Carlos9
27/10/14 20:54
Ha respondido al tema Inspección obligatoria reglamento de baja tensión - Comunidad de propietarios
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Con la Administración hemos topado... Sí que tienen ese documento, otra cosa es que parece que no quieren buscarlo.
Dado el año de construcción del edificio, la normativa aplicable era la del año 1973, por tanto se le puede recordar a la administración los siguientes aspectos:
- Que el artículo 25 del Decreto 2413/1973, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aplicable a dicha instalación en virtud del año de su construcción, establece que "En todo caso y para autorizar cualquier instalación, la Delegación deberá recibir y conformar el boletín extendido por el instalador autorizado que realice el montaje, así como un acta de las pruebas realizadas por la Compañía suministradora en la forma que se establece en las normas complementarias". Más en concreto, la Instrucción MIE BT-041, en su apartado 3, establece: "Estos boletines formarán un libro foliado y sellado por la Delegación Provincial correspondiente del Ministerio de Industria, con tres ejemplares por cada boletín, constituyendo la segunda copia la matriz del mismo. La Delegación Provincial sellará los tres ejemplares a su presentación. El original quedará en poder de la Delegación Provincial correspondiente del Ministerio de Industria y la primera copia se entregará a la Empresa suministradora al solicitar el suministro
- Que el artículo 35.h) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece el derecho de los ciudadanos a acceder a los archivos y registros de las Administraciones Públicas.
Por otro lado, puedes intentar que la constructora te diga el nombre del instalador autorizado que realizó la instalación eléctrica, dado que él también tiene copia del documento.
No tengo nada claro que las OCAs (ECA) realizaran este tipo de inspecciones, con la normativa de 1973, pero no te lo aseguro ahora. Con la normativa del año 2002, las OCAs sí que realizan inspecciones en ciertas instalaciones.
Tal y como dices, si no hay boletín, la compañía eléctrica no realiza el suministro eléctrico.
Enlaces a normativa:
Decreto 2413/1973: http://www.f2i2.net/Documentos/LSI/Dis_1831.pdf
MIE-BT-041: http://www.cogiticm.com/area_publica/normativas/leyes_reglas/rbt/bt041.htm
LRJAPAC: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-1992.t4.html#a35