Cualquier opinion siempre es bien recibida gracias.Como tambien dice tripontxi no parece que haya unanimidad en la interpretacion y creo que los fiscalistas tampoco lo tienen claro.Yo tengo dos planes de pensiones de la misma entidad bancaria y queria recuperarlos en dos años consecutivos aplicando la reducccion porque eso me beneficiaria claro pero si despues de hacer la declaracion Hacienda no esta de acuerdo el sablazo seria importante. ¿Habeis hecho alguna vez una consulta vincunlante a AEAT y como se haria?. Yo he ido a una oficina de AEAT y me dicen que ellos no pueden dar opinion sobre la visma.saludos
Agradeceria me informarais docetrece, betis2, etc sobre esta duda, la posibilidad del rescate en el 2025 y la posibilidad de reducir un 40% en el capital aportado (si se ha aportado antes del 2007) y "si se podria hacer solo porque se quiere rescatar el capital " y no por estar en ninguna de las contingencias habituales de paro,etc. y si se podria realizar en dos años consecutivos.Supongo que por una parte habria que poner el capital recuperado en la misma casilla de rendimientos trabajo pero tambien habria que poner en alguna casilla el 40% del capital a reducir. Es asi, en que casilla se pondria o como se haria.gracias de antemano
Esa misma tengo yo. Entiendo que la gestora te ingresara el total del capital y al año siguiente tendras que declararlo en la declaracion renta como ingresos trabajo declarandolo sobre el tramo que te corresponda.Mi duda es si lo recuperas el año 2025 con participaciones compradas antes del 2007 y sin la necesidad de recuperarlo por ninguna de las contigenciones comunes, paro, enfermedad, etc. solamente por querer recuperar el capital tienes derecho a aplicar a esas participaciones el 40% deduccion. En una oficina de la aEAT se podria consultar o haciendo una consulta vinculante (como se haria). gracias
He abierto una cuenta bbva 720 y me indica:" No estás registrado en la funcionalidad PFM. Pulsa sobre el siguiente enlace para activarla automáticamente ". Me podeis indicar que significa. gracias
En el 2025 queria rescatar mi PP con algunas participaciones anteriores 2007 y otras posteriores pero anteriores 2015 . La reduccion del 40% se puede aplicar aunque el rescate no sea por ninguna contingencia solo por tener el dinero? .La reduccion del 40% la aplica la gestora/banco o te dan el total del capital y en la declaracion hay algun apartado que tenga en cuenta esa reduccion.gracias
El rendimiento negativo que se genera solo se puede descontar en el partado rendimiento de trabajo creo que no se puede descontar con otro apartado de la declaracion.
Mi duda es que al no tener ingresos por trabajo esas cotizaciones no se pueden deducir con nada mas solo con ingresos del trabajo.Parece que quedan pendientes de compensar. Mi duda es si los años que no se han podido deducir se pueden compensar en años posteriores si posteriormente hay rendimientos del trabajo o por ejemplo el año que viene que se puden rescatar los planes de pensiones y tributan como trabajo.¿ Se podria compensar solo el ultimo año o los ultimos cuatro si has tenido bases negativas pendientes de compensar? ¿Si es posible compensar lo haria directamente la AEAT y apareceria compensado el borrador que realizan? Gracias