Ha respondido al tema
Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
Pues entonces no hay suspensión en el momento de la venta.
franjgr24/02/25 17:37
Ha respondido al tema
Cobro subsidio de los 52 años
Ni los de fuera tampoco
franjgr24/02/25 15:20
Ha respondido al tema
Cobro subsidio de los 52 años
Hay quien piensa que deben contar, hay quien piensa que no deben contar, hay quien piensa que es un absurdo contarlo porque es un dinero que varía incluso bruscamente a lo largo del mes, hay provincias que lo tienen en cuenta hay otras que no lo tienen en cuenta. Las instrucciones del SEPE no hace mención al tema, la Ley general de la seguridad social habla del patrimonio en general. Total que puede pasar cualquier cosa
franjgr18/02/25 17:30
Ha respondido al tema
Cobro subsidio de los 52 años
Para cobrar el subsidio para mayores de 52 años sólo se tienen en cuenta los ingresos del solicitante y no los del resto de la familia. Esos ingresos no pueden superar el 75% del SMI (888 euros en 2025).Aquel patrimonio que no tenga rendimiento explicito tendrá un rendimiento presunto del 3,25% anual.Los fondos de inversión que tengan dividendos tienen ese ingreso, lo debe mensualizar para saber lo que corresponde a cada mes, los que no tengan dividendos deberá aplicar el 3,25% de su valor y mensualizarlo. Lo mismo el plan de jubilación, no así el de pensiones que está exento hasta su rescate.Olvide las cuentas corrientes salvo que el SEPE le reclame los extractos, sobre esto hay mucha discrepancia y no debe ser usted el que les de pie a que las tengan en cuenta.La vivienda de la que es cotitular con sus hermanos, si el usufructo es de su padre no afecta en nada ya que no tiene capacidad de usar esa vivienda, no se tiene en cuenta.Haga los cálculos con estas premisas, especialmente los rendimientos presuntos de los productos que tiene contratados y si no supera los 888 euros al mes, podrá cobrar el subsidio.
franjgr18/02/25 17:18
Ha respondido al tema
Declaración anual de rentas de subsidio mayores 52 años
¿Ha hecho la Declaración Anual de Rentas?La DAR es sólo una declaración, no una solicitud, por lo tanto no debe haber respuesta ninguna salvo que declarara (o el SEPE encontrara) ingresos superiores a los límites.Guarde el justificante una temporada por si hay algún problema y listo.
franjgr17/02/25 15:28
Ha respondido al tema
Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
No sé queda igual, si lo vende por más valor del que tenía cuando heredó, tiene una ganancia patrimonial.Son dos ganancias patrimoniales diferentes y podría haber doble suspensión. Pero ahora solo deben contarle la plusvalía y no todo el valor de venta.
franjgr14/02/25 12:21
Ha respondido al tema
Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
Si cobra el subsidio por cargas familiares loss ingresos de la familia influyen.Para cobrar este subsidio, los ingresos de la familia no pueden superar los 888 euros por persona.Según el importe que herede y el tipo de patrimonio (si el subsidio es anterior al 01/11/2024 no influye las propiedades heredadas, solo los valores líquidos) puede que le suspendan el subsidio un mes y se podrá reanudar una vez pasado el mes.Divida el importe de capital heredado entre 12, sume el resto de ingresos de la familia y dividalo entre el número de miembros de la familia, si supera 888 hay que suspender el subsidio un mes.
franjgr11/02/25 22:44
Ha respondido al tema
Subsidio agrario mayores de 52 años. Microcréditos
Los préstamos no son rentas ni cuando se contratan ni cuando se devuelven.Es un dinero que no va a su patrimonio porque al mismo tiempo genera una deuda por el mismo importe (y un poco más).
franjgr29/01/25 12:23
Ha respondido al tema
Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52
¿Cuando le reconocieron el subsidio?En subsidios anteriores al 01/11/2024 se puede compatibilizar si el contrato es a tiempo parcial y no se tienen ingresos superiores a 850,50 euros al mes (sumando el bruto del salario), hay que solicitarlo y le descuentan el % de jornada trabajada, sin limite de tiempo. Fijo discontinuo o no, no tiene relevancia.Si el subsidio es posterior al 01/11/2024, la compatibilidad es obligatoria salvo que haya trabajado en esa empresa en el año anterior, tampoco importa si el contrato es de fijo discontinuo o no. Se paga un porcentaje del IPREM que depende del trimestre que este de subsidio y el % del contrato, no se considera renta el importe del salario y máximo se puede cobrar 180 días.
franjgr27/01/25 22:39
Ha respondido al tema
Recurso por denegacion de subsidio mayor de 52
No existe el recurso de alzada en materia laboral, es un recurso en materia administrativa. Se puede reclamar evidentemente, pero es una reclamación previa a la vía judicial.