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Participaciones del usuario Kirsten - Hipotecas

Kirsten 28/01/19 18:15
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Esta es la situación ahora mismo. A ver qué me responde el Colegio. Si es que me vuelve a responder..... En la nota simple figura la descripción de mi casa: los lindes, los m2 y todo eso. Lo único que no coincide con el Catastro, es el número de las dos fincas. No sé si además tiene que figurar en el Registro una descripción gráfica de las fincas. En fin, no creo que escaparé de la coordinación catastral. Tampoco me parece mal, ni mucho menos, que se quieren poner de acuerdo el Registro y el Catastro, pero no a 24,04 euros la finca. Ni tanto ni tan poco.....
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Kirsten 28/01/19 18:03
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Gracias, Ainhoa. Eres un sol. Todo el tema es un agobio, pienso yo. Pero bueno, es lo que toca. Varias veces he enviado unas consultas al Colegio de Registradores que me han contestado fielmente. Esta ha sido la consulta con respecto a la dichosa "coordinación catastral": "Nuevamente me veo con una duda y considero conveniente pedirles a ustedes su opinión. Resulta que he hecho la cancelación anticipada de mi hipoteca. Yo misma estoy intentando llevar a cabo el proceso y ya tengo la escritura notarial de cancelación. Queda por lo tanto el último paso: la inscripción en el Registro de la Propiedad, y en este contexto quisiera hacerles la siguiente consulta: Mi casa y mi plaza de garaje figuran desde hace 9 años en el Registro. En la nota simple figura la descripción de las fincas: los m2, los lindes, el acceso, etc. Lo único es que el Catastro tiene UN número para las fincas, y el Registro OTRO, y de ahí se me mete otro concepto más en la minuta: la de "Coordinación Catastral", que no me parece mal en sí, pero que sí me parece exagerado cobrar a 24,04 euros por finca. Otro dato a tomar en consideración es que parece ser que no existe arancel relacionado con este concepto. Mi consulta es por lo tanto esta: 1) ¿En qué lugar figura un arancel relacionado con la "coordinación catastral para que les pueda salir esa cifra de 24,04 euros/finca que es el mínimo a pagar a la hora de inscribir p.ej. un préstamo lo cual no guarda relación con dicha coordinación? 2) ¿Es una cosa voluntaria y de libre elección si uno quiere que el Registro haga la coordinación catastral? He preguntado en el Registro que me ha hecho la minuta, pero sinceramente no entiendo su explicación. Para mi resulta evidente: si para un concepto no hay arancel, no se puede minutar.  Sin otro particular les envío un cordial saludo, y me quedo a la espera de sus noticias dándoles las gracias por adelantado." Y ME RESPONDEN: "En relación a su consulta, debemos referirle que este servicio carece de competencias para la determinación de los aranceles derivados de la práctica de actuaciones en los Registros, habida cuenta que para poder realizar un adecuado cálculo de los derechos arancelarios es necesario tener acceso a la hoja registral de la finca y al documento presentado a inscripción. A la vista de los datos por Vd. aportados, no tenemos datos suficientes para determinar qué tipo de operaciones se han realizados en este caso concreto, ahora bien, ha de tener en cuenta que a raíz de la promulgación de la Ley 13/15, de reforma de la Ley Hipotecaria, los Registradores han de realizar una serie de operaciones adicionales a la hora de practicar inscripciones en el Registro de la Propiedad. Esta modificación exige especificar en la inscripción si se ha aportado la referencia catastral junto a la documentación presentada a  inscripción. Si se aporta el Registrador/ a deberá hacerlo constar por inscripción dicha circunstancia, minutando por dicho concepto a través del número  2.1 del Real Decreto 1427/89, de 17 de noviembre, que regula el arancel de los Registradores, minutando eso sí por el mínimo arancelario. No obstante, tal y como le hemos indicado al principio de este correo este servicio carece de competencia en materia arancelaria y de datos objetivos que permitan determinar si se trata de dicho supuesto o por el contrario, de otra actuación registral. Solicita cita con el Registrador/a, que le aclaren qué operación han realizado y cómo se ha minutado. No tenemos claro si se trata de la coordinación o de la aportación de referencia catastral. Si finalmente no estuviera conforme, con la actuación registral, siempre podrá impugnar la minuta siguiendo las indicaciones señaladas a pie de la misma." Y YO VUELVO A LO MÍO YA QUE, SI LO PUEDO EVITAR, NO PIENSO PAGAR PARA LUEGO RECLAMAR SINO PAGAR YA CON UNA MINUTA CORRECTA: "Gracias por su respuesta.  Entiendo que yo debería haberles enviado la respuesta completa del Registro por lo que adjunto el archivo correspondiente. El día que fui a recoger la respuesta escrita, la registradora me explicó un poco por encima dicha respuesta, pero me perdí y lo mismo ocurre cuando intento comprender lo escrito.  Espero que no le parezca que estoy abusando de su paciencia, pero le agradecería infinitamente si ustedes pudiera evaluar la respuesta para luego aclarar mis dudas expuestas en mi correo anterior: 1) ¿En qué lugar figura un arancel relacionado con la "coordinación catastral" para que les pueda salir esa cifra de 24,04 euros/finca que es el mínimo a pagar a la hora de inscribir p.ej. un préstamo lo cual no guarda relación con dicha coordinación? 2) ¿Es una cosa voluntaria y de libre elección si uno quiere que el Registro haga la coordinación catastral? He preguntado en el Registro que me ha hecho la minuta, pero sinceramente no entiendo su explicación. Para mi resulta evidente: si para un concepto no hay arancel, no se puede minutar.  Mi casa es un dúplex adosado, comprado por planos en 2008, bajo régimen de propiedad horizontal, y figura en el Registro desde 2009. Igual esta información ni siquiera hace falta; no lo sé.  Sin otro particular, les doy las gracias por adelantado y me quedo a la espera de sus noticias." Y ADJUNTO EL RECORTE NECESARIO:
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Kirsten 28/01/19 09:43
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Muchas gracias por tu respuesta, Ainhoa. Miraré a ver si por casualidad puede haber alguna norma del catastro de esta provincia que obliga a meter la "coordinación catastral". Ni sé si existe el concepto de "catastro de la provincia", pero es el último detalle que tendría que asegurarme. Gracias nuevamente.
