En el Registro saben, per-fec-ta-men-te, que por fusiones o absorciones la minuta debe ser girada/emitida a nombre de la entidad bancaria, con su IGIC y también su IRPF. En este hilo ya viste, o verás, que hasta el Supremo dice que no se puede girar al prestatario por este concepto; otra cosa es que el Registro se empeñe en querer cobrar al ciudadano una minuta no emitida a su nombre. ¿Crees sinceramente que puedes estar en algún "fichero de morosos" por no pagar una factura que no fue emitida ni a tu nombre ni aparece tu NIF en ella? Si fueran por la vía de apremio para reclamarte esa minuta por fusiones bancarias, tienen todas las de perder en los juzgados. Ningún juez te va a decir que eres el obligado al pago por una factura cuyo sujeto pasivo es una entidad financiera. Pero ya es cosa tuya, que respeto absolutamente, hasta dónde quieras ceder. Saludos
#617
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Hola de nuevo, antes que nada muchísimas gracias por el análisis de la minuta. Te comento, me han llamado del registro y me han dicho que además de quitarme de la minuta lo de la fusión y eso del 50%, que son 88,64 euros, lo hacen en factura a parte pero ellos se encargan de cobrarlo al banco, es decir de ese tema yo ya no tengo que hacer nada, quedo exento de responsabilidad. En total se quedaría 116 euros con algo. Por una parte es una buena noticia, pero por tus comentarios veo que todavía me cobran de más.
Te explico: sobre el FLEI encontré lo mismo que tu, pero no lo entiendo, y además la doble consulta. Tengo que aclararlo cuando vaya de nuevo, haciendo memoria creo que el oficial me dijo algo de corroborar la firma del apoderado o algo así. No sé si tiene algo que ver con algo relacionado con VPO, la vivienda está en proceso de descalificación por este concepto, por antigüedad. Pero esto se hace a través de un organismo autonómico. El constructor cobró en su día alguna ayuda. Ni idea. Tengo que aclararlo, esto son 30 euros.
Tengo una nota simple, que usé para el certificado cero del banco y menciona: afecciones caducadas pendientes de cancelar al margen de las inscripciones cuarta, quinta, sexta y séptima. Por lo que esto parece correcto.
Con respecto a la cancelación de la hipoteca, confirmar que el préstamo con garantía hipotecaria, es el que es, el principal es de 48080,97, así que también tengo que aclarar lo de la base (hay una diferencia de unos 21 euros) con el mínimo de 24 aplicando el 90%. Haciendo una regla de tres, obtengo que la base que aplican es el 60% del principal. Hay una referencia en el punto 2.2 del RD 1427/1989, sobre los aranceles que menciona los prestamos con garantía hipotecaria y un 75% de reducción, no sé si esto tendrá que ver. Ni idea. Tengo que aclararlo y por último lo de la nota de afección fiscal .
A ver que me dicen, en cuanto tenga más datos comento. Gracias nuevamente. Saludos.
#618
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
De nada, Miguel9. ¡Qué buena noticia la supresión de las fusiones bancarias en tu minuta! Me alegro mucho. En tu último post has añadido nuevos datos (respecto al FLEI) y has sacado una conclusión muy, pero que muy oportuna (respecto al 60%), de modo que he creado nuevo documento que aborda estos 2 temas; ampliando el primero de ellos y reinterpretando -respecto a mis comentarios iniciales- el segundo de ellos. El nuevo documento, por si quieres echarle un vistazo y de algo te sirve:
Que haya sido, o siga siendo de momento, una VPO en nada afecta a los honorarios registrales por cancelar una hipoteca cuyo principal pendiente de amortizar para el registro era y es inferior a 60.101,25 euros, pues el mínimo de 24,040484 € (el que a ti te corresponde) lo tiene garantizado el registrador en todo caso.
