Acceder

Participaciones del usuario Bacalo - Fiscalidad

Bacalo 02/12/24 10:09
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
no tienen intención alguna de devolver el dinero este año, se ha repetido hasta la saciedad. Y veremos qué ocurre el próximo año, ya hay proyecciones de que el déficit será mayor del que están planificando.Basta ver los informes de recaudación de la Agencia Tributaria, hoy ha salido el de octubre, la cantidad devuelta apenas aumenta; https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/datosabiertos/catalogo/hacienda/Informe_mensual_de_Recaudacion_Tributaria.shtml?faqId=46658c1090003710VgnVCM100000dc381e0aRCRD   en global, los ingresos se están desviando a la baja más de lo que tenían presupuestado, principalmente por las sentencias que afectan al impuesto de Sociedades, que a las grandes empresas no les pueden chulear : "La pérdida de ingresos se ha agudizado en este mes coincidiendo con las presentaciones trimestrales de pymes y, sobre todo, por el segundo pago del Impuesto sobre Sociedades. En este último caso hay que recordar que el año pasado estuvo vigente una forma de consolidación de la base en los grupos consolidadosque solo permitía deducir el 50% de las bases negativas de las empresas integradas en dichos grupos. En este ejercicio no está en vigor la medida y sí, en cambio, la recuperación parcial de los importes que no pudieron ser deducidos el año pasado."Para compensarlo, tienen parado entre otros las devoluciones de las mutuas, parece que hay algunas devoluciones anecdóticas (de hecho, lo que hacen es no cerrar el cálculo de las devoluciones, así no lo computan como déficit):Ingresos y devoluciones extraordinarios -Por sentencias (mutualistas, RDL 3/2016 e IRNR)octubre 2024 (miles de millones, total año hasta la fecha): 1.279septiembre 2024: 1.247agosto 2024 ; 1.207
Ir a respuesta
Bacalo 29/11/24 08:27
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
en ese hilo de rankia de tramitación de las devoluciones de las declaraciones presentadas en el año actual, si revisas el de este y los de años anteriores, verás como sistemáticamente se repite el mismo patrón: llega un momento a finales de noviembre, como este año, o durante diciembre, que se produce de golpe un montón de devoluciones.Deben de corresponder a alguna tipología de las declaraciones que tienen paradas por algún motivo -desde luego, uno de ellos es el de los rendimientos de dividendos y depósitos en brokers y bancos extranjeros, porque siempre me pilla a mí; desconozco si hay otras casuísticas-.La "casuística" de las devoluciones pendientes de las mutuas parece que no ha sido "agraciada" y queda pendiente para nuevo ejercicio presupuestario...
Ir a respuesta
Bacalo 28/11/24 10:54
Ha respondido al tema Pensión mínima y venta piso
para el complemento de la pensión de 2025 cuentan los ingresos de 2025, si no va a tener ganancias extraordinarias debería recibir el complemento a mínimos sin problemas, que lo recuerde cuando solicite la pensión.
Ir a respuesta
Bacalo 28/11/24 10:49
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Hacienda acaba de liberar un paquete gordo de devoluciones de las declaraciones pendientes del ejercicio fiscal 2023, a mí, desde que meto rendimientos en el extranjero, siempre toca esperar hasta estas fechas. Otros años han pagado casi con las campanadas de fin de año,  este año se han adelantado un poco.Yo creo que con esto dan por cerrada la caja de Hacienda en 2024,  acaban además de soltar un crédito extraordinario de 10.000 millones para pagar la extra de las pensiones (50.000 millones es el desfase anual entre cotizaciones y pensiones contributivas, y a esto añádele las no contributivas, complementos a mínimos,etc. Pero no pasa nada, tienen 10 euros en el fondo ese de pensiones del que tanto hablan).lo de las mutuas ya veremos cuándo deciden la  Excma. Sra. Dª. María Jesús reanudarlo, todo sea que el año 2025 empiecen a surgir nuevas sentencias gravosas para la Hacienda pública y digan que en 2026. Así poco a poco la van palmando los afectados y a los herederos se les olvida.
Ir a respuesta
Bacalo 27/11/24 09:50
Ha respondido al tema Cambio de índice bursátil ¿Hay que tributar?
a mí me ha ocurrido lo mismo en un par de ocasiones, con cambios de mercado y OPAs que iban renovándose mientras se obtenían las aprobaciones regulatorias,  y entiendo que NO hay alteración patrimonial: no has vendido y comprado explícitamente, tampoco ha habido ninguna operación societaria de fusión, adquisición,escisión,etc.Guarda los justificantes oportunos (extracto de tu cuenta de valores, anuncios de la empresa al regulador o a los accionistas del cambio de mercado donde cotizan...) por si te pidieran justificación desde Hacienda. A mí nunca me pidieron nada.
Ir a respuesta
Bacalo 25/11/24 19:44
Ha respondido al tema Bienes privativos de esposa en Modelo 720
Es lioso porque se mezcla la ley fiscal y el Código Civil.la ley del IRPF dice literalmente:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763 Artículo 11. Individualización de rentas. " Los rendimientos del capital se atribuirán a los contribuyentes que sean titulares de los elementos patrimoniales, bienes o derechos, de que provengan dichos rendimientos según las normas sobre titularidad jurídica aplicables en cada caso y en función de las pruebas aportadas por aquéllos o de las descubiertas por la Administración. En su caso, serán de aplicación las normas sobre titularidad jurídica de los bienes y derechos contenidas en las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio, así como en los preceptos de la legislación civil aplicables en cada caso a las relaciones patrimoniales entre los miembros de la familia. "Por eso te digo que, para un bien privativo, que el titular en este caso es tu cónyuge, se tiene que asignar el 100% de los rendimientos en la declaración de la Renta.Pero esos rendimientos pasan a ser propiedad de ambos, según el Código civil. Por eso a 31 de diciembre, que es cuando se calcula el Patrimonio, serán de ambos y en el impuesto del Patrimonio o el 720 hay que declararlos a medias, y los rendimientos futuros son a medias:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763 Artículo 1347. Son bienes gananciales: 1.° Los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges. 2.° Los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales. 3.° Los adquiridos a título oneroso a costa del caudal común, bien se haga la adquisición para la comunidad, bien para uno solo de los esposos. 
