mivisa
25/03/25 11:07
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Según el sitio web de la Agencia Tributaria, los intereses de demora en la devolución de ingresos indebidos derivados de la rectificación de autoliquidaciones están regulados en la Ley General Tributaria (LGT) y en la normativa de desarrollo correspondiente. Normativa aplicable: Artículo 32 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT)Establece que si la Administración devuelve un ingreso indebido, debe abonar intereses de demora desde la fecha en la que se realizó el ingreso hasta la fecha de su devolución, sin necesidad de que el contribuyente lo solicite.El tipo de interés de demora es el fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.Artículo 31 de la LGTRegula el derecho a la devolución de ingresos indebidos cuando se demuestra que el contribuyente ha pagado un importe superior al que legalmente le correspondía.Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo (Reglamento de Revisión en Vía Administrativa)En su artículo 14, desarrolla el procedimiento de devolución de ingresos indebidos y confirma que la Administración debe abonar intereses de demora desde la fecha del ingreso indebido.En el caso específico de aportaciones a mutualidades, si tras la rectificación de autoliquidaciones de ejercicios no prescritos se reconoce un ingreso indebido, la Agencia Tributaria debería abonar intereses de demora conforme a la normativa mencionada. Para más detalles o casos concretos, puedes consultar la normativa en la sede electrónica de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es o acudir a un asesor fiscal.