Tampoco influye para nada que el constructor o promotora se haya beneficiado en su día de las ayudas o subvenciones (ya sean estatales, autonómicas o locales) que le hubieran podido corresponder.
Por la nota simple que posees, efectivamente parece que había 4 afecciones fiscales cadudadas que, de oficio, era preciso cancelar y cobrar por cada una de ellas en base al arancel 3.3
En fin, lo más "problemático" (tema fusiones bancarias) parece que motu proprio el Registro tiene a bien suprimirte ese importe para exigirle su pago a CaixaBank, y en las otros 2 conceptos de mayor importe tendrás todas las de ganar si no se allanan, amistosamente, a los argumentos que puedas exponerles cuando vuelvas a contactar con ellos.
Una curiosidad... Dado que habrían sido 2 fusiones bancarias ¿qué banco o caja de ahorros te había concedido inicialmente el préstamo y a qué banco intermedio pasó antes de acabar en Caixabank?
Ya nos comentarás, por favor, cómo evolucionan las cosas y a ver qué nueva minuta te acaban confeccionando como definitiva. Asegúrate, en todo caso, que cuando la pagues te indiquen en dicha minuta la fecha de cobro, para que a partir de esa fecha empiecen a corres los 15 días hábiles que tendrías para impugnar lo que consideres incorrecto ante el Colegio. Saludos.
#619
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Gracias por compartir la minuta notarial también. Aunque sea "pecata minuta" no entiendo a qué se debe "Otros" y tampoco sé si te dieron 1 o 2 copias simples en papel, o ninguna. Sobre tu propia foto añado comentarios y estas mismas preguntas, por si algo puedieras concretar. Gracias.
#620
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Hola de nuevo Ainhoa66, jaja. Me ha hecho gracia lo de la película de "Los Otros". Comentarte, que con respecto a la minuta de la notaría, tengo que revisar la carpeta que me dieron cuando la recoja del registro. De todas formas, cuando me dieron la documentación e iba por la calle a cierta distancia, eché un vistazo y me di cuenta de que me habían dado el documento de cancelación de otra persona, no se correpondia en nada en lo que aporté. Al volver, me dijeron que efectivamente había un error, algo relacionado con la factura y estuve como un cuarto de hora esperando hasta que la elaboraron de nuevo. Que la habían traspapelado o algo así. No sé si tendrá que ver con eso. Aún así estoy contento viendo casos del hilo mucho peores que el mío, si perdí dinero fue una cantidad pequeña. Recuerdo que llamé a otra notaría antes de esta y querían cobrarme de 150 a 200 euros, a saber.
Las fusiones fueron: una, Caja de Ahorros de Canarias (creo que se llamaba así) fusionada con Bankia y dos, Bankia fusionada con Caixabank.
Con lo del registro, los comentarios adicionales que has hecho me han aclarado muchisimo el tema. Voy a pedir que me lo expliquen, sobre todo lo del FLEI para que quede claro lo del apoderado o fuera otra cosa. La otra vez me pegué defendiendo mi postura sobre lo de las fusiones del banco un buen rato y aunque se solventó un par de días después, salí con dolor de cabeza. Esta vez veré, pero para no estar discutiendo si se da el caso, pondré reclamación, pagando la minuta sin lo de la fusión y llevandome la documentación.
En cuanto tenga más info, posteo. Saludos y gracias de nuevo.
#621
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Me auto respondo:
Ainhoa66, tenías razón con el tema de los apoderados, pero el asunto es peor. Te explico, no hay dos apoderados. Solo hay uno. En la carta de cancelación se menciona que Caixabank otorgó hace 5 años a una gestoría, que es la que trabaja con ellos, un poder especial, que meses después se le otorgó poder al apoderado que compareció en la notaría a la que fui. Con esto se concluye que me han cobrado por comprobar que el poder de la empresa y del apoderado son legítimos. Al final, donde está la firma del registrador dice textualmente: Certifico la inscripción en el registro mercantil de la representación "alegada", en el documento que precede, lo que he comprobado mediante consulta a su sede electrónica a través del fichero localizados de entidades inscritas -FLEI-, que archivo.