Ir a respuesta
Bacalo 25/11/24 18:12
Ha respondido al tema Bienes privativos de esposa en Modelo 720
cuidado sobre cómo declararlo:1-fondo ganancial: en el 720, ambos cónyuges al 50%. Dividendos, intereses y ganancias cuando se vende, al 50% para el IRPF.2-fondo privativo: solo del cónyuge que es dueño en el 720.  Dividendos, intereses y ganancias cuando se vende, al 100% de este cónyuge en el IRPF. Pero estos dividendos, intereses y ganancias se incorporan al patrimonio ganancial, luego estos se tratarán como el punto 1 desde ese momento y en posteriores declaraciones del IRPF y del 720.
Ir a respuesta
Bacalo 25/11/24 17:22
Ha respondido al tema Bienes privativos de esposa en Modelo 720
al final, como ya has visto, hay 2 alternativas en un momento dado:1-bien privativo de tu mujer. Ya que fue adquirido después del matrimonio, se demuestra el carácter privativo rastreando de dónde salió ese dinero: ahorros que tenía ella sola antes de casarse, una herencia o una donación que recibió y que tal cual invirtió en el fondo. Los intereses que se generan pasan a ser gananciales. El lío está en ir calculando qué porcentaje del fondo y cuenta es de cada uno de cara al IRPF y a Patrimonio (720). Para el 720, tenéis que mirar cada uno si en el fondo hay más de 50.000, si en la cuenta hay más de 50.000, y entonces toca declarar a ambos, poniendo cada uno su porcentaje.2-bien ganancial. Fue adquirido después del matrimonio, si fue hace años, no creo que Hacienda pueda indagar en las cuentas de donde salió el dinero. Entonces 50% de todo para cada uno, en IRPF y 720.Para convertir el bien privativo en ganancial, estrictamente hay que pagar IRPF, como te hemos dicho; es como si tu mujer estuviera vendiéndote la mitad al valor actual.La alternativa para no pagar nada es tirar por la calle de enmedio, empezar a declararlo como ganancial, y si preguntan, dices que lo estabais haciendo mal en el pasado. El problema más gordo con esta alternativa es no tanto que quisieran revisar IRPFs pasados, donde tú declararías más y ella menos, sino con el maldito 720, porque entonces te habría tocado empezar a presentarlo desde el primer momento y podrían multarte ahora por los años no prescritos.
Ir a respuesta
Bacalo 25/11/24 16:18
Ha respondido al tema Bienes privativos de esposa en Modelo 720
ya te comenté que no soy experto en ese tema, pero sí, seguramente en base a ese precepto podáis considerar que si ese fondo fue comprado con dinero (no heredado o recibido en donación) es ganancial.La cuestión es que si no se manifiesta claramente esa voluntad, me parece que luego puede haber ambigüedad en la interpretación de si ese bien sigue siendo privativo,o  si se ha aportado a la sociedad ganancial pero quien lo aporta se reserva el derecho de recuperarlo cuando se disuelve la sociedad (por separación o fallecimiento), o es definitivamente al 50% aun en caso de disolución.... yo creo que ni los tribunales se ponen de acuerdo en estas situaciones cuando no existe un documento legal que describa la aportación.En cualquier caso, de cara a Hacienda y por ser prácticos, si demostráis que os casasteis en la fecha "X" en régimen ganancial, y tiempo después se adquirió el fondo, no creo que vayan a andar mirando mucho más. Lo que tenéis que intentar es que haya una coherencia al declarar ese dinero, ya sea en el IRPF o en el 720: que no aparezca un año al 50%, al año siguiente el 100% uno y el otro cónyuge nada... de hecho con mis padres hubo una situación parecida, la vivienda figuraba comprada antes del matrimonio por mi madre, aunque la pagaban entre los 2, así que cuando años después se alquiló se declaraba al 50%, hasta que interesaba atribuirla por temas fiscales solo a mi madre, entonces empecé a ponérsela al 100% basándome en esos documentos que demostraban fue comprada antes del matrimonio. Hacienda podía haber dado un toque, pero simplemente miraban que se declaraban el 100% de los ingresos entre los 2, no iban más allá.
Ir a respuesta
Bacalo 25/11/24 14:56
Ha respondido al tema Estado Tramitación Renta 2023
cierto, yo he visto que han cambiado el estado de mi declaración a que están de acuerdo en devolver, pero no pone lo de que han emitido ya la transferencia.Hacienda está canina:  están gastando mucho más dinero de lo que pensaban este año - sentencias en las que tienen que devolver miles de millones a empresas por el impuesto de Sociedades, a jubilados de las mutualidades por años anteriores(esta parte la han paralizado desde verano, a mi padre le afecta, no devuelven nada, han dicho que lo dejan para el año que viene). Ya salió publicado que hay un desvío gordo en el déficit, 4-.5000 millones mínimo,  y encima toda la desgracia de las inundaciones de Valencia con el dinero que hay que dedicar a ayudas y reconstrucción.
Ir a respuesta