Vaya..., que como no te han dado la razón reportas, llamas sectarios a los que no están de acuerdo contigo y recriminas a los que no te apoyan.
Tu has dado tu libre opinión a una pregunta que hizo Zappa y según tu has intentado aclarársela. Pero eso no quiere decir que tengas razón o que tengas parte de razón o que hayas aclarado algo. El tiempo es el que quita y da razones.
Un saludo.
Los fondos, tributan como ganancia patrimonial.
Pero las ganancias patrimoniales y los rendimientos de capital mobiliario, tributan y se suman en la misma base: la del ahorro.
Hasta 6.000 euros al 19%.
El resto, mejor lo explica el cuadro siguiente:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas__IRPF_/_INFORMACION/Cuestiones_destacadas/Novedades_Renta_2016/Tipos_y_escalas_de_gravamen_aplicables_a_partir_de_2016/Escala_del_ahorro_a_aplicar_a_partir_del_ejercicio_2016.shtml
Un saludo.
Pues entonces yo creo que no ha hecho bien la petición de compra o ha habido un error dado el tiempo que ha trascurrido.
Que consulte en su oficina.
Un saludo.
No sé tu. Pero yo sigo el control de todos mis fondos y guardando toda la documentación y nunca he detectado ninguna anomalía.
Y si observara algún error, podría demostrarlo.
Un saludo.
Creo que para entender mejor la operación debes de considerar que traspasas un número determinado de participaciones que mantienen el precio de adquisición y la fecha de compra.
Enero de 2017: Compras 100 participaciones a 50 euros. Diciembre 2017: Suben a 70 euros.
Enero 2018: Traspasas 90 participaciones a 70 euros = 6.300 euros.
Con esos 6.300 euros, te darán un número determinado de participaciones del nuevo fondo, con coste de adquisición de 4.500 euros (90 participaciones a 50 euros) y con fecha de adquisición enero de 2017.
Un saludo.
Tributas por la diferencia entre el precio de venta del fondo (150.000 euros) y el precio declarado en el Impuesto de Sucesiones (90.000 euros).
Un saludo.
Si tienes una empresa con la que no consigues los ingresos suficientes para compensar los gastos de la actividad, ¿qué harías? Creo que la respuesta es obvia y no creo que nadie "trabaje" para perder dinero.
La segunda cuestión que planteas, para personas con cierta edad y con una trayectoria importante de cotizaciones, es para los que se han creado los convenios especiales con la Seguridad Social.
Un saludo.