Estar afiliado a seguridad social y estar de alta en seguridad social son dos conceptos diferentes.Afiliados estamos todos, de alta solo los que trabajan o cobran el paro.El que cobra subsidio tiene un alta en seguridad social que cuenta solo a efectos sanitarios.No me sé la letra de esta ayuda, por lo que no sé si vale con ese alta del subsidio.
Si en la nómina de marzo no supera los 3000 euros y cumple el resto de requisitos, se la darán.Sin perjuicio de que el mes que se supere esa renta deberá comunicarlo para proceder a la suspensión de la RAI y volver a solicitar la reanudación cuando la nómina este por debajo de esos 3000 euros
750 euros pero por cuatro personas que sois en la familia, o sea 3000 euros.Se deben mirar los ingresos del mes anterior a la solicitud y por su importe bruto salvo que sean de actividades económicas (autónomos)
Cierto Stringer, olvidaba ese detalle.Aunque, me parecería raro que dejarán compatibilizarlo con un trabajo sin alta en autónomos ya que es requisito para cualquier otra compatibilidd
Si realiza una actividad por cuenta propia la RAI (no es un subsidio) se suspende y si está 6 meses suspendida por esta causa se produce la extinción de la misma.Si los datos se declaran a hacienda, el SEPE lo sabrá en cuanto haya declaración de renta.
La nómina, obligatoriamente, debe incluir el importe bruto, la prorrata de pagas extras y las bases de cotización, sino es así es algo a reclamar a la empresa y en caso de llevarlo a inspección de trabajo les puede caer una buena multa.Para el subsidio, el SEPE mirará el importe bruto, incluyendo la prorrata de pagas extras, lo que en el 99% de los casos es la base de cotización por contingencias profesionales, en la que se incluyen, claro está las horas extras. El límite para 5 personas es actualmente de 3750 euros, por lo que si el neto es 2000, veo complicado que superen el límite.
Si claro, a eso me refería en el mensaje anterior.Siempre que los ingresos de la familia no superen 723,75 € por persona (anunciado 750€ por persona, pero aún no publicado en el BOE)
Si en el momento de cumplir el mes de espera no se cumplen los requisitos para el subsidio, por no tener personas a cargo, tener rentas propias o que la unidad familiar tenga rentas, se puede pedir el subsidio en los 12 meses siguientes si la situación cambia
Debe realizar un mes de espera desde que terminó la prestación. Ese mes de espera ya está cumplido antes de empezar el trabajo por lo que cuenta.A partir de ahí tiene un plazo de 15 días para solicitar el subsidio, ese plazo de 15 días se ve interrumpido por el trabajo pero no se reinicia. Tendría tantos días de plazo para solicitar el subsidio como los que quedaban antes de empezar a trabajar.Haciendo la cuenta por encima, ya estaría fuera de plazo
Sin problema, mientras no esté cinco años como autónomo.Incluso si antes de solicitarlo (durante el mes de espera) se pone como autónomo, podrá solicitar el subsidio con la baja de autónomos simplemente con cumplir el resto del mes de espera.