El Coeficiente Intergeneracional 0,60% parece que se aplica en exclusiva a la diferencia entre la Base de cotización total y la correspondiente al SEPE: (1.759,50 x 0,283 x 0,14) + ((1.759,50 - 1.575) x 0,283 x 0,80) = 69,71 + 41,77 = 111,48€ quedaría: (1.759,50 x 0,283 x 0,14) + ((1.759,50 - 1.575) x 0,283 x 0,80)+ ((1.759,50 - 1.575) x 0,006) = 69,71 + 41,77 + 1.11= 112,59€
Buenos días.En el depósito Wizink a 12 meses, ¿los intereses se liquidan cada 90 días como en Facto o trimestralmente de fecha a fecha como en Pibank?.Ejemplo Contratación 01/06/2023:1ª Liquidación trimestral 90 días: 30/08/2023o 1ª Liquidación trimestral de fecha a fecha: 01/09/2023
Perdona, pero no entiendo muy bien el criterio que han aplicado. ¿Te suspenden el subsidio el mes del rescate porque no dividen el valor de la plusvalía, los 1.250 euros que indicas, entre 12 ( 1.250/12= 104,17 euros/mes) sino que consideran como renta el total de la plusvalía (1.250 euros/mes)?. O es que han considerado el valor total del rescate, lógicamente mucho mayor de los 1.250 euros y que aunque lo dividan entre 12 superará el límite de renta (criterio anterior a la sentencia del Supremo). ¿Cómo justificaste el valor de la plusvalía del rescate del Plan de Pensiones? ¿La gestora del Plan te hizo un certificado? Mi mujer rescato el año pasado un Plan de Pensiones y en el certificado solo indica el valor del rescate no de la plusvalía.Otra duda, ¿han considerado el Plan de Pensiones un bien privativo tuyo y te han imputado el total de rescate a ti?
Creo que no es porque el banco tenga transferencias inmediatas sino porque OrangeBank si la emites antes de las 13:00 llega en el mismo día, igual que por ejemplo ING, Myinvestor o Selfbank en sus distintas horas de corte (aunque no siempre se cumple).En el caso de Pibank, tiene transferencias inmediatas pero no transferencias en el mismo día.
Intenta contactar con el INSS y que te informen de primera mano.Yo creo que por la aplicación de las llamada "cotizaciones ficticias o en la sombra" que te indicaba antes le bastaría con tener ya cotizados 35 años y 9 meses.Si consigues la información te agradecería la reportaras para salir de dudas, ya que está información solo tengo la referencia de web especializadas.
Hasta donde yo conozco:Los planes de pensiones tributan en su totalidad como rendimientos del trabajo una vez que son rescatados, por tanto no influyen las plusvalías o minusvalías producidas.A efectos fiscales solo son importantes la distinción entre los derechos consolidados de aportaciones anteriores y posteriores a 31/12/2006, por su diferente trato fiscal, siendo este el elemento de información más relevante en el traspaso de planes.Con el cambio de normativa que hubo hace unos años, a partir de 2015 si es necesario conocer las fechas de las distintas aportaciones ya que se supone a a partir de 2025 se podrán reembolsar libremente las participaciones con antigüedad superior a 10 años, si bien su tributación será siempre como rendimientos del trabajo. Así, desde 1 de enero de 2016 las entidades de origen están obligadas a informar a las de destino de la fecha y la cuantía de cada una de las aportaciones de las que deriven los derechos objeto de traspaso. No obstante, respecto de las aportaciones realizadas con anterioridad a 1 de enero de 2016 es suficiente informar del importe del derecho consolidado traspasado derivado de las mismas (distinguiendo, en su caso, la parte correspondiente a aportaciones anteriores a 1 de enero de 2007).
Me dejas con la duda.Siempre había entendido que en el caso de la jubilación anticipada se considerará como edad legal de jubilación la que le hubiera correspondido al trabajador de haber seguido cotizando durante el plazo comprendido entre la fecha del hecho causante y el cumplimiento de la edad legal de jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 205.1.a)., para este año los 37 años y 9 meses cotizados para poder jubilarse a los 65 años.Por tanto al cumplir los 63 años le bastaría con tener ya cotizados 35 años y 9 meses.
Una duda, ¿en tu caso la cuantía de la herencia sobrepasaba el límite mensual de renta? o ¿te han sancionado sin importar la cuantía, tan sólo por no comunicar que has tenido una herencia?.