En la carta de cancelación, el notario especifica lo que me habías comentado: hago constar, que a mi juicio, según resulta de los documentos (...), el señor apoderado tiene facultades suficientes para el presente otorgamiento.
Al final la minuta se ha quedado igual, menos lo de la fusión. Total: 116,32 euros
Voy a reclamar esto, lo del apartado 2.1.G y la afección fiscal de la que estoy exento, pero aún así la inscriben y cobran. La verdad es que estoy bastante decepcionado por decir algo con todo esto. Es cutre. Ya no se trata de una cuestión de dinero, se trata de que es un servicio público y de que se supone que tienen que cumplir con la ley.
#622
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Pffff, madre mía en ese registro. Entiendo que donde dices "carta de cancelación" querías referirte a la "escritura de carta de pago y cancelación". Un par de preguntas respecto a cuando dices que te encuentras con "Certifico la inscripción en el registro mercantil de la representación "alegada", en el documento que precede, lo que he comprobado mediante consulta a su sede electrónica a través del fichero localizador de entidades inscritas -FLEI-, que archivo." En relación a "en el documento que precede" y ",que archivo":
¿Te aportaron los 2 documentos, aunque sea como añadidos a la escritura que te han devuelto, con las sendas consultas sobre que cursaron al FLEI del Registro Mercantil? Caso afirmativo, fíjate si en dicho documento aparece, o no, el importe que el Registro Mercantil cobró al registrador de la propiedad por responder a esas consultas, que parecen ser realmente CERTIFICADOS por aquello de "Certifico la inscripción (...)". Debería aparecer, entiendo yo, no sé si desglosado con IGIC o si por el total con IGIC. Míralo a ver. ¿O ya que dice eso de ",que archivo" ni siquiera aportó los documentos que generó el FLEI con las peticiones de ese registrador?
¿Puedes confirmar que la gestoría es MONER CONSULTING, S.L. con NIF: B60382207, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, en el Tomo 26190, Folio 134, Hoja número B-99389e inscripción 6ª? En Madrid y Barcelona, al menos, es esa. ¿O se trata de otra gestoría distinta?
En todo caso, nada tenía que comprobar, pues puso en duda el juicio de suficiencia emitido por el notario y pretende ahora hacer caja contigo por sus supuestas dudas infundadas, recurriendo a un arancel de los registradores de la propiedad que no existe para sacarse de la manga esos 15,025303 € que te cobra dos veces cuando esa cantidad, 15,025303 tampoco existe en ninguno de los números de arancel del R.D. 1427/1989. Además, la Norma Novena de este R.D. dice algo muy tajante: "Las operaciones, con independencia de su modo de tramitación, que no tengan señalados derechos en el arancel no devengarán derecho de cobro ninguno." Es más, tampoco en los aranceles del Registro Mercantil, recogidos en el Decreto 757/1973, aparece esa cantidad exacta, pero aparecen otras muy parecidas, solo que divididas por 10 o por 100: Recordemos que en tu minuta te meten dos veces el importe 15,025303 €. Si realmente pagó cada certificación por el arancel 23 del Registro Mercantil, cada uno debería contener 92 páginas (las primeras 2 a razón de 1,502530 y las 90 restantes a 0,150253).O sea, que entre las 2 certificaciones un total de 184 páginas, de modo que te habrás vuelto a casa con toda una enciclopedia.
