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Participaciones del usuario guillermotell - Subsidios

guillermotell 17/01/25 22:30
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Así es. Lo que plantea el Ministerio de Trabajo es que esta reforma se lleve a cabo a través de un proyecto de ley remitiéndola al Consejo de Ministros para que se tramite de forma urgente, de modo que podrían pasar entre dos y tres meses antes de que lo estudie el Consejo de Ministros. Y después otros tres meses en el mejor de los casos para su tramitación parlamentaria. Esto llevaría con toda probabilidad a que su entrada en vigor, se produzca en el último tercio del año. Si bien, los sectores y las empresas tendrían hasta el último día de 2025 para adecuar sus convenios colectivos a la nueva redacción del Estatuto de los Trabajadores.
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guillermotell 17/01/25 21:16
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Si el convenio está denunciado, se mantendrá su vigencia durante las negociaciones, por lo cual habría que verificar si en tu convenio colectivo se establece un salario mínimo superior al SMI o si la empresa compensa esta subida con otros conceptos salariales. Por otro lado, hay que tener en cuenta que el salario mínimo no es lo mismo que el salario base y, por tanto, el salario base no tiene por qué ser equivalente al SMI actual.
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guillermotell 14/11/24 20:07
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
En el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores se indica que “transcurrido un año desde la denuncia del convenio sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación”.  Pero ¿y si no hubiera Convenio Colectivo superior de aplicación?. En tal caso, y a la espera de unificación de doctrina, se estiman viables tres soluciones. La primera, considerar que la regla aplicable es la misma que la que se prevé para los Convenios Colectivos extraestatutarios. En tal caso, negada la posibilidad de establecer ultraactividad en los mismos, el empresario puede modificar las condiciones de trabajo sin que ello implique una modificación sustancial de dichas condiciones (STS 14 may.13, Ar. 6080). La segunda, entender que se contractualizan las condiciones que figuraban en el Convenio Colectivo de aplicación cuya ultraactividad finaliza. De este modo, aunque el Convenio deje de ser aplicable, sus condiciones forman parte ya del vínculo contractual que une a empresario y trabajador. En tal caso, la intención del empresario de modificar estas condiciones conllevaría la aplicación del art. 41 LET. Y, finalmente, la tercera, estimar aplicable la regulación legal en ausencia.
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guillermotell 13/11/24 21:26
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Sí, sería el VII Convenio, cuya acta de constitución de la mesa de negociación se constituyó el 15 de noviembre de 2022 y creo que el 10 de octubre de este año ha sido la última reunión y aunque parezca increíble a pesar del tiempo transcurrido no aparenta que hubiese avances porque hay rumores de que si ya la patronal presenta habitualmente presenta dificultades, en lo que respecta a la parte que representa a los trabajadores no se encuentra unidos porque existen discrepancias entre los tres sindicatos, que se lanzan frecuentes acusaciones (la típica escusa española cuya táctica consiste en eludir responsabilidades diciendo y tu más, que lo que conlleva es una auténtica irresponsabilidad porque desprotege al trabajador al mostrar desunión simplemente porque mis siglas son mejores que las tuyas).
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guillermotell 13/11/24 20:18
Ha respondido al tema Convenio colectivo de empresa de trabajo temporal (ETT), año 2024?
Transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, éste perderá, salvo pacto en contrario, vigencia, por lo cual no procede actualización salarial. Lo que si puede suceder es que si se acuerda el nuevo convenio, contemple alguna subida salarial con carácter retroactivo (en caso de que así se disponga una clausula al respecto).
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guillermotell 28/08/24 20:34
Ha respondido al tema Alta laboral y cambio de horario porque libro al día siguiente es legal ??? - Baja Laboral
En el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores se menciona que en el caso de cambios en los cuadrantes horarios, el preaviso mínimo será de 5 días. En cuanto al medio utilizado para comunicar el cambio de horario, el Estatuto de los Trabajadores no especifica ninguno en concreto, pero recomienda utilizar un medio escrito, ya que de esta forma se evitan malentendidos y se garantiza que la comunicación ha llegado correctamente, por lo cual whatsapp podría considerarse válido a efectos de aviso si es el medio que utilizan habitualmente.  
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