Buenos días. En otro post decías:Pero lo que aportaste en este hilo es: ¿Cómo es la cosa? ¿Que hubo un borrador de factura del 16/10 y la definitiva es de fecha 26/10? En el borrador que aportas no sale el total factura, pero sumando importes, si no me equivoqué, tendría que salir esto, no? ¿Podrías confirmarlo o corregirme? Base Imponible: 354,72 € IVA:.................... 74,49 €TOTAL:............... 429,21 € Y como consentiste en provisionar fondos (te lo pueden pedir, solicitar, pero nunca EXIGIR, quiero decir que no estabas obligado/a a provisionar ni un céntimo), entiendo que además de la provisión de 247,93 € tuviste que pagar lo que faltaba, es decir, otros 181,28 € hasta completar los supuestos 429,21 €.Es que no acabo de ver el tema cantidades en euros, pues en otro post, en otro hilo, decías: ¿Entendemos que los 247,93 los redondeaste a 300? Es que como luego indicas 129,22, con decimales, sin rendondar, pues no acabo de ver el asunto numérico sobre importes en euros. Es que para esto soy muy cuadriculada, disculpa. A ver si pudieras aclarárlo.Más preguntas, antes de que (no podrá ser hoy) te pase enlace a un fichero con mis comentarios personales:1) Fecha de notificación o entrega de la minuta definitiva.2) Medio de notificación (documento adjunto por email, por correo postal, en mano, etc.)3) Fecha de pago de la minuta definitiva (o del borrador si es que la factura que tienes sigue poniendo "Borrador").4) Medio de pago (efectivo, transferencia, tarjeta, etc.)5) En qué Comunidad Autónoma (C.A.) está el notario que autorizó la escritura y en qué C.A. (caso ser distinta) está ese Registro de la Propiedad. ¿Puede ser Andalucía o Baleares?6) ¿Elegiste tú al notario o UNICAJA te recomendó uno y aceptaste la recomendación?7) Entiendo que ya tienes la escritura devuelta tras su inscripción. Te pediría que mires el documento que han anexado, firmado por el registrador/a, que es lo que llamamos "Nota de Despacho" donde se dice que la escritura quedó inscrita, el día de su inscripción, y demás datos de las actualizaciones que, aparte de la cancelación de la hipoteca, se han realizado en tu finca registral. Si pudieras aportarlo, sin datos sensibles, ayudaría y mucho.8) Revisa tu escritura ahora para ver lo que se llaman "DOCUMENTOS UNIDOS". ¿No hay un papel, un certificado, firmado digitalmente por el Registrador/a, indicando al notario que ya practicó asiento de presentación reportando en qué día y a qué hora se practicó y detallando en qué Libro y Diario se practicó dicho asiento de presentación? Es que esto confirmaría que tu notario, sin tener necesidad alguna, habría enviado telemáticamente al Registro una copia autorizada de la escritura en soporte electrónico exigiendo a Registro que practicase el oportuno asiento de presentación.9) Mira también en la escritura, poco antes de que veas la expresión "DOCUMENTOS UNIDOS" si está redactado que el notario dice haber enviado dicha copia al Registro. Tendría que venir... Si lo encuentras, se agradece anticipadamente que pongas en qué terminos exactos viene redactado. 10) ¿En que mes y año te subrogaste en el préstamo? 11) ¿En qué mes y año acabaste de pagarlo a UNICAJA?12) ¿Sigues siendo cliente de UNICAJA?13) Por tratar de averiguar de dónde han salido los 143.317,94 que figuran como BASE en el concepto "TRACTO CANCELACIÓN", me temo que esa cantidad puede ser lo que llamamos la TRH (Total Responsabilidad Hipotecaria), que sería la suma de todos estos conceptos:Localiza estos datos en tu escritura, cuando te subrogaste. También podrían estar en alguna NS (Nota Simple Informativa) previa a la cancelación que tienes que tener a tu alcance pues tuvieron que emitirla cuando te subrogaste y te convertiste así en el nuevo deudor hipotecario o prestatario, ante, por aquel entonces, "Caja Duero" como prestamista o acreedor hipotecario. Puede que no encuentres las cifras detalladas, en cuyo caso tendría que venir la cantidad referida a la "Total Responsabilidad Hipotecaria"14) En NS, la inmediatamente anterior a la que tuvieron que entregarte tras la cancelación de la carga hipotecaria, mira en el apartado "CARGAS" todo lo que había excepto la propia carga hipotecaria, para poder saber si tenías realmente 9 afecciones fiscales que ya estarían caducadas y había que levantarlas o cancelarlas y también lo que se diga respecto a "costes de urbanización". Es que tanto la NS anterior como la escritura de cancelación como la escritura de subrogación tendrán datos que serán relevantes para el análisis.15) ¿Alguna pista sobre la historia de esa finca para intentar analizar el concepto, para mí inédito, llamado "CONSULTA REGISTRO CONCURSAL"? ¿Dijo algo sobre ello en la preceptiva Nota de Despacho que incorporó a la escritura una vez inscrita?Disculpa la catarata de preguntas. Es que con lo que me puedas responder intentaría hilar más fino para cuando te pueda pasar mis comentarios detallados a todos los conceptos e importes facturados. Pero claro, cuidado con el tema plazos para impugnar. Son 15 hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de notificación o entrega de la minuta. Es que si te la notificaron o entregaron el lunes 16/10, entonces hoy, martes 07/11, acaba el plazo para impugnar... Así que esto es vital, urgente, que lo puedas concretar con precisión. Un saludo.