harko
09/03/16 22:19
Ha respondido al tema ¿Tiene derecho Hacienda a hacer esto?
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Pues ahora parece que se entiende algo.
En un primer momento, la AEAT inicia mediante requerimiento un procedimiento de comprobación limitada, tras contestar con la documentación aportada prosigue con la propuesta de liquidación que has recibido, entendiendo que la documentación aportada no justifica la no declaración de la subvención percibida por la Comunidad. Durante el plazo del trámite de audiencia, puedes alegar y aportar la documentación que estimes conveniente en defensa de tus intereses.
Tal vez como indica Cachilipox te estén atribuyendo la totalidad de la renta (responsabilidad SOLIDARIA), pero entiendo que en ese caso, la propuesta recibida debería estar suficientemente motivada en ese sentido y no parece por el copia pega que haces que en los motivos que originan la propuesta se haga mención a esto. Tal vez tus alegaciones deberían ir en el sentido de que la AEAT, únicamente considere que la subvención te es atribuible en la participación que te corresponda en la Comunidad. Para ello, sería conveniente, por ejemplo, obtener del presidente de la Comunidad algún tipo de certificación de la relación de los propietarios a la fecha de recibo de la subvención y el porcentaje de participación en la misma de todos ellos y que solicites que te sea atribuida únicamente tu porcentaje, o cualquier elemento de prueba similar, en estas alegaciones también podrías solicitar, al amparo del artículo 108.4 de la Ley General Tributaria, a que la Administración Tributaria inste el contraste de los datos que se te imputan alegando inexactitud de los mismos; con el objeto de que la subvención sea repartida entre todos los beneficiarios de forma proporcional.
Saludos.