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franjgr 22/11/24 16:15
Ha respondido al tema Subsido mayores 52 y pluscalias/minusvalias inversiones - Subsidio
 Y entraríamos en otra cuestión lamentablemente..., porque si esto es así tal así, una persona que tenga recurrentes ingresos por ejemplo 4 en un año y cuando se realiza la división por 12, es posible que de forma individual en ese momento no supera el 75% del SMI, pero, cuando se realiza la Declaración de rentas, en su cómputo total de ingresos, puede superar el 75% de SMI. En pagos únicos, y el SEPE debe saber que las ganancias patrimoniales son pagos únicos, el organismo debe investigar en que fechas se han producido para ver si es causa de suspensión y cuando, no debe dividir entre 12 meses e imputar cada parte a un mes. Por lo tanto no importa el total en la declaración de renta sino en cada mes.Pero eso sí, el organismo se reserva el derecho a cambiar de criterio y considerarlo rentas periódicas si ve que se repiten con asiduidad. Esto último no tiene un criterio claro y no hay base jurídica así que el SEPE sólo lo hará en casos flagrantes para evitar que se lo tumben en los tribunales.
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franjgr 21/11/24 23:18
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si yo me encuentro en una situación así, a la hora de hacer la declaración de renta, declaro lo que efectivamente debí haber cobrado, es una declaración nos hacemos responsables de lo que pone en ese documento y no hay porque confirmar los datos fiscales si son erroneos.En caso de que hacienda revise la declaración y pida documentación lo hará cuando ya esté todo devuelto al IMV y haya nuevos datos fiscales.De lo contrario, a lo largo del año debería hacer una declaración de renta complementaria para arreglarlo, cuando el INSS le reclame lo cobrado de más.Y esa declaración de renta mal hecha le puede suponer problemas con otros organismos como el SEPE, aunque si lo percibido por el IMV más otros ingresos, no supera 850,50 euros al mes tampoco existirá este problema.Si no se lo llegan a reclamar, algo improbable, con el SEPE no tendrá problemas al no superar los 850,50 euros mensuales, con hacienda deberá ajustar tema de impuestos y probablemente pagar más y al año siguiente tendría una reducción del IMV al haber tenido más ingresos en la declaración de renta (y ahí deberían darse cuenta de lo que ha pasado si no se dan cuenta antes).Los 5500 euros de mínimo personal nos salen a todos, cobremos el IMV o tengamos 1.000.000 de euros de ingreso, es la cantidad que para hacienda no paga impuestos en cualquier caso.
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franjgr 21/11/24 17:09
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
Si ese dinero lo va a tener que devolver ya no es un atraso sino una cantidad pagada incorrectamente que no se imputa a ningún mes.Si supera rentas el mes anterior al reconocimiento del subsidio, ese subsidio estaría mal reconocido, se lo revocarían y obligarían a devolver todo lo cobrado.Pero es algo improbable tratándose del IMV, puesto que la cantidad cobrada es de toda la familia, no sólo de un titular y por lo tanto debe dividirse entre el número de miembros de la familia. Sí una sola persona cobra 850,50 euros del IMV es que el INSS ha metido la pata de forma muy gorda.
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franjgr 21/11/24 17:00
Ha respondido al tema Subsido mayores 52 y pluscalias/minusvalias inversiones - Subsidio
Ahí tiene la respuesta a la pregunta fundamental: Si obtienes ingresos que puedan suponer rebasar el límite individual exigido a las personas beneficiarias de subsidio por desempleo, es decir, el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias Por exclusión, en el caso de no rebasar el límite, no hay obligación de declararlo.En la venta de cualquier propiedad (las acciones lo son) la plusvalía se divide entre 12 y el cociente se imputa sólo al mes de venta y no a ningún otro mes. Es así por el tratamiento que el RD 625/1985 da a lo que denomina pagos únicos.Para tener toda la información, lo mejor sería leerse la instrucción de rentas del SEPEhttps://www.sepe.es/SiteSepe/contenidos/personas/prestaciones/pdf/Instruccion_de_rentas.pdfTambién podría leerse la Ley General de la Seguridad Social y el citado RD 625/1985, pero le dejarían muchísimas más dudas.
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franjgr 19/11/24 12:48
Ha respondido al tema Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
El SEPE tampoco tiene forma de enterarse que existen esos pagos.Interpretelo como un préstamo, si pide dinero prestado al banco tampoco debe avisar porque es un dinero que no es suyo. Aquí la única diferencia es que al final, se entrega una propiedad en lugar de devolver el préstamo, ahí es cuando pasa a ser suyo.
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franjgr 18/11/24 22:57
Ha respondido al tema ¿Cuánto tiempo suelen tardar en dar resolución?...
Podría ser que le den la respuesta al instante, podría ser que tardara 10 días, podría ser que tardara 15-20 días si el SEPE debe pedir informe al INSS, podría ser que tardara dos meses en las provincias más saturadas y con menos personal, podría tardar años si el informe de la Seguridad Social incluye información de otros países... En eso hay mucho variedad.Desde el 01 de noviembre con el cambio de Ley y de programa del SEPE todos estos plazos se están alargando, por lo que es más complicado hacer una predicción.
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