Se podría incluso sospechar que en ese Registro a todo ciudadano que cancela hipoteca con CaixaBank (que seréis cientos o miles) le estarían colando esas mismas 2 consultas al FLEI. Me explico... Pongamos que tu vecino también tenía hipoteca que canceló con CaixaBank e inscribió en el Registro hace 3 meses (antes que tú). Si a tu vecino ya le minutaron -indebidamente- por comprobar vía FLEI que la gestoria tenía poderes y que el apoderado (persona física, que llamaremos Sr. Pepe) que compareció ante notario tenía poderes suficientes para otorgar la escritura de cancelación, tal comprobación ya habría quedado hecha. No tendria sentido alguno, salvo intereses económicos, volver a comprobar, una y otra vez, que el mismísimo Sr. Pepe es apoderado de la entidad cuando él firmó la escritura notarial de tu cancelación de hipoteca. No sé si me explico...
Esto lo tendrás ganado cuando el Colegio de Registradores se pronuncie, y también tendrás ganado que no era aplicable la DA2ª Ley 18/2012 (arancel 2.2) sino el arancel 2.1.g), pero entiendo perfectamente que sea decepcionante, y dé una pereza enorme, tener que presentar recurso de impugnación de honorarios para que te facturen conforme a la legislación vigente.
Otra cosa, ahora que tienes la minuta definitiva y, entiendo que, pagada. ¿Cuál es la fecha de emisión? ¿Aparece "Fecha de Cobro"? Caso aparecer ¿es la fecha de hoy? Pregunto por tema plazos para presentar tu recurso. Yo te animaría, si me permites, a que en esta ocasión el recurso lo presentases presencialmente en ese Registro para que te quedes con tu copia sellada de que ha tenido entrada, pues así agilizarías tiempos (y dinero también) en lugar de presentarlo por correo certificado al Colegio de Registradores cuya dirección postal está en Madrid; concretamente en la Calle Diego de León, 21. 28006 Madrid . Si quieres que te ayude con el escrito de impugnación, dímelo por privado y te propondría el escrito, con sus fundamentos jurídicos, para que tenga la mayor fuerza posible.
Sí, los registradores ejercen como fedatarios públicos, pero no son funcionarios públicos en rigor; son profesionales autónomos y lo que cobran va a sus bolsillos y luego lo declaran en su IRPF como honorarios profesionales. Si de mí dependiera, los registradores, y notarios también, tendrían que ser verdaderos funcionarios públicos, con su sueldo fijo pagado por el Estado para no verse tentados (y caen en la tentación continuamente) a sacar más cuartos al ciudadano corriente que no se cuestiona, lógicamente, nada de lo que puedan incluirle en su minuta. Lamentablemente, los intereses pecuniarios priman sobre la moral individual. Ya lo siento por el mal sabor de boca que te ha quedado y renuevo mi ofrecimiento por si en algo pudiera ayudar con al escrito de impugnación. Saludos+.
#623
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Hola. Sí, es escritura de cancelación y carta de pago. No hay ningún documento adjunto que identifique esos pagos del FLEI, lo que hay es la minuta que es exactamente la que aporté al hilo, menos lo de la fusión, vienen los 15 euros con los seis decimales x 2. La gestoría es MOLSAN GESTION Y TRAMITACION SL, inscrita en el registro mercantil de Barcelona, hoja B147971, 16ª. Aunque hay otros datos sobre cambio de denominación social previa, declarada unipersonal, ampliación de objeto social. "Se manifiesta que el titular real bajo la ley 10/2010 consta identificado en acta autorizada por un notario de Barcelona". El poder se otorgó a MOLSAN Inmobiliaria 2000 SL (otra denominación).
A todo esto comentar que en la notaría me dijeron en su momento que no han tenido problema con ellos, sobre todo por tema de demoras.
Exactamente, esto que comentas de la comprobación es cierto. Muy bueno el ejemplo. Si otra persona ya ha pasado por el mismo registro con una hipoteca cancelada de la misma entidad, tendrán que tener a ese apoderado que lleva años haciendo su trabajo. Es un despropósito.
