Bacalo
11/10/24 11:29
Ha respondido al tema Aclaracion sobre la venta de un inmueble y la "posible" perdida patrimonial
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el nuevo valor de referencia del Catastro lleva en vigor un par de años, por tanto no pueden aplicártelo a la adquisición realizada en 2017.El notario habrá consultado el valor de referencia para ver si la venta se ha realizado como mínimo por ese valor, y puede que haya incorporado el documento a la escritura, eso es lo que habrás visto. Por ejemplo, en la familia vendimos una plaza de garaje por una cantidad ligeramente inferior al valor de referencia, para redondear, y el notario le advirtió al comprador que liquidara el ITP por el valor de referencia para evitar una paralela de la Hacienda autonómica.Pero en este caso, la Hacienda autonómica encantada de que se haya vendido por un valor muy superior a ese mínimo, ya que el ITP pagado por el comprador va a ser mayor. Como te dicen, el problema puede estar en que no aceptaran el valor declarado en Sucesiones y que origina la pérdida de cara al IRPF, pero como te he indicado, no está regido por el valor de referencia, que no existía en aquel momento, tendrían que basarse en otro método de valoración, siempre que no haya prescrito y puedan rebatirlo.