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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1651

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola,
mírate que Jubilación te da el simulador de la Seguridad Social  . Esto es importante , hay esto no suelen fallar  en dar las fechas , en otras cosas puedes fallar
¿Cuando dices que has cotizado 37 y pico años es teniendo en cuenta lo de las cotizaciones en la sombra ?
 Hay varios condicionantes que debes de cumplir , tener los 65 años cumplidos Y haber cotizados eso 38 años y 3 meses ( por eso te vas a Diciembre)  de los cuales esos pueden ser en el peor de los casos 36 años y 3 meses cotizados  mas dos años mas cotizados a la sombra . Estos dos años son como si los hubieses trabajado hasta llegar a los 38 años y tres meses .
Si tienes trabajados y con cotización 37 años y pico el resto hasta los 38 y 3 meses te lo da la cotizaciones a la sombra . 
Yo solo te puedo decir que una srta de Seguridad Social por teléfono un día me dijo lo mismo que a tí y pensé que me habían engañado en los cálculos de mi exempresa. Y lo pasé bastante mal ese día  
#1652

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola compañero. Un trabajo muy buen hecho
Tengo una duda en la interpretación de cuando el Cese es menor al año 2022 (SI)
Que quieres decir con el 1 y el 2 . Ley 2022 y Normativa ley 2021
Podrías aclararme ese rectángulo del SI 
Perdona mi torpeza .
Muchas gracias 
#1653

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No puedo entrar en el simulador pues me dice que mi vida laboral tiene incidencias.
Los 37 años y 8 meses cotizados los cumpliré en mayo del 26 sin necesidad de cotización a la sombra. 
Pero no me he explicado bien. Yo lo que quiero saber es si mi edad oficial de jubilación a los 65 años es el 22 de mayo del 26 o cuando cumpla los 38 años y 3 meses que es el 26 de diciembre del 26. Luego ya me pediré una JAV a los 63 o a los 64 años
#1654

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues ya te respondi
Tienes que tener los 65 años y 38, 3 meses . Las dos cosas son obligadas 
Por lo tanto como te dijo un compi el 26 de  diciembre seria .
Si el simulador no te lo da la fecha pide cita a la Seguridad Social y que te lo digan o ello lo pidan do de sea internamente 
#1655

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Hola. Tu fecha de jubilación ordinaria es el 22 de diciembre de 2026 porque en esa fecha cumples con las dos condiciones necesarias para jubilarte en 2026:  tener 65 años de edad y tener 38 años y 3 meses cotizados. 
Si en 2026 no tuvieras 38a3m, pasarias a 2027 cuyas condiciones son 65a y 38a6m, los 65 ya los tendrias, pero los 38a6m serian a partir de abril ya que en dic. de 2026 no tenias los 38a3m. Cuando se cumplan las dos condiciones.
La tabla de jubilaciones ordinarias es la peor explicada y la que menos gente entiende del INSS.
#1656

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Para jubilarse con 65 años hay que reunir dos requisitos, tenerlos y tener determinadas cotizaciones. Te podrás jubilar una vez que los cumplas, es decir, a partir del 26/12/26.

#1657

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En 2026 se podria jubilar una persona ordinariamente si cumpliera 66a10m aunque no tuviera los 38a6m cotizados. Pero no es tu caso.
En tu caso te puedes acoger a la JAV a partir del 22-12-2024 si estas en alta o asimilado.
#1658

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Está jubilación sería sin penalización. Puedes adelantarla hasta 24 meses, pero te penalizarán.

#1659

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Muchísimas gracias a todos. Por lo que veo todos llegáis a la misma conclusión. Mi edad de jubilación ordinaria sería el 26/12/26. No sabéis lo contento que me dejáis después del disgusto que me dió la chica de la cita telefónica del INSS.
Lo que no entiendo es porque ponen a gente por teléfono para darte información y lo que hacen es confundirte 
#1660

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Insisto y disculpa por ello , ahora estas mas tranquilo y me alegro pero quien te tiene que dar la fecha es la Seguridad Social ,esta es la que vale . Nosotros damos solo nuestra opinion 
Mi recomendación  y que ya te lo he comentado anteriormente es que pidas una cita telefonica y si no te lo saben responder en esa llamada o no estas  conforme con la respuesta telefonica que te den una cita presencial si o si 
Un saludo y ya nos comentas

#1661

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Así lo hice (pedí cita telefónica pero me dijeron que si al cumplir los 65 años, el 22 de mayo de 2026, no tenía cotizados los 38 años y 3 meses, tenía que jubilarme a los 66 y 10 meses).
No me daba la posibilidad de ir hasta el 26 de diciembre del 2026 que entonces si tenía cotizados los 38 años y 3 meses.
En fin tendré como me aconsejas solicitar cita presencial.
De todos modos gracias por haberme contestado 
#1662

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Es absurdo. El requisito es tener 65 años cumplidos, no cumplirlos el mismo día que te quieres jubilar.
#1663

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Así lo interpretaba yo. Pero ya dije que la chica que me atendió no lo tenía del todo claro. Aunque pienso que si no lo tienes claro no digas nada 
#1664

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Repasando el foro he visto un ejemplo clarificador en la página 63 notificación 931 sobre el compañero Jaff61 que se jubila 3 meses y 5 días después de su fecha de nacimiento para poder cumplir con los 38 años de cotización exigidos en 2024. Verdad que es así? Y la respuesta es oficial del INSS. Decirme que os parece por favor
#1665

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

El 1 y 2 del cuadro cuando el cese laboral es anterior al 1 de Enero de 2022, indican el cuadro, apartados de la DT34 y fórmulas al que se asocia cada posibilidad de este apartado de la DT34. 3.
Es decir el 1 esta asociado a la DT34. 2 Párrafo 1 en el que se indica se aplicarán los coeficientes transitorios. 
El 2 se asocia a la DT34. 2 Párrafo 2, que indica que se aplicará la normativa anterior a la entrada en vigor de la DT34 (VER Criterio de Gestión 02/2022).
He tenido que hacerlo así, al no tener espacio para indicar las fórmulas. 
Cada recuadro/rectángulo, como podéis ver, cada uno de ellos indica el artículo que se aplica y la fórmula asociada para el cálculo de la pensión. 
Espero sirva de ayuda para entender la DT y las fórmulas que se asocian a cada situación.