion de renta estando en el paro interpreten que has operado para situarte en situación de necesidad 

Lo mejor es una entrada justificada  en la ayuda, con carencia de rentas previa y entrada fortuita por quedarte en el paro, eso o lo más parecido a eso
#1225

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Una cuestión muy simple , por favor:

      1. un beneficiario del subsidio +52 lleva varios años cobrandolo.

      2. Llega el momento de hacer la declaración de rentas anual.

      3. Sin embargo , sus rentas van a exceder el tope y asi continuará en lo sucesivo.

      4 . Por tanto no quiere seguir ni solicitando ni cobrando el subsidio.

Podria simplemente  , en vez de pedir la extinción / suspensión , no presentar la  declaracion de sin cambios  en  las rentas que hace anualmentedejando correr el  plazo  ;  para que se lo extingan / suspendan el SEPE automaticamente

y asi  no tener que hacer nada más


#1226

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Creo que se ha de solicitar la baja de la prestación/subsidio por parte del interesado. De hecho, en Web SEPE hay un apartado al respecto para realizar dicho tràmite.

#1227

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

El art. 299  h) de la TRLGSS  obliga a comunicar al SEPE cualquier situación determinante que suponga la suspensión del subsidio;  y superar rentas es una de ellas. 

Es sancionable si no lo hace.   LISOS  (art. 25.3)

En resumen;   hay que comunicarlo a la entidad gestora. 


#1228

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

no es fácil que el exceso de rentas coincida justo en el mismo momento que la declaración de rentas

el exceso de rentas ocurre en un momento temporal concreto y ha de ser comunicado 

tenga eso en cuenta no vaya a ser sancionado porque la declaración delate excesos anteriores 
#1229

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

A tenor de las respuestas a la consulta anterior:

 "  Podria simplemente  , en vez de pedir la extinción / suspensión , no presentar la  declaracion de sin cambios  en  las rentas que hace anualmente,  dejando correr el  plazo  ;  para que se lo extingan / suspendan el SEPE automaticamente "

Es  mejor comunicarlo.

Entonces, si no se prevé ya en un futuro cumplir el umbral de rentas :

     1.   ¿que debe solicitarse ,  una extinción o una suspensión ?

    2. 
o esto lo decide el SEPE , y en tal caso,   ¿cual de las 2 formulas aplica ?

Gracias de nuevo por las respuestas.
#1230

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Puede hacer ambas opciones
De la suspensión se va a la extincion 
Y con la renuncia voluntaria también 

En ambas le pediran explicaciones para que ellos hagan las comprobaciones que consideren