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Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 14/11/24 12:14
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
ten en cuenta que el objetivo de Hacienda, impuesto por el Gobierno, es maximizar la recaudación y minimizar devoluciones.En este caso, ya se ha dicho que quieren maquillar las cifras del déficit de este año para no tener que dar explicaciones a Bruselas ni realizar recortes. Como ellos controlan los datos, sólo está disponible las cifras del "elevadísimo" porcentaje de devoluciones que han realizado. Es como con los supuestos pagos del Consorcio de Seguros u otros organismos a los afectados de Valencia, que dicen que van como un tiro. Me temo lo que está ocurriendo de verdad y el calvario extra que estarán pasando los afectados para cobrar. Recuerdo, como anécdota, que cuando impusieron el impuesto a los premios de las loterías, proyectaron unas cifras de recaudación que en realidad luego no fueron ni la cuarta parte. Tenían toda la información histórica para calcular cuántos premios se cobraban que superaran la cantidad que iba a ser gravada al 20% , pero querían presentar una recaudación mayor de la real para poder gastar más.  Y con el impuesto sobre las transacciones financieras (compra-venta de acciones), lo mismo, la recaudación real ha sido ridícula sobre lo proyectado.Aquí ocurre lo mismo, pero en el lado de los gastos: ocultan cuánto van a tener que devolver de verdad para gastar sin cortapisas. Es la política de patada hacia adelante, ya pagará la fiesta el que venga detrás, les polítiques que ahora nos dirigen ya estarán fuera del gobierno cómodamente situados de eurodiputadas, en el consejo de Estado, en la ONU, en la fundación del partido,etc.El problema de todo esto no es ya solo la molestia, sino de forma práctica, gente que fallezca por el camino y los herederos tengan que empezar de nuevo los trámites, o en el caso de mi padre, es que tiene que realizar ya una rectificación por otro tema sobre una de las declaraciones pendientes por las mutuas, con lo cual solicitarla en este momento, significaría liarla aún más, así que toca esperar hasta que a la Excelentísima ministra Chusa le salga del potorro dar la orden de que desatasquen las devoluciones.
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Bacalo 06/11/24 14:56
Ha respondido al tema 7 años de alquiler por adelantado
hay un par de hilos en que se habló de este tema:https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/5012768-alquiler-piso-cobrando-tres-anos-por-adelantadohttps://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3231609-como-computar-ingresos-por-adelantadoSi tomamos el artículo 14 del IRPF y el 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, diria que estrictamente no puedes declarar todo de golpe, sino a medida que vayan cumpliendo las mensualidades, aunque hayas recibido todo el dinero como "depósito". Pues ese inquilino podría largarse a los 2 años por ejemplo, y exigirte que le devolvieses el dinero remanente, según la LAU. IRPFArtículo 14. Imputación temporal. 1. Regla general. Los ingresos y gastos que determinan la renta a incluir en la base del impuesto se imputarán al período impositivo que corresponda, de acuerdo con los siguientes criterios: a) Los rendimientos del trabajo y del capital se imputarán al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor.  artículo 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos Artículo 17. Determinación de la renta. 1. La renta será la que libremente estipulen las partes. 2. Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta. 
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Bacalo 06/11/24 14:43
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
esas cabeceras que dices son genéricas del formulario, luego está la parte "personalizada" por ejercicio fiscal, puedes ver, en el caso de mi padre, que para 2019 le dicen que está presentando una solicitud de rectificación pero que ya le devolvieron todo lo retenido, o que en 2020 hace una solicitud de rectificación (en la que sí le tendrán que devolver algo, porque la cuota líquida fue mayor que 0). Esto es, en el momento de presentar el formulario hacían ciertos chequeos (si había presentado declaración y   si había salido una cuota >0 , si estaba jubilado,...).Desconozco el mensaje que pone para la gente que no presentó la declaración, o los que hubiesen fallecido...
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Bacalo 05/11/24 20:08
Ha respondido al tema Iban para Trade Republic
imagino que será igual que con N26:https://support.n26.com/es-es/cuenta-e-informacion-personal/informacion-de-impuestos/debo-declarar-mi-cuenta-n26-en-espana Si tu cuenta de N26 tiene un IBAN español (que empieza por ES), tu cuenta bancaria está en España a todos los efectos y no es necesario declararla.Si tu cuenta de N26 tiene un IBAN alemán (es decir, empieza por DE), entonces el depósito de tu dinero está en Alemania y, por lo tanto, estarías sujeto a esta obligación tributaria siempre y cuando tu caso concreto esté dentro de los requisitos establecidos legalmente.Ojo, que esto es para la cuenta corriente/ahorro, a lo mejor tienes IBAN español pero luego inversiones en acciones, fondos, etc, no están en España y sigues con la obligación de incluirlos en el 720. 
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Bacalo 05/11/24 10:10
Ha respondido al tema Fiscalidad cripto
para considerarlo una actividad económica, tendrías que dedicarte a gestionar inversiones de terceros, o a asesorarles. Y además en el caso de criptos, también sería actividad económica si te dedicaras a  minar. O que montases una especie de "family office" con gente contratada para ayudarte a gestionar tu dinero.Pero si lo que haces es exclusivamente invertir tu dinero tú solo, ya sea en criptos, fondos de inversión, acciones, derivados financieros, inmuebles,etc, no hay actividad económica.
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Bacalo 04/11/24 19:10
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
da la sensación que aquí ha habido una orden desde muy arriba de paralizar todo lo que sean gastos y pagos, según lo que se deduce de estas informaciones sobre el excesivo déficit público.En tanto en cuanto no te notifiquen la resolución de la rectificación y la aceptes, ni hay gasto computable ni hay pago. Los funcionarios no van a dar a la teclita para que el procedimiento siga adelante. Se la trae floja tener que pagar el 4% de interés, más grave es para los que mandan que Bruselas les pida recortes ya.
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Bacalo 04/11/24 10:26
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
explicación en el órgano de propaganda oficial ("El País") de porqué no se va a cobrar lo de las mutualidades este año, y ya veremos el que viene. Como las rectificaciones siguen en el limbo y no están cerradas, no cuentan para el déficit. Se dejan en el fondo del cajón, y problema resuelto:"España tendrá que limitar el gasto hasta fin de año para cumplir el déficit"...Las administraciones públicas españolas tienen pendiente un ajuste de unos 5.000 millones hasta finales de año para lograr el límite acordado con la Comisión, según las últimas estadísticas oficiales......Hacienda reconoce que la situación es complicada, pero recuerda que ya se ha computado algunos gastos que no tendrán correspondencia en el próximo año. Se trata de sentencias judiciales por temas tributarios, que obligan al Estado a devolver varios miles de millones. Hacienda confía en aprobar un remiendo legal para reducir el impacto".
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Bacalo 03/11/24 18:18
Ha respondido al tema ¿Se pueden alquilar 10 trasteros, dentro un local comercial, como persona física?
estás en el mismo caso que una persona que alquile una habitación en su casa o en otra de la que es propietario.Si hay 3 habitaciones del mismo tamaño y alquilas 1 con derecho a uso de baño, cocina,salón, entonces se declara como rendimiento del capital inmobiliario el alquiler y se resta 1/3 de los gastos de la vivienda que permite la ley(IBI, Comunidad,Seguro, amortización...). Y aparte, se declara como renta imputada por los otros 2/3 si no es la vivienda habitual.Pues con los trasteros, lo mismo: alquilas 6 de 10 trasteros del mismo tamaño, pues declaras el rendimiento restando los gastos proporcionales, y por el otro 40% del local, renta imputada.
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