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Kirsten 27/01/19 22:43
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Karloz: Gracias por esta publicación. Muy interesante y ojalá que lleguemos a hacer frente común contra estos abusos. Yo, sin ir más lejos, quisiera inscribir la cancelación de mi hipoteca, pero por lo menos ahora mismo no puedo pagar los cerca de 300 euros que me está pidiendo el Registro. Espero que no te parezca un abuso, pero quisiera hacerte una sola consulta: Suponiendo que el Registro, en una cancelación de hipoteca, tiene que aplicar el 2.1.g, ¿este arancel valdría en tal caso también para las cancelaciones donde el prestatario empezó con UN banco (p.ej. Barclays) y terminó con otro (p.ej. Caixa), es decir, en el camino hubo una absorción entre dos bancos? Gracias por adelantado.
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Kirsten 27/01/19 18:33
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Buenas tardes. ¿Soy la única que ha tenido la mala suerte de ver el punto de "Coordinación catastral" en la minuta del Registro? Si hay más usuarios que se han visto en la misma situación, me gustaría saber cómo han procedido con respecto a ese punto. Gracias.
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Kirsten 23/01/19 23:38
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Aquí algo sobre "La colaboración del Catastro y el Registro de la Propiedad. Precedentes y nuevo Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario," http://www.catastro.meh.es/documentos/publicaciones/ct/ct54/04-CATASTRO_54.pdf Y luego un texto más ameno: http://www.catastro.minhap.gob.es/esp/CoordinacionCatastroRegistro.asp
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Kirsten 23/01/19 18:04
Ha respondido al tema Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Vaya palo que me acabo de llevar. La respuesta del Registro a mi protesta ante su elevado presupuesto ha sido una reducción de ..... ¡¡3 euros!! quedando la factura en 274 euros en vez de 277 euros. Este fue mi escrito: Y esta ha sido la respuesta que recogí hoy mismo: No entiendo lo que me están diciendo. ¿Cómo que rige el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos en Canarias? ¿No era que en Andalucía y en Canarias no entraba ese tema? Y la explicación que me da para justificar la Coordinacion Catastral en la minuta, tampoco la entiendo. En la nota simple está descrita a la perfección mi vivienda, y sé que en el Catastro también ya que hace unos años tuve faena con ellos, así que no entiendo ni pipa de todo esto. ¿Alguien me podría ayudar a desenredar esto, por favor?
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Kirsten 22/01/19 23:09
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Pienso que lo que debería decisivo en este contexto es que sea un ciudadano quien cancela su hipoteca, como es el caso mío. Todo lo demás debería quedar en segundo plano. En fin, gracias por responder, Ainhoa. 
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Kirsten 22/01/19 21:29
Ha respondido al tema Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
Ainhoa, con respecto a lo que comentas en tu mensaje no. 212: "Es que en tu caso, Kirsten, sí que podrían defender notarios y registradores que te deben aplicar los aranceles según Ley 8/2012 puesto que el banco que te concedió el préstamo (Barclays) no fue el mismo banco al que acabaste pagando ese préstamo (Caixabank) dado que hubo de por medio, en 2015, una fusión por absorción.", digo que, a mi entender, Barclays no fue absorto por Caixa. Barclays sigue existiendo. Tampoco tuve que liquidar nada en aquel momento. Es que simplemente nos pasaron a la Caixa sin más ni más, ni nos preguntaron ni nada. ¿Aún así, tenemos que aceptar que estos malabarismos bancarios nos lleguen a perjudicar económicamente? Es increíble.
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