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Participaciones del usuario batiscafo - Fondos

batiscafo 28/11/23 18:57
Ha respondido al tema Bonificacion fiscal 40% - Rescatar plan pensiones
 Cuando se reciban prestaciones de diversos planes de pensiones, la reducción prevista en el art. 17.2.c) T.R. de la Ley del I.R.P.F., por aplicación del régimen transitorio de la D.T. duodécima de la Ley 35/2006, podrá aplicarse a todas las cantidades percibidas en forma de capital (pago único) en el ejercicio en el que acaezca la contingencia correspondiente y en los dos ejercicios siguientes, y no solamente en un ejercicio.Copiado de:  Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/08719/2021/00/00Calificación: DoctrinaUnidad resolutoria: TEACFecha de la resolución: 24/10/2022 Lo puedes hacer en distintos años por la resolución del TEAC del año pasado.Un saludo.
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batiscafo 13/03/22 14:06
Ha respondido al tema Fiscalidad de fondos.
Mientas no tengas ganancias no veo sentido aflorar pérdidas ya que corres el peligro de no poder compensarlas.Y  para obtener ganancias/pérdidas, es necesario vender. Si traspasas, no las generas.Un saludo.
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batiscafo 12/03/22 22:34
Ha respondido al tema Fiscalidad de fondos.
Yo diría que lo más importante es que las pérdidas tienen o pueden tener dificultades en compensarse.En cambio las ganancias tributan siempre.Si tienes pérdidas pero no tienes ninguna ganancia en el mismo año o en los cuatro años siguientes, te las comes con patatas.También puedes compensar las pérdidas con los rendimientos positivos de capital mobiliario (cupones de bonos, intereses de depósitos, dividendos de acciones...), hasta un límite del 25% de su saldo. En el mismo año o en los cuatro siguientes.Por tanto deberías mirar en caso de vender con pérdidas, si presumes que vas a tener rendimientos suficientes para poderlas compensar.Un saludo.
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