Sobre la fecha, es de hoy 17/1/2022, pero me pusieron un sello de pagado. De todas formas, la semana pasada tuve discusión con el oficial, porque afirmaba que el plazo contaba una vez había visto la minuta, aún sin pagar. La minuta que me llevé la semana pasada sin pagar que no tenía ni fecha. De todas formas sigo teniendo tiempo. Había pensado hacerlo por aquí:
Tengo certificado digital y me ahorraría desplazamiento y gastos de aparcamiento. Pero si hace falta la pongo de forma presencial. Con lo de la ayuda te mando un privado. Tengo una lista de la legislación, pero me falta alguna cosa que no he conseguido localizar.
Estoy también completamente de acuerdo, que tanto notarios como registradores deberían tener un salario fijo como funcionarios acorde con su labor. Se acabaría de un plumazo todo el cachondeo que se gastan con el servicio que se ofrece.
#624
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Buenas tardes, como os veo muy puestos en estos temas, os hago una consulta que seguro es muy sencilla para que me la aclaréis, He cancelado ya notarialmente la hipoteca de mi vivienda habitual, Y he presentado en la oficina liquidadora la escitura de cancelación,
Supongo que el coste dependerá del importe de la hipoteca, la mía era de 215000 euros. Lo he buscado y no he conseguido verlo por ningún lado, solo que hay un mínimo de 24 euros. Tenéis idea de cuanto me pueden cobrar ? , ya que me han cogido una provisión de fondos por 150 euros, pero no me han dicho nada en concreto, sino que en 15 días me llamarán. Otra cuestión, fiscalmente el gasto tanto de la notaría como del registro serán en el 2022, pero la escritura es de diciembre de 2021, supongo que a efectos de desgravación correspondería al 2022.
Muchas gracias,
#625
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
perdonad me he saltado que los gastos a los que me refiero son los gastos del registro, gracias,
#626
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Hola. Más o menos se puede hacer un cálculo estimativo teniendo en cuenta variables fijas como el cobro por la presentación que son 6 euros y la nota simple 3 euros. Después depende del Registro de lo que quieran cobrarte. Por ejemplo, para el concepto de cancelación de hipoteca lo deseable es que tengan en cuenta el punto 2.1.g del anexo I en el RD 1427/1989 y apliquen sobre el principal 215000 euros una reducción del 90% tratándose de una cancelación. Por lo que tendrías una base de 21500 euros. Mirando los porcentajes, tendrías un mínimo de 24 euros hasta 6000 euros, de 6000 a 21500 tendrías unos 27,9 euros. Con la reducción por defecto del 5% + la del 25% por préstamo con garantía hipotecaria, serían por este concepto unos 37,4 euros. O sea que de base definitiva por la minuta tendrías unos 46,4 euros + impuestos. Pero a esto se sumarían cancelaciones de notas de afección a razón de 3 euros por cada una de ellas, si las hubiera. U otros conceptos por otras cosas.
#627
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Hola. Mal asunto si te pillaron provisión de fondos... Podían pedírtela, pero no exigírtela. Mi consejo siempre es negarse, estamos en nuestro derecho, a provisionar nada para solicitar inscripción de una escritura de cancelación de hipoteca. Aun sin provision de fondos, en el Registro están obligados a inscribir. Es posible que con esa provisión de fondos den por pagada a tu cargo la minuta que puedan realizar a nombre del banco en el que acabaste de pagar la hipoteca. A ver si no ocurre, ojalá. ¿Qué banco fue ese? La estimación que te pasó Miguel9 es muy buena. Solo matizar que el arancel aplicable a la cancelación debe ser, desde mediados de 2018, el 2.1.g) y no cualquier otro, aunque intenten minutar por otro número de arancel. Paso pantallazo de lo que te encontrarías si no tuvieses notas de afección caducadas y no te practicasen nueva afección fiscal al impuesto (la cancelación está sujeta, pero exenta de pago) de Actos Jurídicos Documentados. Luego, eso sí, podrías encontrarte con a saber qué sorpresas... y habría que analizarlas individualmente para determinar si proceden, o no. Si en la notaría remitieron telemáticamente al Registro una copia autorizada electrónica de la escritura, te encontrarás también con su sobrecoste registral de hasta 18 euros + IVA si posteriormente presentaste tú una copia autorizada en papel en ese mismo Registro. Esa posible circunstancia no la he tenido en cuenta para los cálculos siguientes. Saludos.
