Eso lo dices tú. Todos ellos pagaban tributo a sultanes y demás jefecillos de la zona para que les permitieran seguir robando y esclavizando a la plebe.Me temo que necesitas actualizarte no sólo en materia tributaria sino también en historia.Mientras tanto, procura no sulfurarte con esa demagogia porque sólo conseguirás amargarte la vida. Las injusticias, si lo que apuntas lo son, no se corrigen así, hay que currar mucho para corregir una sola.P.D. Por cierto, el Ministerio de Igualdad, que tanto te molesta, es muy importante. No es cosa de quitarlo simplemente porque lo digas tú. También habrá que tener en cuenta lo que diga yo y tantos otros.
Esos estatutos no registrados no pueden perjudicar a quienes sean propietarios con posterioridad. Si hubiera tal perjuicio, podrías impugnar el acuerdo.Aclarado eso, si la obra se ha aprobado de conformidad a la ley (que sí es aplicable a todos) no puedes negarte al pago.P.D. Que los estatutos no estén registrados no puede ser excusa para eludir acuerdos de la comunidad.
Hay que ir tomando nota de cara al futuro con lo que sucede actualmente. Resulta que, a la hora de crear las autonomías, todos decían "yo también, yo también" y en cuanto aparece un problema, la culpa es del gobierno central que tenía que haberse hecho cargo. Entonces para qué quería Vd. la autonomía para las mariscadas?, como dije hace días. Y resulta que en eso estaba Mazón, en una mariscada y encima con una enchufada para la TV.Esperemos que sirva de lección. Por ejemplo, cuando se hable de financiación singular en Catalunya, no salga algún irresponsable diciendo "yo también, yo también".Por cierto, recuerdo que cuando la riada en Euskadi (año 1983) se aprobó un recargo en el IRPF de los vascos y nadie protestó ni lo impugnó.Rememorando a una de las trileras habituales: "Que cada palo aguante su vela".
Se están dando muchos casos de mutualistas a los que no les aparecía la reducción en los datos fiscales del IRPF de 2023 y, sin embargo, han empezado a cobrar devoluciones de algún año anterior no prescrito (generalmente han comenzado con 2019), en base a su solicitud.Parece que la vorágine de declaraciones del ejercicio 2023 ha impedido en muchos mutualistas incluir su reducción en sus datos fiscales de 2023. Visto lo que está sucediendo, no hay que darlo por denegado antes de tiempo. Son muchos los mutualistas que han solicitado la devolución mediante el formulario o escrito libre (antes de aparecer el formulario) sin saber a ciencia cierta si sus empresas cotizaron a mutualidades, los listados que han ido apareciendo tampoco lo han aclarado. Así que no hay que darlo por perdido hasta que concluya ese proceso de devolución.
Me da la sensación, por lo poco que he leído del programa, de que el propietario no arrienda al usuario sino que se cede a la Administración durante un plazo (7 años) y se cobra de la Administración.Puede que sea similar al programa que existe hace bastantes años en Euskadi, donde el propietario transmite el usufructo temporal de la vivienda a la Administración, la cual a su vez la arrienda al usuario.
Lo primero sería interesante saber por qué no le valen a Hacienda las facturas que tienes. Si son facturas de notaría, ahora te mandarían un duplicado de las mismas. A ver si es que tu gestoría no se aclara.
Es recomendable no enlazar basura mediática. Bastante hay en las zonas afectadas. Pedazo de sinvergüenzas, a ver si alguien se cree que la ministra tiene un interruptor en casa para activar y desactivar a capricho.