Buenas noches,
Te respondo en orden
1/¿Cuantos días se tarda en abrir cuenta y tenerla operativa?
Uno o dos días, yo la tuve operativa al día siguiente.
2/ por lo que entiendo, si tengo un depósito, estaría exenta de comisiones
Exactamente
3/permite cancelación anticipada y parcial, es decir, ca celar parte del depósito y no la totalidad.
Sí total y parcial
4/En caso de cancelación anticipada, habría que devolver los intereses cobrados+ las retenciones correspondientes.
Si, como paga intereses trimestralmente, tendrás que devolver los intereses cobrados correspondientes a la cancelación y la retención que ya te habrán practicado e ingresado en hacienda a tu nombre.
Entiendo que esas retenciones se recuperan al hacer la declaración de la renta.
Si claro,
Pero qué ocurre si se cancela una vez ya se ha hecho la declaración de la renta y tienes que devolver los intereses que cobraste en aquel año que ya presentaste la declaración?
Si te refieres a la retención no pasa nada, los devuelves, al fin y al cabo, tu ese dinero “lo has cobrado ya” lo han ingresado a tu nombre en hacienda, no creo que se reflejen los intereses que cobraste y tuviste que devolver, si así fuera yo lo metería como gastos y ya está,
¿Al año siguiente se podría reflejar que en la declaración de la renta anterior al final cobraste menos intereses?
Yo creo que en la declaración no te aparecerán los intereses, solo la retención, pero no estoy seguro, si te aparecieran los meterías en “gastos” y problema resuelto, pero lo que hay que ver es el certificado de retenciones que te enviará el banco. De todos modos, se trataría más de hacer una complementaria creo yo, pero no tengo certeza.