#628
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Muchas gracias por vuestras respuestas que son de gran ayuda. Desde el principio he realizado todas las gestiones por mi cuenta, solicité el certificado al banco, escrituré la cancelación en un notario elegido por mi, y presenté en la oficina liquidadora, y finalmente en el registro al que me refería en mi pregunta. Sobre la hipoteca inicial ( 215000 ) realice una novación en su día, que ahora ya he amortizado. La escritura de 215000 es el importe de la hipoteca original, no sé si eso supone afecciones tal y como me comentáis, Muchas gracias
#629
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
Pues si novaste habrá cambios, sí, o debería haberlos. A tu favor, en principio, a menos que la novación incluyese ampliación de capital. Si a lo largo de la vida del préstamo hubo en algún momento subrogación y/o novación, aunque sean cosas diferentes, debió escriturarse ante notario cualquiera de esas 2 operaciones o ambas si fueron simultáneas. Hay escrituras solo de subrogación, solo de novación, o de subrogación con novación. En cualquiera de estos 3 casos tal escritura tuvo que ser presentada ante el Registro obligatoriamente por el banco, pues la entidad bancaria era la parte interesada en que así constase en el Registro; además de interesada, estaba obligada a hacerlo. De modo que fruto de esa escritura el capital pendiente lógicamente era inferior a los 215.000 iniciales ya que el pendiente de amortizar (que debe venir reflejado en esa escritura de novación) tendría que ser inferior al inicialmente concedido, a menos que novases el mismo día que te habían concecido el préstamo inicial; caso altamente improbable, entiendo... Cuando se inscribió la escritura de novación, desconozco en qué fecha, ya se habrían cancelado en aquel momento las cargas fiscales que por aquel entonces estuvieran caducadas. Esto se hace de oficio, obligatorio, por parte del registrador. ¿La novación incluía, o no, ampliación de capital? Deberías consultar nota simple tras inscribirse la novación. ¿La conservas? Si el capital pendiente en aquel momento era inferior a 215.000, todos los cálculos deberían hacerse sobre esa cantidad que desconozco; es decir, allá donde se introdujo 215.000 tendría que introducirse el pendiente de amortizar al momento de la novación, siempre y cuando no fuese novación con ampliación de capital. Esto habría afectado, también, a la minuta notarial. Cobrada o no, ¿te confeccionaron en la notaría copia electrónica de la escritura de cancelación que remitieron telemática y simultáneamente al Registro? ¿Te habías opuesto EXPRESAMENTE a que no consentías esto? Es por saber qué hicieron en la notaría. ¿Puedes aportar imagen de tu minuta notarial ocultando tus datos personales? Saludos
#630
Re: Calculadora Gastos Cancelación Hipoteca
muchas gracias, Efectivamente el nuevo banco se subrogo en la hipoteca orginal ( 215.000 euros ), en la nota simple no aparece el saldo pendiente, pero en la escritura de subrogación sí figuraba el importe pendiente de amortizar de 101.000 euros, con las nuevas condiciones, etc. Consta registrada la subrogación por el nuevo banco, pero no aparece el saldo pendiente, no sé si será lo correcto, aunque como te decía yo sí lo tengo en mi escitura de subrogación. El caso es que en esta escritura de cancelación figura el importe subrogado por 215000 y que no hay cantidades pendientes. en cuanto a la presentación telemática ya les dije en la notaría que yo haría los trámites, y así consta también en la escritura la voluntad de que no se presentase,